Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1999 (12/11/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 183189 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de noviembre de 1999 SUBPARTE D: PILOTOS PRIVADOS 61.102 Aplicabilidad Esta subparte prescribe los requisitos para el otorga- miento de la Licencia y Habilitaciones de Piloto Priva- do, las normas generales de operación de sus titula- res, sus atribuciones y limitaciones. 61.103 Requerimientos de Elegibilidad: (e) Pasar una prueba oral y de vuelo en los procedi- mientos y maniobras seleccionadas por un ins- pector o examinador DGTA para determinar la capacidad del solicitante en las operaciones de vuelo en que sea requerida instrucción por las provisiones de pericia de vuelo de 61.107 y 61.108; y 61.105 Conocimiento Aeronáutico El solicitante de una Licencia de piloto privado debe haber registrado la instrucción en tierra dictada por un instructor autorizado, o debe presentar evidencia mostrando que él ha completado satisfactoriamente un curso de instrucción, apropiadas a la categoría de aeronave para la que busca la Habilitación. (a) Aviones y helicópteros. (1)Las disposiciones y reglamentos pertinen- tes al titular de la licencia de piloto privado, el reglamento del aire; los métodos y proce- dimientos apropiados de los servicios de tránsito aéreo: (2)Los principios relativos al manejo de los grupos motores, sistema e instrumentos de la aeronave; (3)Las limitaciones operacionales de las aero- naves y de los grupos motores; la informa- ción operacional pertinente del manual de vuelo o de otro documento apropiado; (4)La influencia de la carga y de la distribución de la masa en las características de vuelo, cálculos de carga y centrado; (5)El uso y la aplicación práctica de los datos de performance de despegue, de aterrizaje y de otras operaciones; (6)La planificación previa al vuelo y en ruta, correspondiente a los vuelos privados VFR; la preparación y presentación de los planes de vuelo requeridos por los servicios de trán- sito aéreo; los procedimientos de notifica- ción de posición; los procedimientos de re- glaje de altímetro; las operaciones en zonas de gran densidad de tránsito; (7)Actuación y limitaciones humanas. (8)La aplicación de la meteorología aeronáuti- ca elemental; los procedimientos para obte- ner información meteorológica y uso de la misma; altimetría. (9)Los aspectos prácticos de la navegación aé- rea y las técnicas de navegación a estima; la utilización de cartas aeronáuticas; (10)La utilización de documentos aeronáuticos tales como las AIP, los NOTAM, los códigos y abreviaturas aeronáuticos; (11)Los procedimientos preventivos y de emer- gencia apropiados, incluso las medidas que deben adoptarse para evitar zonas de con- diciones meteorológicas peligrosas, de este- la turbulenta y otros riesgos operacionales; (12)Los principios de vuelo relativos a las aero- naves;(13)Los procedimientos y fraseología radiotele- fónicos aplicables a los vuelos VFR; las me- didas que deben tomarse en caso de falla de las comunicaciones; (14)En el caso de helicópteros, descenso vertical lento con motor, efecto suelo, vuelco dinámi- co y otros riesgos operacionales. (b) Planeadores (1)Las disposiciones y reglamentos pertinen- tes al titular de la licencia de piloto privado de planeador, el reglamento del aire; los métodos y procedimientos apropiados de los servicios de tránsito aéreo: (2)Los principios relativos a la utilización de planeadores, sus sistemas e instrumentos; (3)Las limitaciones operacionales de los pla- neadores; la información operacional perti- nente del manual de vuelo o de otro docu- mento apropiado; (4)La influencia de la carga y de la distribución de la masa en las características de vuelo, cálculos de carga y centrado; (5)El uso y la aplicación práctica de los datos de performance para el lanzamiento, aterriza- je y otras operaciones; (6)La planificación previa al vuelo y en ruta, correspondiente a los vuelos privados VFR; la preparación y presentación de los planes de vuelo requeridos por los servicios de trán- sito aéreo; los procedimientos de reglaje de altímetro; las operaciones en zonas de gran densidad de tránsito; (7)Actuación y limitaciones humanas. (8)La aplicación de la meteorología aeronáuti- ca elemental; los procedimientos para obte- ner información meteorológica y uso de la misma; altimetría. (9)Los aspectos prácticos de la navegación aé- rea y las técnicas de navegación a estima; la utilización de cartas aeronáuticas; (10)La utilización de documentos aeronáuticos tales como las AIP, los NOTAM, los códigos y abreviaturas aeronáuticas; (11)Los diversos métodos para el lanzamiento y los procedimientos conexos; (12)Los procedimientos preventivos y de emer- gencia apropiados, incluso las medidas que deben adoptarse para evitar zonas de con- diciones meteorológicas peligrosas, de este- la turbulenta y otros riesgos operacionales; (13)Los principios de vuelo relativos a planeado- res; (14)Los procedimientos y fraseología radiotele- fónicos correspondiente a los vuelos VFR y a las medidas que deben adoptarse en caso de falla de las comunicaciones. (d) Globos Libres.(Aerostáticos); (1)Las disposiciones y reglamentos correspon- dientes al titular de una licencia de piloto de globo libre, el reglamento del aire, los méto- dos y procedimientos apropiados de los ser- vicios de tránsito aéreo. (2)Los principios relativos al funcionamiento de los globos libres, sus sistemas e instru- mentos: