Norma Legal Oficial del día 29 de Junio del año 2003 (29/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 183

MORDAZA, MORDAZA 29 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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Asimismo, pronunciarse sobre interpretacion y aplicacion de las normas juridicas, contratos que celebre el Gobierno Regional, procedimientos judiciales, relaciones con los Poderes del Estado y otras dependencias publicas, conflictos de competencia y de jurisdiccion, recursos impugnatorios, propuestas de normas legales y emitir opinion sobre acciones de garantia e inconstitucionalidad de alguna norma. Articulo 111º.- Corresponde a la Comision de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Consejo Regional en las funciones especificas regionales en materia de areas protegidas, medio ambiente y Defensa Civil. Articulo 112º.- Corresponde a la Comision de Infraestructura pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Consejo Regional en las funciones especificas sectoriales en materia de vialidad, transportes, comunicaciones, telecomunicaciones y construccion, y demas funciones establecidas por Ley.

DE LAS COMISIONES INVESTIGADORAS
Articulo 113º.- Las Comisiones Investigadoras, son aquellas que el Consejo Regional determina circunstancialmente como consecuencia de denuncias, quejas y/o presuncion de irregularidades que se presenten en el desempeno de la funcion publica por parte de los Gerentes, Funcionarios o empleados del Gobierno Regional; su funcion es temporal y culmina cuando presenta Informes y se adoptan las medidas correspondientes.

aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2003-CCR/RC, establecio plazos de impugnacion que las organizaciones de la sociedad civil hicieron MORDAZA, conllevando a que el acto de eleccion se vea postergado en varias oportunidades; Que, por Ley Nº 28013, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de junio de 2003, se ha establecido como plazo MORDAZA de instalacion del Consejo de Coordinacion Regional el 30 de junio de 2003; hecho que motiva al Gobierno Regional del Callao llevar a cabo la eleccion e instalacion de este organo consultivo; Que a efecto de terminar con resolver las impugnaciones y/o tachas interpuestas por las organizaciones de la sociedad civil hasta MORDAZA de la fecha indicada en el considerando anterior; es necesario habilitar como dias habiles para cumplir con todas las absoluciones de las impugnaciones el dia sabado 28 y MORDAZA 29 de junio del presente ano; Estando a los fundamentos expuestos, y de conformidad con el acuerdo del Comite de Gerentes; y, en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Gobiernos Regionales; SE DECRETA: Articulo Primero.- Convocar para el dia 30 de junio al acto de eleccion de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil, el mismo que se desarrollara en las instalaciones del Gobierno Regional, sito en MORDAZA MORDAZA II S/N Bellavista - Callao, a las 08.00 a 12.00 horas. Articulo Segundo.- Habilitar el dia sabado 28 y MORDAZA 29 de junio del 2003, a efecto de que las organizaciones civiles y el Gobierno Regional puedan resolver las impugnaciones que aun no han sido resueltas. Articulo Tercero.- Convocar a los miembros integrantes del Consejo de Coordinacion Regional para el acto de su instalacion, el dia 30 de junio de 2003 a las 18.00 horas en la sede del Gobierno Regional del Callao, sito en altura de la cuadra 39 de la Av. MORDAZA Faucett - Callao. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA HUBY Presidente Regional (e) 12281

DE LAS COMISIONES ESPECIALES
Articulo 114º.- Se conformaran Comisiones Especiales para asuntos especificos que no correspondan a ninguna de las Comisiones Ordinarias o que por su importancia o gravedad se hiciera necesaria. El Acuerdo de Consejo Regional determinara con precision el encargo, la conformacion y el plazo de vigencia de la Comision.

TITULO V DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES DISPOSICION TRANSITORIA
Lo que no este contemplado en el presente Reglamento, se regira por lo dispuesto en la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su Modificatoria Ley Nº 27902 y la Constitucion Politica del Peru.

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BRENA
Establecen beneficio de descuento por pronto pago de arbitrios municipales para el ano 2003
ORDENANZA Nº 76-MDB
Brena, 26 de junio de 2003

DISPOSICION FINAL
El presente Reglamento entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. 12204

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Convocan al acto de eleccion de representantes de las organizaciones de la sociedad civil para la conformacion del Consejo de Coordinacion Regional
DECRETO REGIONAL Nº 004-2003-REGION CALLAO-PR
Callao, 27 de junio de 2003 EL PRESIDENTE REGIONAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Regional Nº 003-2003-PR publicado en el Diario Oficial El Peruano el 7 de junio de 2003 se convoco a elecciones de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil para la conformacion del Consejo de Coordinacion Regional el dia 12 de junio del 2003; Que, el Art. 17º del Reglamento de conformacion, eleccion e instalacion del Consejo de Coordinacion Regional,

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Brena, en Sesion Ordinaria de la fecha y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; VISTO: El Informe Nº 054-2003-OR/MDB de fecha de la Oficina de Rentas, de fecha 12 de junio; y, CONSIDERANDO: Que, los articulos 192º y 194º de la Constitucion Politica del Estado establecen que las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, otorgando potestad tributaria para crear, modificar, suspender o suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, la MORDAZA parte del articulo 5º del Texto Unico Ordenado del MORDAZA Normativo de los Arbitrios Municipales aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 010-2002-DA/MDB

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