Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2010 (04/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de junio de 2010

NORMAS LEGALES

420197

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del articulo 20º y articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, asi como lo establecido en el Decreto Supremo Nº 001-2009JUS, publicado con fecha 15 de Enero del 2009; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias el mismo que consta de 38 articulos y cuatro disposiciones finales y complementarias, que forma parte integrante de la presente. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Desarrollo Economico Local y Direccion de la Oficina de Administracion y Finanzas y a la Unidad de Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto. Articulo Tercero.- Derogar el Decreto de Alcaldia Nº 004-97-MDR. Articulo Cuarto.- Disponer su entrada en vigencia al dia siguiente de publicacion. Dado en el local de la Municipalidad del MORDAZA a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del dos mil diez. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

TIM mensual.- Tasa de interes moratorio mensual. TIM diaria.- Es el porcentaje obtenido de la division de la TIM mensual entre treinta. UIT.- Unidad Impositiva Tributaria vigente a la fecha de fraccionamiento Cuando se haga mencion de articulos o titulos sin mencion expresa de la MORDAZA legal se entendera referida al presente reglamento y cuando se senale plazo en dias se entendera referido a dias habiles. TITULO II AMBITO DE APLICACION Y REQUISITOS PARA SU OTORGAMIENTO Articulo 3.- Contribuyentes que pueden ser materia de fraccionamiento: Podran acogerse al fraccionamiento, los deudores que tengan pendiente deuda tributaria y no tributaria cuyo monto sea mayor o igual al diez por ciento de la UIT (10%) vigente a la fecha en que se presenta la solicitud. Tambien podra solicitar fraccionamiento de deuda tributaria y/o no tributaria, los terceros que acrediten su legitimo interes. Articulo 4.Requisitos Vinculados al Comportamiento del Deudor: Para solicitar cualquier clase de fraccionamiento se debera cumplir los siguientes requisitos: 1. No registrar en los 12 ultimos meses, otro fraccionamiento de la misma naturaleza, respecto de los cuales MORDAZA operado la perdida del fraccionamiento por falta de pago. 2. No registrar cuotas vencidas impagas de otros fraccionamientos o convenios de pago de la misma naturaleza en los ultimos 12 meses. Articulo 5.- Deudas que no pueden ser materia de fraccionamiento No procede el fraccionamiento respecto de las siguientes deudas: 1. Deudas no vencidas o cuyo vencimiento se produzca en el ejercicio en el que se solicita el fraccionamiento. 2. Deudas que correspondan a fraccionamientos vigentes. 3. Deudas tributarias y no tributarias que han sido establecidas como pago al contado, tales como las generadas por Impuesto a los Espectaculos Publicos No Deportivos, regimenes de gradualidad o exoneraciones y todas aquellas que por MORDAZA expresa senalen su pago al contado, gastos y costas. 4. Deuda no fraccionada siempre que exista un fraccionamiento vigente. 5. Las deudas contenidas en los procedimientos de cobranza coactiva en los cuales el area correspondiente MORDAZA ordenado la publicacion de la convocatoria de remate del bien mueble o inmueble embargado, no podran ser materia de fraccionamiento, salvo lo dispuesto por la Oficina de Ejecutoria Coactiva previa opinion del Ejecutor Coactivo. Articulo 6.- Requisitos formales: Para acceder al fraccionamiento los deudores o terceros con legitimo interes, deberan cumplir los siguientes requisitos: Podran solicitar el fraccionamiento los deudores que cumplan los siguientes requisitos: 1. Exhibir documento de identidad y proporcionar una MORDAZA fedateada. 2. En caso de representacion se debera presentar carta poder simple y especifica y en el caso de personas juridicas se debera presentar MORDAZA simple del poder inscrito en los Registros Publicos, no mayor a 03 meses de expedido. 3. MORDAZA del original del recibo de agua, luz o telefono fijo del mes anterior al de la MORDAZA

REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- Finalidad La presente MORDAZA tiene por finalidad regular los actos administrativos vinculados al fraccionamiento de deudas tributarias y no tributarias administradas por la Municipalidad del MORDAZA, senalando los procedimientos, requisitos y condiciones para acogerse, asi como las causales de perdida y sus efectos. Articulo 2.- Definiciones: Para efectos de la aplicacion del presente reglamento se entendera por: Reglamento.- Reglamento de fraccionamiento de deudas tributarias y no tributarias Deuda Tributaria.- La constituida por tributos (Impuesto Predial y Arbitrios), multas tributarias, reajustes e intereses generados por los mismos pendientes de pago cuyo monto se solicita a fraccionar Deuda No Tributaria.- La constituida por multas administrativas impuestas por la Municipalidad del MORDAZA, cuyo monto se solicita a fraccionar Deudor.- Contribuyente o Administrado que mantengan pendiente de pago deuda tributaria y no tributaria. Representante.- Persona que en representacion del deudor suscribe el convenio de fraccionamiento. Fraccionamiento.- Division de la cuota vencida para su pago en cuotas con vencimiento en los plazos que determine la Administracion Tributaria. Solicitud de Fraccionamiento.- La contenida en el formato PRE-impreso que se expide al momento de generarse el convenio de fraccionamiento. Cuota inicial.- Es el importe que debe pagarse para acceder al convenio de fraccionamiento, segun las modalidades de fraccionamiento establecidos en el presente Reglamento.

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