Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 1999 (24/01/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 24 de enero de 1999

Que, mediante sesion de Directorio del Banco Santander de fecha 21 de octubre de 1998 se aprobo la setima emision de bonos de arrendamiento financiero por un monto de hasta Cincuenta Millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 50 000 000,00), para ser colocados mediante oferta publica, estableciendo las caracteristicas y condiciones de la misma; Que, mediante Resolucion SBS Nº 1183-98 del 18 de noviembre de 1998, la Superintendencia de Banca y Seguros emitio opinion favorable respecto de la presente emision de bonos de arrendamiento financiero; Que, el BANCO SANTANDER ha cumplido con los requisitos contenidos en la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y el Reglamento de Oferta Publica Primaria de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 906-91-EF/94.10.0, y sus modificatorias; y, Estando a lo acordado por el Directorio de esta Comision Nacional, reunido en sesion de fecha 22 de setiembre de 1997, que faculta al Gerente General a disponer la inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores cuya emision tenga autorizacion de la Superintendencia de Banca y Seguros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Inscribir en el Registro Publico del MORDAZA de Valores los bonos de arrendamiento financiero denominados "Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Santander - Setima Emision" del BANCO SANTANDER, los que seran emitidos y colocados por oferta publica, en concordancia con los plazos, condiciones y modalidades previstos en el contrato de emision y en el prospecto informativo, con sujecion a lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo 2º.- El prospecto informativo a ser utilizado obligatoriamente por el BANCO SANTANDER para la difusion de la oferta publica contiene las caracteristicas de los valores a emitir y debidamente visado sera devuelto al recurrente, conservandose MORDAZA del mismo en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de CONASEV. Articulo 3º.- Los recursos que capte el BANCO SANTANDER por la emision por oferta publica de los bonos que se inscriben en el Registro Publico del MORDAZA de Valores mediante la presente resolucion deberan destinarse exclusivamente al financiamiento de operaciones de arrendamiento financiero del Banco. Articulo 4º.- La publicidad que se realice para promover la mencionada oferta publica debera sujetarse a las condiciones previstas en el contrato de emision, en el prospecto informativo, y a lo establecido en la presente resolucion. Articulo 5º.- La colocacion de los bonos, a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion debera efectuarse en un plazo no mayor a nueve (9) meses, contados a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, prorrogables hasta por un periodo igual, a peticion de parte. Articulo 6º.- El BANCO SANTANDER, queda obligado a presentar a esta Comision Nacional la informacion a que se refiere el Articulo 13º del Reglamento de Oferta Publica Primaria de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 906-91-EF/94.10.0, y sus modificatorias y el Articulo 39º del Reglamento de Registro Publico del MORDAZA de Valores, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 079-97EF/94.10. Asimismo, en la fecha en que se culmine la colocacion de la oferta publica de bonos, la empresa emisora debera poner el hecho en conocimiento de la CONASEV. Articulo 7º.- El BANCO SANTANDER queda obligado a insertar el texto de la presente resolucion en la escritura publica de emision de los bonos que se otorgue por la presente emision, asi como a remitir a CONASEV el correspondiente testimonio, dentro de los treinta (30) dias siguientes a su otorgamiento. Articulo 8º.- La inscripcion a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion no implica que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 9º.- Transcribir la presente resolucion al BANCO SANTANDER, a Interfip Bolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A. en su calidad de representante de los obligacionistas, a la Superintendencia de Banca y Seguros, a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BERAMENDI GALDOS Gerente General 0981

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban proyectos definitivos de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION Nº 135-98-MML-DMDU-DGO MORDAZA, 23 de diciembre de 1998 LA DIRECCION GENERAL DE OBRAS Visto, el Expediente Nº 10994 y los Anexos Nºs. 4830-98 y 6531-98 seguidos por SONTERRA S.A., con los que solicitan la APROBACION DE PROYECTOS DEFINITIVOS de la Habilitacion MORDAZA para Uso Residencial de Densidad Media "R-4" (conjunto residencial), del terreno de 17,892.00 m2, denominado Naranjuelo, ubicado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Nº 138-97-MML-DMDU de fecha 3 de MORDAZA de 1997 se aprobo los Estudios Preliminares de Habilitacion MORDAZA para Uso Residencial de Densidad Media "R4" (conjunto residencial) del terreno del recurso estableciendo la Inscripcion Preventiva ante los Registros Publicos de las areas de aportes para el Ministerio de Educacion de 371.25 m2 y Recreacion Publica de 1,968.30 m2; Que la recurrente ha cumplido con presentar la siguiente documentacion: a).- Ficha Nº 1320853 en la cual se halla inscrita la Resolucion Nº 138-97-MLM-DMDU correspondiente a aprobacion de Estudios Preliminares del terreno de 17,892.00 m2, encontrandose inscrito preventivamente los Aportes para el Ministerio de Educacion de 371.25 m2 y Recreacion Publica de 1,968.30 m2. b).- Ficha de Gravamen Nº 1320858 emitido por Registros Publicos, en el cual el terreno de 17,892.00 m2 se halla HIPOTECADO, a favor de Inmobiliaria POBAGAL MORDAZA FE S.A. por lo que el recurrente adjunta una carta de fecha 18 de agosto de 1998 firmada por MORDAZA POBLETE MORDAZA autorizando a SONTERRA S.A. para la prosecucion del tramite de Habilitacion Urbana. c).- Certificado del Registro de MORDAZA y Callao de fecha 4 de agosto de 1998, senalando que en el Registro de Personas Juridicas se halla inscrita la Cia. Inmobiliaria Pobagal MORDAZA Fe S.A., siendo Presidente y Director Gerente MORDAZA Poblete. d).- Carta Nº 2017-96-C.S.S. de fecha 9 de octubre de 1996 emitida por SEDAPAL referente a la factibilidad de servicios de agua potable y alcantarillado para el terreno materia de habilitacion. e).- Carta Nº PSJ-0337-96 de fecha 25 de junio de 1996 emitida por Luz del Sur referente a la factibilidad y punto de alimentacion para el proyecto de electrificacion del conjunto residencial de propiedad de SONTERRA S.A. f).- Declaracion Jurada Legalizada de Inexistencia de Feudatarios de fecha 21 de enero de 1996. g).- Declaracion Jurada Legalizada de Inexistencia de MORDAZA de Regadio de fecha 9 de MORDAZA de 1998. h).- Recibos Nºs. 1281304, 1281305 y 1281306 de fecha 10 de MORDAZA de 1998 expedidos por la MORDAZA Municipal de Credito Popular de MORDAZA, por el monto total de S/. 300.00, acreditando la cancelacion de los derechos administrativos senalados en el TUPA. i).- Recibo Nº 54-9020614 de fecha 1 de octubre de 1998 otorgado por la MORDAZA Municipal de Credito Popular de MORDAZA, acreditando la cancelacion de la Liquidacion Nº 074-98MLM-DMDU-DGO-DHU correspondiente al Articulo II-XXI4 del Reglamento Nacional de Construcciones. Estando con el Informe Nº 316-98-MLM-DMDU-DGO-DHUDCO de fecha 12 de noviembre de 1998 de la Division de Control de Obras de la Direccion de Habilitaciones Urbanas; Con lo recomendado por la Direccion de Habilitaciones Urbanas y la Direccion General de Obras; De conformidad con lo previsto en el Articulo 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Articulo 3º del Decreto de Alcaldia Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997;

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