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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (15/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 63

Pág. 177869 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de setiembre de 1999 Selestino Rodríguez Hurtado; así como tampoco se ha acreditado que alguno de los procesos se encuentre en investigación con mandato de detención en contra del referido ciudadano; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar improcedente la solici- tud formulada por Eva Ganni Larrain Reyes, primera regidora del Concejo Distrital de El Milagro en la provin- cia de Utcubamba, departamento de Amazonas, respecto a la declaratoria de vacancia en el cargo de alcalde que ejerce Selestino Rodríguez Hurtado, por no acreditarse la existencia de causal para ello. Artículo Segundo.- Declarar que el señor Seles- tino Rodríguez Hurtado, debe continuar ejerciendo el cargo de Alcalde en el Concejo Distrital de El Mila- gro, provincia de Utcubamba, departamento de Ama- zonas. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías que requiera el cumplimiento de la presente resolución, bajo responsabilidad. Regístrese y comuníquese. SS. SERPA SEGURA; BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; TRUJILLANO, Secretario General 11792 RESOLUCION Nº 1492-99-JNE Lima, 14 de setiembre de 1999 Visto el Oficio Nº 171-99-GDE-A-MDJCH-Yarowil- ca, recibido el 1 de setiembre de 1999, remitido por Graciano Ortiz Espinoza, alcalde del Concejo Distrital de Jacas Chico, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco, comunicando la declaratoria de vacancia de Hipólito Contreras Robles en el cargo de regidor en el referido Concejo, por cambio de domicilio fuera de la jurisdicción de la Municipalidad y por inconcurrencia injustificada a sesiones ordinarias del Concejo, solici- tando que se apruebe dicha vacancia a fin de proceder con arreglo a ley. CONSIDERANDO: Que, el alcalde del Concejo Distrital de Jacas Chico ha remitido con el oficio de visto copias de la Resolución Nº 018-99-MDJCH del 20 de agosto de 1999 y del acta de sesión del Concejo de la misma fecha, mediante las cuales se declaró la vacancia referida, aprobada por mayoría del número legal de miembros del Concejo, por las causales de cambio de domicilio e inasistencia a sesiones, establecidas en los incisos 4) y 5) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que, en aplicación de lo dispuesto por los Artículos 27º, 43º y 113º de la Ley Orgánica referida, para declarar la vacancia de un miembro del Concejo debe reunirse los elementos probatorios suficientes que acrediten la ocu- rrencia de alguna de las causales de vacancia y posterior- mente el acuerdo que la declare, debe ser puesto en conocimiento del vacado; Que, para demostrar el cambio de domicilio fuera de la jurisdicción de la Municipalidad debe remitirse el certifi- cado domiciliario expedido por autoridad policial, judicial o por Notario Público, que sirva para comprobar que el vacado se ha mudado de domicilio, fuera de la jurisdicción de la Municipalidad; Que, para acreditar la inconcurrencia injustificada a sesiones, debe remitirse copias certificadas de las notifi- caciones efectuadas por algún medio idóneo citando al regidor a sesiones, que dé certeza de que el regidor conoció sin duda la fecha de realización de cada una de las sesiones a las que inconcurrió; asimismo, debe remitirse copias certificadas de las actas de dichas sesiones en la que conste su inasistencia;Que, en uno y otro caso, debe existir constancia que acredite que el acuerdo de vacancia ha sido puesto en conocimiento del vacado, lo cual es necesario para verificar que se le ha dado la oportunidad de ejercer su derecho de defensa, debiendo remitirse asimismo la certificación de que dicho acuerdo ha quedado consen- tido o ejecutoriado; Que, el alcalde recurrente ha omitido la presentación de los documentos probatorios señalados en los conside- randos precedentes; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar inadmisible la solicitud de Graciano Ortiz Espinoza, alcalde del Concejo Distrital de Jacas Chico de la provincia de Yarowilca en el depar- tamento de Huánuco, referente a la declaratoria de va- cancia de Hipólito Contreras Robles en el cargo de regidor en el referido Concejo, al no haber remitido documenta- ción completa. Artículo Segundo.- Declarar que Hipólito Contreras Robles, debe continuar ejerciendo el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Jacas Chico, para el cual fue elegido por el período 1999-2002. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías que requiera el cumplimiento de la presente resolución, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SERPA SEGURA; BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; TRUJILLANO, Secretario General 11794 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Encargan al Gerente General coordi- nar con la ONPE la actualización del padrón electoral RESOLUCION JEFATURAL Nº 299-99-JEF/RENIEC Lima, 14 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo prescrito en el literal d) del Artículo 7º de la Ley Nº 26497, es función del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, preparar y mantener actualizado el padrón electoral, en coordinación con la Oficina Nacional de Procesos Electorales; Que, en tal virtud, se hace necesario desarrollar coor- dinaciones interinstitucionales para el mejor cumplimiento de la disposición legal glosada en el considerando prece- dente; y, En uso de las facultades previstas en la Ley Nº 26497 - Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Esta- do Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar al doctor Oscar Del Río Gonza- les, Gerente General del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil, la conducción de las actividades de coordinación a que se contrae el Artículo 7º literal d) de la Ley Nº 26497.