Norma Legal Oficial del día 29 de Junio del año 2003 (29/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, MORDAZA 29 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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- Documento de Identidad del afiliado fallecido. 6.5.2.3 En los casos de afiliados fallecidos en areas rurales, los familiares podran solicitar el pago por sepelio, presentando un Declaracion Jurada en reemplazo de la Factura o Boleta de Venta, hasta un monto MORDAZA de S/. 500.00 Nuevos Soles. 6.6 CONTROL DEL MORDAZA DE PAGO 6.6.1 Definicion El control del MORDAZA de pago comprende el conjunto de actividades que se realiza para el adecuado, oportuno y efectivo uso y destino de los recursos provenientes de las prestaciones de salud que otorgan los establecimientos prestadores de servicios de salud. 6.6.2 Requisitos para el Control del MORDAZA de Pago Los requisitos y procedimientos establecidos en la presente Directiva estan sujetos al MORDAZA de auditoria integral efectuado por la Oficina de Auditoria Interna del SIS, de acuerdo a las normas vigentes de la materia. Para realizar la verificacion de la produccion debe mantenerse las copias de los Expedientes y Formatos de Atencion por el periodo que establecen las Normas de Control de la Administracion Publica. Para tal efecto, el Director o Jefe del establecimiento prestador de servicios de salud dispone que cada Formato de Atencion sea archivado en la Historia Clinica del usuario y, que la ODSIS mantenga un archivo ordenado de los Formatos de Atencion originales y archive los expedientes de pago por todo concepto. 6.6.3 MORDAZA de Control El control del MORDAZA de pago se realiza a traves de la supervision de las ODSIS, las Gerencias y Jefa-

turas y el Plan de Auditoria de la Oficina de Auditoria Interna del SIS. La accion conjunta esta orientada a la permanente evaluacion e implementacion de las medidas correctivas en el MORDAZA de pago por las prestaciones que otorga cada establecimiento prestador de servicios de salud. 7.- RESPONSABILIDADES: Son responsables del cumplimiento de la presente Directiva, los funcionarios responsables de las entidades senaladas en el numeral 4. 8.- DISPOSICIONES FINALES Primera.- El SIS efectuara el seguimiento del uso de los pagos senalados en esta Directiva, en cumplimiento de lo senalado en el Articulo 5º del Decreto Supremo Nº 003-2002-SA. Segunda.- Las transferencias de fondos efectuadas en los meses de enero, febrero y marzo del ano 2003, como distribucion de recursos a favor de los Pliegos y Unidades Ejecutoras, cuyo Calendario fue autorizado por la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, se ajustan a lo establecido por el Articulo 69º de la Directiva Nº 001-2003EF/76.01, aprobada con Resolucion Directoral Nº 050-2002EF/76.01. Tercera.- A partir de la vigencia de la presente Directiva, el pago por los servicios prestacionales de salud se adecuaran a lo dispuesto en MORDAZA y la disponibilidad que asigne via calendario de compromiso la Direccion Nacional de Presupuesto Publico. 9.- ANEXOS: 1.- Resumen por Rubros de Egresos - Uso de Remesa. 2.- Pago de Prestaciones Tarifadas 2003.

ANEXO 1 MINISTERIO DE SALUD Seguro Integral de Salud RESUMEN POR RUBROS DE EGRESOS - USO DE REMESA UUEE Mes: Codigo de Unidad Ejecutora mm-aaaa ODSIS: Nombre de Unidad Ejecutora Nombre de la ODSIS

Sec 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20

Codigo

ESTABLECIMIENTO

IMPORTE MEDICAMENTOS

MATERIAL MEDICO

MATERIAL RADIOLOGICO

MATERIAL LABORATORIO

OTROS

......................................................................... Firma del Responsable de la MORDAZA Observaciones: ............................................................................................................................................................................................................... ..........................................................................................................................................................................................................................................

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