Norma Legal Oficial del día 07 de Marzo del año 2008 (07/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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y la seguridad publica de las personas ademas de emplear los medios de ejecucion forzosa descritos precedentemente, podra ordenarse el tapiado de puertas y ventanas. 35.3 Las medidas provisionales que dispondra la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras, con apoyo de la Subgerencia de Fiscalizacion y Control, son las siguientes: 35.3.1.Retiro de materiales Supone el retiro de los materiales de construccion, herramientas y equipos, previo levantamiento del Acta correspondiente, en la que se dejara MORDAZA detallada de los bienes retirados, su cantidad o peso, consignando el nombre y firma del presunto propietario de los mismos. En caso de negarse a firmar se dejara MORDAZA de tal hecho en el acta con la firma de dos testigos. 35.3.2.Paralizacion de obra La paralizacion de obra, por construcciones antirreglamentarias, por carecer de licencia de obra, por contar con proyecto de obra desaprobado y por incumplimiento de las observaciones de la supervision; debe ser cumplida por el infractor en el mismo momento de notificado por el personal de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras. Si el infractor no acata la orden de paralizacion contenida en la Notificacion Administrativa se le sancionara con la infraccion tipificada en el Cuadro de Multas por Infracciones Administrativas de la Municipalidad de Ventanilla, independientemente de adoptar la medida provisional que asegure su cumplimiento. En caso de incumplimiento, se MORDAZA cumplir este mandato a traves de la Subgerencia de Fiscalizacion y Control, sin perjuicio de requerir al Procurador Publico Municipal formule la denuncia penal contra el infractor por resistencia o desobediencia a la autoridad municipal. 35.3.3.Demolicion de obra El infractor tiene la obligacion de cumplir con la sancion establecida en la Resolucion Gerencial. De no hacerlo, se requerira su cumplimiento por la via coactiva, independientemente de requerir al Procurador Publico Municipal formule la denuncia penal contra el infractor por resistencia o desobediencia a la autoridad municipal. 35.3.4.Ejecucion de obra Supone la reparacion o construcciones necesarias destinadas a reponer la estructura inmobiliaria en areas de dominio publico bajo la administracion de la Municipalidad de Ventanilla, al estado anterior al de la comision de la infraccion, en cumplimiento a las disposiciones municipales. En caso de incumplimiento se ejecutara por la via coactiva, independientemente de requerir al Procurador Publico Municipal formule la denuncia penal contra el infractor por resistencia o desobediencia a la autoridad municipal. 35.4 EJECUCION COACTIVA En los casos expresamente senalados en la presente ordenanza, cuando el infractor no pague la sancion pecuniaria (multa), o no cumpla con adoptar voluntariamente las medidas provisionales establecidas en la presente MORDAZA, se iniciara respecto de ellas, su ejecucion por la via coactiva, bajo costo y riesgo del infractor, siendo que la Subgerencia de Ejecucion Coactiva solo podra iniciar el procedimiento coactivo cuando la obligacion es exigible coactivamente de conformidad con lo previsto en el Articulo 9º de la Ley Nº 26979, Ley del Procedimiento de Ejecucion Coactiva. Asimismo, el Subgerente de Ejecucion Coactiva de la Municipalidad, se encargara de ejecutar las medidas provisionales establecidas en la presente MORDAZA, a traves de las medidas cautelares previas sustentadas mediante el correspondiente acto administrativo contenido en la Resolucion Gerencial, ello en estricto cumplimiento del Articulo 13º numeral 13.7 de la Ley Nº 26979, Ley del Procedimiento de Ejecucion Coactiva, modificado por la Ley Nº 28165 y por la Ley Nº 28892. TITULO X FIN DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Articulo 36º.-EXTINCION DE SANCIONES Las sanciones administrativas se extinguen, entre otras causales por las siguientes:

a) Por el pago de la multa administrativa, sin perjuicio del cumplimiento de la(s) medida(s) provisional(es) correspondientes. b) Por el cumplimiento de las medidas provisionales, son perjuicio del pago de la(s) multa(s) administrativa(s) correspondiente(s). c) Por condonacion establecida a favor de una generalidad de infractores mediante Ordenanza Municipal. d) Cuando el recurso administrativo se declara fundado. e) Por prescripcion. Articulo 37º.-PRESCRIPCION DE LA SANCION La prescripcion de la sancion se regulara de acuerdo a lo establecido en el Articulo 233º de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. TITULO XI CUADRO DE MULTAS POR INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS Articulo 38º.- CUADRO DE MULTAS POR INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS Y FORMATO DE NOTIFICACION DE INFRACCION Mediante la presente Ordenanza se aprueba el Cuadro de Multas por Infracciones Administrativas de la Municipalidad de Ventanilla, el mismo que como Anexo I, forma parte integrante de la misma, del mismo modo, apruebese el correspondiente Formato de Notificacion de Infraccion, contenido en el Anexo II de la presente ordenanza. TITULO XII DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Facultese al Senor MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia se expidan todas las normas reglamentarias que fueran necesarias para la aplicacion del presente Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones. Segunda.- Deroguese la Ordenanza Municipal Nº 0152006/MDV-CDV y la Ordenanza Municipal Nº 005-2008/ MDV, asi como todas aquellas disposiciones municipales que se opongan a la presente Ordenanza. Tercera.- Los procedimientos sancionadores iniciados MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, se regiran por la normatividad anterior hasta su conclusion, no obstante son aplicables a los procedimientos en tramite, las disposiciones establecidas en el titulo preliminar. Cuarta.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a las Unidades Organicas Competentes de la Municipalidad de Ventanilla. Quinta.- La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 172924-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACORA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios de ingeniero electrico para la elaboracion del Expediente Tecnico "Electrificacion Rural de los Distritos de Ilave - Acora"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 007-2008-CMMDA Acora, 20 de febrero de 2008

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