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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (15/09/1999)

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TEXTO PAGINA: 49

Pág. 177855 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de setiembre de 1999 procedimientos de reparación y restauración. Posterior- mente deberá enviar dentro de los siete (07) días de producida la emergencia, el informe definitivo. Artículo 61°.- El Concesionario debe establecer pro- cedimientos para el análisis de fallas, accidentes e inci- dentes que se produzcan en el Sistema de Distribución, con el objeto de determinar sus causas de manera de minimizar la posibilidad de una repetición. Artículo 62°.- El Concesionario deberá establecer un programa educacional que permita a los usuarios y a la población en general, reconocer y reportar una emergen- cia en el Sistema de Distribución. Artículo 63°.- El Concesionario es responsable por la ejecución de los trabajos que se realicen en el Sistema de Distribución, los mismos que deberán ejecutarse en con- cordancia con las normas y prácticas de seguridad aplica- bles. Artículo 64°.- El Concesionario contará con una uni- dad de seguridad para asesorar en este aspecto en todas las actividades que se realicen en el Sistema de Distribu- ción. Las responsabilidades de esta unidad deberán incluir los aspectos de seguridad de la operación y el mantenimiento, así como la supervisión de la ejecución del Programa integral de seguridad. Artículo 65°.- El programa integral de seguridad que el Concesionario deberá implementar, considerará tam- bién la difusión y entrenamiento en los aspectos de segu- ridad para todos sus trabajadores y contratistas, a través de charlas, cursos, carteles, boletines, prácticas. Los as- pectos que como mínimo deberá contemplar el programa serán: planes de emergencia y contingencia, primeros auxilios, técnicas de conducción de vehículos, uso de ropa y equipos de seguridad. Artículo 66°.- El Concesionario deberá informar anual- mente al OSINERG respecto al cumplimiento de las actividades de seguridad, incluyendo también las estadís- ticas de accidentes. Artículo 67°.- El Concesionario deberá mantener y aplicar en sus instalaciones una política de salud, higiene y bienestar para sus trabajadores de acuerdo a estánda- res internacionales y a las normas que le sean de aplica- ción.. TÍTULO VII ABANDONO Artículo 68°.- .Los Planes de Abandono Temporales o Definitivos y la puesta en operación de las Líneas que hayan estado desactivadas, deberán realizarse según lo indicado en el Estudio de Impacto Ambiental aprobado y según la Norma ANSI/ASME B31.8. No se iniciará ninguna labor de Abandono Temporal o Definitivo sin dar aviso al OSINERG con 30 (días) de anticipación. TÍTULO VIII REGISTROS Artículo 69°.- El Concesionario debe mantener archi- vos físicos y mecanizados conteniendo la siguiente infor- mación: a) Estándares y especificaciones de los materiales utilizados en la instalación del sistema tales como tube- rías, equipos, accesorios, etc. b) Registros de las pruebas de presión. c) Planos y documentos “conforme a obra”. d) Protocolos de comisionado y actas de recepción de equipos, instrumentos y sistemas. e) Registros periódicos del estado de la Protección Catódica de las tuberías de acero enterradas. f) Registros de los programas de control de la corrosión de las tuberías de acero. g) Registros de los resultados de las inspecciones y vigilancia de las Líneas del Sistema de Distribución, del programa de detección de fugas y de las reparaciones efectuadas. h) Registro de los reportes de accidentes, incidentes y emergencias del Sistema de Distribución. i) Registro de las modificaciones realizadas en el Sistema de Distribución.TÍTULO IX NORMAS COMPLEMENTARIAS Artículo 70°.- Las normas que se indican a continua- ción son de aplicación complementaria en el diseño, cons- trucción, operación y mantenimiento para el servicio de Distribución, en la versión que esté vigente al momento de desarrollar la actividad normada. ANSI/ASME B31.1 Power Piping ANSI/ASME B31.2 Fuel gas Piping ANSI/ASME B31.3 Chemical Plant and Petroleum Refinery Piping ANSI B16.5 Steel Pipe Flanges and Flanged Fittings ANSI B16.9 Factory-made Wrought Steel Buttwelding Fittings ANSI B16.11 Forged Steel Fittings, Socked- welding and Threaded ANSI B16.34 Steel Valves (Flanged and Butt- welding End) ANSI B1.1 Unified Inch Screw Threads ASME B36.10M Welded and Seamless Wrought Steel Pipe ASME SI-1 ASME Orientation and Guide for Use of SI (Metric Units) ANSI/AWS A3.0 Welding Terms and Definitions ANSI B16.40 Manually Operated Thermo- plastic Gas Shut-offs and Val- ves in Gas Distribution Systems API RP 5C6 Welding Connections to Pipe API 5L Line Pipe API 6D Pipeline Valves API RP 500 Classification of Location for Electrical Installations at Pe- troleum Facilities API 1104 Standard for Welding Pipelines and Related Facilities API 2004 Inspection for Fire Protection ANSI/BPV Code Boiler and Pressure Ves- sel Code, section VIII and IX ASTM B75 Specification for Seemless Cop- per Tube ASTM D2513 Thermoplastic Gas Pressure Pipe, Tubing and Fittings ASTM F1055 Electro fusion Type Polyethyle- ne Fittings ASTM D 2683 Socket-Type Polyethylene Fit- tings for Outside-Diameter-Con- trolled Polyethylene Pipe ASTM D 3261 Butt heat Fusion Polyethylene (PE) Plastic Fittings for Polye- thylene (PE) Plastic Pipe and Tubing ASTM A 53 Pipe, Steel Black and Hot-Dip- ped, Zinc Coated Welded and Seamless ASTM A-539 Electric-Resistance-Welded Coiled Steel Tubing for Gas and Fuel Oil Lines ASTM A 105 Forging, Carbon Steel, for Pi- ping Components ASTM A 106 Seamless Carbon Steel Pipe for High Temperature Services ASTM A 234 Pipe Fittings of Wrought Car- bon Steel and Alloy Steel for Moderate and elevated Tempe- rature ASTM A 372 Carbon and Alloy Steel Forgings for Thin-Walled Pressure Ves- sels MSS SP-25 Standard Marking System for Valves, Fittings, Flanged and Union MSS SP-44 Steel Pipe Line Flanges MSS SP-75 Specification for High Test Wrought Welding Fittings AGA Gas Measurements Manual Part 2 - Displacement Metering Part 3 - Orifice Meters Part 4 - Gas Turbine Metering