Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 1999 (15/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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TITULO IV CONTROL DE CORROSION

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 15 de setiembre de 1999

j) Programa de mantenimiento de valvulas de bloqueo de las Lineas. Articulo 55°.- El Concesionario esta obligado a conservar las instalaciones en buenas condiciones de funcionamiento, cumpliendo todos los procedimientos, instrucciones y programas indicados en el Manual de Operacion y Mantenimiento. Articulo 56°.- El Concesionario debera presentar a OSINERG, en el mes de noviembre de cada ano, los programas detallados de mantenimiento del Sistema de Distribucion correspondientes al ano siguiente. Asi mismo, en el mes de marzo de cada ano debera presentar los resultados de la ejecucion de los programas de mantenimiento del ano anterior. TITULO VI SEGURIDAD INDUSTRIAL Y SALUD OCUPACIONAL Articulo 57°.- El Concesionario debera elaborar el Manual de Seguridad del Sistema de Distribucion, el mismo que debera ser entregado al OSINERG MORDAZA del inicio de la operacion del Sistema. Este manual debera ser de conocimiento de todo su personal. Los aspectos minimos a ser cubiertos son: a) El perfil de seguridad de los trabajos de operacion y mantenimiento. b) Identificacion de riesgos mayores y su localizacion. c) Instrucciones sobre la disponibilidad y uso de los equipos de seguridad y contraincendio. d) Instrucciones acerca del sistema de recepcion, identificacion y clasificacion de emergencias. e) Instrucciones acerca de las acciones a seguir en caso de accidentes. f) Planes detallados de emergencia para los casos de fuego o explosion. Articulo 58°.- El Concesionario debera entregar al OSINERG, MORDAZA del inicio de la operacion del Sistema de Distribucion, un Plan de Contingencias para emergencias y desastres, debiendo ademas cumplir con lo siguiente a) El Plan de Contingencias debera ser actualizado por lo menos una vez al ano. b) Todo el personal debera recibir entrenamiento sobre este Plan, dejandose registrado los resultados del entrenamiento. c) El Plan debera contener informacion sobre las medidas a tomarse en caso de producirse una fuga de Gas Natural, explosiones, accidentes, incendios, evacuaciones. d) El Plan debera contener informacion sobre procedimientos, personal, equipo especifico para prevenir y controlar fugas de Gas Natural. e) El Plan debera contener procedimientos a seguir para establecer una comunicacion efectiva y sin interrupciones entre el personal del Concesionario, las autoridades locales, las autoridades policiales, Defensa Civil, Companias de Bomberos, representantes gubernamentales, la DGH, OSINERG y otras entidades vinculadas a la atencion de emergencias. Articulo 59°.- El Concesionario debera implementar un sistema que proporcione respuestas inmediatas a los avisos de los usuarios o de terceros por las anomalias en las instalaciones de Distribucion. Los avisos de fuga o de olor a Gas Natural, deben atenderse con absoluta prioridad. El Concesionario debera brindar servicio de atencion de emergencias durante las veinticuatro (24) horas del dia, todos los dias del ano. Articulo 60°.- Cada vez que se produzca una rotura, averia, fuga, explosion, incendio en el Sistema de Distribucion, el Concesionario debera adoptar las acciones correctivas inmediatas; y debera comunicar la emergencia inmediatamente a las autoridades y dependencias que figuren en el Plan de Contingencias. Dentro de las cuarentiocho (48) horas siguientes de haber sido detectada la emergencia, el Concesionario debera emitir un informe preliminar para el OSINERG, en el que se indique detalladamente el lugar de la emergencia y los alcances y

Articulo 47°.- Las Lineas de MORDAZA enterradas del Sistema de Distribucion, deben estar protegidas de la corrosion exterior mediante sistemas de revestimiento de superficie y Proteccion Catodica. Articulo 48°.- El estado del revestimiento de las tuberias debe revisarse MORDAZA y despues de su instalacion. Articulo 49°.- Las instalaciones metalicas enterradas, deberan ser protegidas catodicamente en un plazo no mayor de seis (6) meses despues de iniciada la operacion. Los criterios tecnicos para los sistemas de Proteccion Catodica seran tomados de la MORDAZA NACE RP-01-69. Articulo 50°.- Las instalaciones metalicas del Sistema de Distribucion deben estar electricamente aisladas de cualquier instalacion ajena al Sistema. Se permitiran interconexiones electricas entre conjuntos metalicos del Sistema de Distribucion, cuando estos MORDAZA protegidos catodicamente como una unidad. Se deben instalar los suficientes puntos de medida de potencial en las Lineas metalicas enterradas del Sistema de Distribucion, para monitorear periodicamente el funcionamiento del sistema de Proteccion Catodica. Articulo 51°.- Las instalaciones metalicas del Sistema de Distribucion que esten expuestas a la atmosfera, deberan ser protegidas de la corrosion exterior mediante la aplicacion de sistemas de revestimiento de superficies. Los sistemas de revestimiento de superficies a emplear, deben ser cuidadosamente seleccionados considerando las condiciones climatologicas (temperatura, humedad, presencia de hongos, etc.) del lugar en el que se encuentre ubicada la instalacion. Se debe tener especial cuidado en la aplicacion y conservacion de los revestimientos en las zonas en que las instalaciones penetren en tierra. Articulo 52°.- El Concesionario debera evaluar la conveniencia de inyectar inhibidores de corrosion, instalar drenajes en los puntos bajos de las tuberias, asi como la toma de otras medidas para prevenir la corrosion interior de las tuberias metalicas del Sistema de Distribucion. TITULO V OPERACION Y MANTENIMIENTO Articulo 53°.- Para iniciar la operacion del Sistema de Distribucion, el Concesionario debera contar con un informe favorable del OSINERG. Articulo 54°.- MORDAZA de iniciar la operacion del Sistema de Distribucion, el Concesionario debe entregar al OSINERG el Manual de Operacion y Mantenimiento, el mismo que debera elaborarse cumpliendo lo estipulado en la MORDAZA ANSI/ASME B31.8 y debe incluir lo siguiente, sin perjuicio de lo establecido en dicha norma: a) Procedimientos e instrucciones detalladas para la operacion y mantenimiento del sistema de distribucion durante una operacion normal. b) Procedimientos de operacion en condiciones de emergencia operativa. c) Procedimientos para los trabajos de mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo. d) Procedimientos para inyectar el odorante y para verificar que este sea detectado en todo el Sistema de Distribucion. e) Programa de vigilancia de las Lineas principales del sistema de distribucion especialmente en zonas inestables o donde se estuvieran realizando actividades de construccion, para observar y tomar acciones correctivas. f) Programa de inspecciones de deteccion de fugas. g) Programa de mantenimiento de equipos e instalaciones de medicion, regulacion y de seguridad por sobrepresion. h) Procedimientos de reparacion de las tuberias, considerando el MORDAZA de material y falla. i) Programa de control de corrosion de las tuberias y sistemas metalicos.

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