Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2010 (04/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de junio de 2010

Articulo Tercero.- El Equipo Tecnico estara conformado por: Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Sub Gerente de Planeamiento Estrategico, Sub Gerente de Presupuesto, Planificador de la Sub Gerencia de Planeamiento Estrategico, Sub Gerente de Programacion de Inversiones, Jefe de Unidad Formuladora y dos representantes de la sociedad civil, cuya responsabilidad es la programacion y suministro de la informacion, de la evaluacion tecnica, asesoria y apoyo permanente al proceso. Articulo Cuarto.- La Presente Ordenanza entrara en Vigencia al dia siguiente de su publicacion conforme a lo establecido en el articulo 42º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgacion. En Tumbes a los seis dias del mes de MORDAZA del dos mil diez. MORDAZA MORDAZA BARRO MORDAZA Consejera Delegada Alterna POR TANTO Registrese, publiquese y cumplase. Dado en el Gobierno Regional de Tumbes WILMER MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional REGLAMENTO DE IDENTIFICACION Y ACREDITACION DE LOS AGENTES PARTICIPANTES PARA EL MORDAZA DE ELABORACION DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES PARA EL ANO FISCAL 2011 TITULO I PRINCIPIOS Y DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I PRINCIPIOS RECTORES Articulo 1º.- PRINCIPIOS RECTORES: Para el desarrollo del MORDAZA de elaboracion, del presupuesto participativo debera tener en cuenta los principios rectores senalados en la Ley MORDAZA de Presupuesto Participativo, Ley 28056 y su modificatoria Ley N°29298, en especial los principios de concertacion, participacion, igualdad de oportunidades y equidad de genero 1. Concertacion: a traves de la concertacion, el MORDAZA buscara la interaccion de multiples actores sociales con diversidad de enfoques, a fin de determinar objetivos y acordar acciones que permitan resolver problemas y aprovechar las potencialidades, promoviendo en todos los sectores el desarrollo sostenible de la poblacion de Tumbes. 2. Participacion: la participacion resulta necesaria porque, reconociendo la multiplicidad de actores, permitira su acceso en la toma de decisiones y en la ejecucion de acciones para alcanzar los objetivos de quienes no detentan el mandato popular. 3. Igualdad de Oportunidades: resulta necesario el respeto a la igualdad de oportunidades para intervenir y participar sin discriminacion de genero o de caracter politico, ideologico, religioso, etnico, edad, racial o de otra naturaleza, de los y las representantes de las organizaciones de la sociedad civil, en los procesos de planificacion y presupuesto participativo. 4. Equidad de Genero: la equidad de genero debe ser observada no solo por cuanto a la composicion por cuotas de los agentes participantes, sino y sobre todo a que el propio presupuesto pueda ser trabajado de manera que

promueva la participacion de todas las personas cualquiera sea su sexo, buscando equilibrio en su intervencion. CAPITULO II AMBITO DE APLICACION Y BASE LEGAL Articulo 2º.- Ambito de Aplicacion - Se encuentra sujetos al presente Reglamento, los representantes de las organizaciones sociales de base territorial o tematica, y funcionales vinculados a los ejes de desarrollo del Plan de Desarrollo Concertado organizaciones o instituciones privadas, los representantes designados por las entidades publicas que se encuentran en el ambito jurisdiccional de la Region. Articulo 3º.- MORDAZA Normativo - Ley Nº 28056 "Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo", publicado en el mes de MORDAZA del ano 2003, establece los principios, el objeto, la finalidad y los mecanismos de vigilancia de la sociedad civil en el MORDAZA Participativo de los Gobiernos Regionales y locales. - Decreto Supremo Nº 142-2009-EF. Aprueba el Reglamento de la Ley N° 28056 "Ley MORDAZA del presupuesto Participativo", al cual es necesario hacer algunas precisiones, en el MORDAZA de lo dispuesto por la Tercera disposicion final del citado decreto supremo, a fin de que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales puedan cumplir con el MORDAZA Normativo del MORDAZA del Presupuesto Participativo. - Decreto Supremo N° 097-2009-EF, que establece los criterios de alcance, cobertura y monto de los proyectos de impacto regional, provincial y distrital, en sus respectivos procesos participativos. - Ley N° 27293 ley del Sistema Nacional de Inversion Publica y modificatorias. - Instructivo N° 001-2010-EF/76.01 "Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Ano fiscal 2011", aprobado mediante Resolucion Directoral N° 007-2010-EF/76.01. del 10 de MORDAZA del 2010 que establece mecanismos y pautas para el desarrollo del MORDAZA del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y Locales, para el Ano Fiscal 2011. TITULO II OBJETIVOS E INSTANCIAS CAPITULO I OBJETIVOS Articulo 4º.- Objetivo General: El presupuesto Participativo al igual que el planeamiento de Desarrollo Concertado tiene como objetivo reforzar la relacion entre Estado y Sociedad Civil, en el MORDAZA del Ejercicio de la ciudadania que utiliza los mecanismos de democracia directa y participativa, generando compromisos y responsabilidades compartidas. Articulo 5° Objetivo Especificos: a) Identificar y registrar a los agentes participantes del ambito jurisdiccional del Gobierno Regional de Tumbes. b) Promover la integracion al MORDAZA de los representantes de las distintas entidades del estado y representaciones sociales. CAPITULO II DE LAS INSTANCIAS Articulo 7º.- Constituyen Instancias del participacion en el MORDAZA de programacion participativa del Presupuesto Regional, en concordancia con los dispositivos legales vigentes: · El Consejo de Coordinacion Regional (CCR)

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