NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (15/09/1999)
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Pág. 177864 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de setiembre de 1999 hidrobiológicos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 24º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y, tomando en consideración que la recepción de solicitudes de autorización de incremento de flota para los recursos jurel y caballa con el uso de redes de cerco se encuentra suspendida, según lo dispuesto a través de las Resoluciones Ministeriales Nºs. 482 y 488-94-PE, se concluye que el recurso de reconside- ración interpuesto por la recurrente deviene en infun- dado; Estando a lo informado por la Dirección de Admi- nistración y Control Pesquero a través de la ampliación del Informe de Reevaluación Nº 185-99-PE/DNE.Dacp- tpn y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Artículo 43º inciso c) numeral 1 del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, en el Artículo 138º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, y en el Artículo 98º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales deProcedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, modificado por la Ley Nº 26810; y, En uso de las atribuciones conferidas a través del Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la empresa PESQUERA FLOTAMAR S.R.Ltda., contra la Resolución Directoral Nº 317-98-PE/DNE, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción (e) 11721 MINISTERIO DE PESQUERIA Comisión de Sanciones RELACION DE RESOLUCIONES EXPEDIDAS EL 13 DE SETIEMBRE DE 1999 Las notificaciones a los interesados se realizarán conforme a lo previsto por el Artículo 80º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS R.C.S. Nº 352-99-PE/CS Declara infundado el recurso de reconsideración de Pesquera Exalmar S.A. contra la R.C.S. Nº 269-99-PE/CS. R.C.S. Nº 353-99-PE/CS Declara fundado el recurso de reconsideración de Corporación Pesquera San Antonio S.A. contra la R.C.S. Nº 271-99-PE/CS. R.C.S. Nº 354-99-PE/CS Declara fundado el recurso de reconsideración de Grupo Sindicato Pesquero S.A. contra la R.C.S. Nº 272-99-PE/CS. R.C.S. Nº 355-99-PE/CS Declara infundado el recurso de reconsideración de Epesca S.A. contra la R.C.S. Nº 060-99-PE/CS. R.C.S. Nº 356-99-PE/CS Declara improcedente el recurso de reconsideración de Corporación del Mar S.A. contra la R.C.S. Nº 285-99-PE/CS. R.C.S. Nº 357-99-PE/CS Declara improcedente el recurso de reconsideración de Corporación del Mar S.A. contra la R.C.S. Nº 286-99-PE/CS. R.C.S. Nº 358-99-PE/CS Declara improcedente el recurso de reconsideración de Corporación Pesquera Coishco S.A. contra la R.C.S. Nº 288-99-PE/CS. R.C.S. Nº 359-99-PE/CS Declara infundado el recurso de reconsideración de Pesquera Capricornio S.A. contra la R.C.S. Nº 167-99-PE/CS. R.C.S. Nº 360-99-PE/CS Declara infundado el recurso de reconsideración de Austral Group S.A. contra la R.C.S. Nº 304-99-PE/CS. R.C.S. Nº 361-99-PE/CS Declara improcedente el recurso de reconsideración de Pesquera Novilme S.A. contra la R.C.S. Nº 145-99-PE/CS. R.C.S. Nº 362-99-PE/CS Declara infundado el recurso de reconsideración de Pescamar S.R.L. contra la R.C.S. Nº 162-99-PE/CS. R.C.S. Nº 363-99-PE/CS Declara infundado el recurso de reconsideración de Carlos Medardo Quevedo Vásquez contra la R.C.S. Nº 160-99-PE/CS. R.C.S. Nº 364-99-PE/CS Declara infundado el recurso de reconsideración de Manumar S.A. contra la R.C.S. Nº 185-99-PE/CS. R.C.S. Nº 365-99-PE/CS Declara improcedente la reclamación de Felipa Castro de Orosco y Germán Orosco Castro contra la R.C.S. Nº 099-99-PE/CS. R.C.S. Nº 366-99-PE/CS Declara improcedente el recurso de reconsideración de Pesquera Industrial El Angel S.A. contra la R.C.S. Nº 281-99-PE/CS. R.C.S. Nº 367-99-PE/CS Declara improcedente el recurso de reconsideración de Pesquera Industrial El Angel S.A. contra la R.C.S. Nº 318-99-PE/CS. R.C.S. Nº 368-99-PE/CS Excluye a Austral Group S.A. de los alcances de la R.C.S. Nº 317-99-PE/CS. 11723