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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (15/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 54

Pág. 177860 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de setiembre de 1999 almacenamiento, traslado, posesión y uso de armas, mu- nición, explosivos de uso civil y artificios pirotécnicos no detonantes. Está a cargo de un funcionario con categoría de Direc- tor General. Artículo 46ºe.- La Dirección Ejecutiva apoya a la Direc- ción General en el cumplimiento de sus funciones y de conformidad a sus directivas conduce y coordina las acti- vidades de las unidades orgánicas de la Dirección General de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil; es responsable de las actividades administrativas internas. Está a cargo de un funcionario con categoría de Direc- tor Ejecutivo. Artículo 46ºf.- La Dirección de Control de Armas, Munición y Explosivos procesa expedientes relativos al otorgamiento, ampliación y renovación a nivel nacional de licencia para la fabricación, comercialización, importación, exportación, almacenamiento, traslado, posesión y uso de armas, munición, explosivos de uso civil y artificios piro- técnicos no detonantes. Así mismo, establece las infrac- ciones a la legislación vigente y propone la sanción corres- pondiente. Está a cargo de un funcionario con categoría de Direc- tor. Artículo 46ºg.- La Dirección de Control de Servicios de Seguridad Privada procesa expedientes relativos al otor- gamiento, ampliación y renovación de licencia de funcio- namiento de los servicios de seguridad privada; apoya el mejor funcionamiento de los mismos a través de directi- vas y actividades educativas, entre otras. Así mismo, establece las infracciones a la legislación vigente y propo- ne la sanción correspondiente. Está a cargo de un funcionario con categoría de Direc- tor. Artículo 46ºh.- La Dirección de Control Operativo supervisa y controlar el cumplimiento de la legislación relativa a los servicios de seguridad privada, a la fabrica- ción, comercialización, importación, exportación, almace- namiento, traslado, posesión y uso de armas, munición, explosivos de uso civil y artificios pirotécnicos no detonan- tes. Está a cargo de un funcionario con categoría de Direc- tor. Artículo 46ºi.- Las Jefaturas Departamentales de Con- trol de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Muni- ción y Explosivos son los órganos desconcentrados que realizan las actividades y acciones de la DICSCAMEC en el ámbito de su jurisdicción. Están a cargo de funcionarios con categoría de Subdi- rector. Artículo 46ºj.- La Oficina de Asesoría Legal presta asesoramiento legal al Director General y a los órganos que conforman la Dirección General de Servicios de Segu- ridad, Control de Armas, Munición, Explosivos de Uso Civil en la aplicación de la legislación vigente. Está a cargo de un funcionario con categoría de Direc- tor. Artículo 46ºk.- La Oficina de Administración dirige, coordina y ejecuta las actividades de los Sistemas de Planificación, Personal, Presupuesto, Racionalización y Abastecimiento. Está a cargo de un funcionario con categoría de Direc- tor. Artículo 46ºl.- La Unidad de Telemática dirige, coordi- na y ejecuta las actividades de los sistemas de informáti- ca, telecomunicaciones y estadística. Está a cargo de un funcionario con categoría de Subdi- rector. Artículo 46ºm.- La Unidad de Administración Docu- mentaria recepciona, registra, tramita y archiva la docu- mentación que ingresa a la Dirección General de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil y distribuye la documentación a los diversos organismos e instituciones del sector público y privado. Está a cargo de un funcionario con categoría de Subdi- rector. Artículo 3º.- Apruébase el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil que figura en el Anexo Nº 01 de la presente Resolución el mismo que consta de ciento cin- cuenta y tres (153) cargos distribuidos en la forma si- guiente:- Cargos de nivel Directivo 26 - Cargos de nivel Profesional 50 - Cargos de nivel Técnico 70 - Cargos de nivel Auxiliar 7 ------ TOTAL 153 Artículo 4º.- Determínase como cargos públicos de confianza en la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil los siguientes: a. Director de Programa Sectorial II, Director de la Dirección de Control de Armas, Munición y Explosivos. b. Director de Programa Sectorial II, Director de la Dirección de Control de Servicios de Seguridad Privada. c. Director de Programa Sectorial II, Director de la Dirección de Control Operativo. d. Director de Programa Sectorial I, Subdirectores de las Jefaturas Departamentales de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil. e. Director de Sistema Administrativo II, Director de la Oficina de Asesoría Legal. Artículo 5º.- Modifícase en lo pertinente los dispositi- vos legales siguientes: a. Resolución Ministerial Nº 204-A-92-IN/DM del 28 de febrero de 1992 que aprueba la Estructura Orgánica de los Organos No Policiales del Ministerio del Interior. b. Resolución Ministerial Nº 0512-B-92-IN/DM del 29 de mayo de 1992 que aprueba el Reglamento de Organi- zación y Funciones del Ministerio del Interior; y, c. Resolución Ministerial Nº 204-B-92-IN/DM del 29 de febrero de 1992 que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal de los Organos No Policiales del Ministerio del Interior. Artículo 6º.- Encárguese a la Oficina Sectorial de Planificación la impresión y difusión del Reglamento de Organización y Funciones y del Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio del Interior conteniendo las modificaciones aprobadas con la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 11673 PRES Autorizan a procurador del Ministerio para que en representación del CTAR Puno pueda transigir o conciliar en procesos judiciales seguidos con em- presa RESOLUCION SUPREMA Nº 156-99-PRES Lima, 14 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República por Resolución de Contraloría Nº 089-98-CG del 30 de julio de 1998, como resultado de una Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral efectuada al Consejo Transitorio de Administración Regional de la ex Región Moquegua - Tacna - Puno, período enero a diciembre de 1997, ha establecido la existencia de indicios razonables de la comisión de delitos así como responsabilidad civil, como resultado de las irregula- ridades cometidas por ex funcionarios y ex servido- res, y adquisición de bienes, incurriendo también en responsabilidad los representantes legales, socios y/