Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2010 (04/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de junio de 2010

preservacion del medio ambiente disminuyendo los indices de calentamiento global, realzando los Derechos de la Solidaridad comprendidos en los Derechos de Tercera Generacion que la Teoria de los Derechos Humanos contiene y que nuestra Carta Magna reconoce; Que, estando a los Informes Nºs. 108-2010GDPIST-DUCT-MDPH, 037-2010-OR-MDPH y 1002010-OAJ-MDPH de fecha 12, 12 y 20 de MORDAZA de 2010 respectivamente, y las funciones y competencias del gobierno local contenida en el numeral 6 del Art. 195, numeral 3 del Art. 196 de la Constitucion Politica modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680, y el Art. IV del Titulo Preliminar, numeral 16 del Art. 82, numeral 6 del Art. 93, numeral 8 y 9 del Art. 9 de la Ley Nº 27972, asi como la Ley General del Ambiente Ley Nº 28611 y el inciso 22 del Art. 2 de la Constitucion Politica; Por lo tanto, estando a lo dispuesto por el numeral 8. del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; el Concejo Municipal, con el MORDAZA UNANIMIDAD de sus miembros y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; se aprobo la siguiente ORDENANZA QUE REGULA EL FOMENTO DEL DESARROLLO URBANISTICO Y LA CONSERVACION DEL MEDIO AMBIENTE EN EL DISTRITO DE PUNTA MORDAZA CON LA APLICACION DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Articulo Primero.- DISPONER en cumplimiento de sus funciones y competencia que todas las fachadas exteriores (frontal, lateral, posteriores) de los inmuebles ubicados en el Distrito de Punta MORDAZA deberan ser pintadas de color MORDAZA en un 80 % y 20 % de color de libre eleccion, en aras de contribuir a la preservacion del medio ambiente y la disminucion de los indices de calentamiento global. Articulo Segundo.- La presente ordenanza sera de aplicacion a toda persona Natural o Juridica, Publica o Privada como propietaria, copropietaria u ocupante de edificaciones, ubicadas dentro de la jurisdiccion. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza sera puesto a conocimiento a traves de una MORDAZA de difusion a cargo de la Oficina de imagen Institucional, estableciendose un plazo de sensibilizacion y difusion de 60 dias calendario contados a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo Cuarto.- OTORGAR beneficio tributario del 10% de descuento sobre el monto total de los arbitrios municipales - 2010 siempre que se efectue el pago integro de la deuda, a aquellos que se acojan a la aplicacion de la presente ordenanza dentro del plazo establecido para el periodo de sensibilizacion y difusion, y en el caso de no mantener deuda por arbitrios municipales, el beneficio aplicara al siguiente ano fiscal. Articulo Quinto.- La orientacion tecnica especializada respecto a la aplicacion de la presente Ordenanza estara a cargo de la Division de Gestion de Proyectos de Infraestructura Social y Productiva - Desarrollo MORDAZA y Control Territorial, asimismo verificara y emitira MORDAZA de cumplimiento del pintado a favor de aquellos que se hayan acogido a lo dispuesto en la presente ordenanza a pedido de parte, para hacer efectivo el beneficio ante la Oficina de Rentas. Articulo Sexto.- La Oficina de Imagen Institucional procedera desde la entrada en vigencia de la presente ordenanza, a efectuar la sensibilizacion y difusion creando conciencia en la poblacion que los indices de calentamiento global estan en aumento, y que es tarea de todo ser humano contribuir a preservar nuestro medio ambiente, ya que es un derecho gozar de un ambiente equilibrado, en aras de un desarrollo sostenible. Articulo Septimo.- Transcurrido el plazo de sensibilizacion y difusion dispuesta en la presente Ordenanza y ante el incumplimiento de lo establecido en el Art. Primero de este cuerpo normativo, la Division de Gestion de Proyectos de Infraestructura Social y Productiva - Desarrollo MORDAZA y Control Territorial procedera a efectuar la verificacion y aplicara cuando corresponda las sanciones que dispone el Art. siguiente. Articulo Octavo.- INCORPORESE a la Ordenanza 167-MDPH los siguientes Codigos de Infraccion, que

seran de obligatorio observacion en la jurisdiccion de Punta Hermosa: CODIGO: 06-0205: Infraccion: Por no cumplir con pintar las fachadas destinadas de los predios a vivienda unifamiliar, conforme a lo dispuesto por la entidad edil. MORDAZA de Infraccion: 50% de la UIT CODIGO: 06-0206: Infraccion: Por no cumplir con pintar las fachadas destinadas de los predios a vivienda multifamiliar, conforme a lo dispuesto por la entidad edil. MORDAZA de Infraccion: 50% de la UIT por piso. Articulo Noveno.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Division Gestion de Proyectos de Infraestructura Social y Productiva - Desarrollo MORDAZA y Control Territorial, Oficina de Rentas, la Oficina de Imagen Institucional en lo correspondiente y Secretaria General. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 502497-2

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Aprueban Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias
DECRETO DE ALCALDIA N° 003-2010-MDR EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA VISTO: El Informe Nº 157-2010-SGATR-GRDEL de fecha 09.03.10 emitido por la Subgerencia de Administracion Tributaria y Recaudacion; el Memorandum N° 239-2010-GRDEL-MDR de fecha 23.03.10 emitido por la Gerencia de Rentas y Desarrollo Economico Local; el Informe Nº 257-2010-OAJ-MDR de fecha 24.05.2010 del Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, modificado mediante Ley N° 27680 (Ley de Reforma Constitucional), establece que las Municipalidades son Organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo dispuesto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972; Que, asimismo en uso de su autonomia politica MORDAZA senalada, las Municipalidades tienen plenas facultades discrecionales para establecer dentro del MORDAZA legal, mecanismos de cobranza de deudas administrativas, entre ellas, concediendo el pago fraccionado de dichas deudas; Que, el articulo 36º del Texto Unico del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 13599-EF, establece la facultad de conceder aplazamiento y/o fraccionamiento de deudas tributarias, al deudor tributario que lo solicite; Que, la presente gestion municipal esta avocada a establecer mecanismos que constituyan herramientas para la mejor operatividad del servicio de la administracion Tributaria los mismos que redundaran a favor de los contribuyentes del distrito; Que, en uso de las facultades conferidas por las normas MORDAZA senaladas, el Decreto de Alcaldia Nº 00497-MDR, dispuso aplicar en el Distrito del MORDAZA, el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias; y;

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