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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (19/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 143

TEXTO PAGINA: 34

Pág. 178161 NORMAS LEGALES Lima, domingo 19 de setiembre de 1999 INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO DE TRANSFERENCIA DE MERCANCIAS DE UN DEPOSITO A OTRO Será utilizado para la transferencia de un Depósito a otro dentro de la misma o distinta jurisdicción. SALIDA 1. ADUANA-CODIGO Se indica el nombre y código de la Aduana bajo cuya jurisdicción se realiza el despacho aduanero. 2. DECLARANTE-CODIGO Se indica el nombre o razón social y el código del Despachador de Aduana. 3. USO EXCLUSIVO DE ADUANAS 4. DUEÑO O CONSIGNATARIO Se indica el nombre o razón social del dueño o consignatario de la mercancía. 5. Nº DE RUC/DOC. IDENT. Se indica el numero del documento de identificación del dueño o consignatario. 6. NOMBRE DEL DEPOSITO-CODIGO Se consigna el nombre o razón social del Depósito Aduanero Autorizado de origen y su código. 7. DIRECCION Se indica la dirección del Depósito de origen. 8. NOMBRE DEPOSITO DE DESTINO-CODIGO Se consigna el nombre o razón social del Depósito Aduanero Autorizado de DESTINO y su código. 9. DIRECCION DEPOSITO DE DESTINO Se indica la dirección del Depósito de destino. 10. DESCRIPCION DE LA MERCANCIA-CANT. DE BULTOS-PESO BRUTO Se indica la especie o denominación comercial de la mercancía, detallando sus características, así como la cantidad de bultos y el peso bruto en kilos de la mercancía. 11. Vº Bº DEPOSITO DE DESTINO Se consigna la firma y sello del Depósito de destino en señal de aceptación de la transferencia. 12. AUTOLIQUIDACION DE TRIBUTOS Se consigna los tributos de importación solo en los casos que se requiera presentar garantía. 13. GARANTIA Se consigna el numero de la garantía, la entidad fi- nanciera que la otorga y la fecha de vencimiento. 14. DECLARANTE Se estampa la firma y sello del declarante, así como la fecha en que se realiza dicho acto. 15. REFRENDO DEL CONSIGNATARIO Se estampa la firma y sello del dueño o consignatario en señal de aceptación de la solicitud de transferen- cia. 16. USO EXCLUSIVO DE ADUANAS 17. SALIDA DEL DEPOSITO DE ORIGEN Se consigna la constancia de la entrega de la mer- cancía al Despachador de Aduana señalando fecha de salida, cantidad de bultos y peso entregados 18. RECEPCION DEL NUEVO DEPOSITO Se consigna el estado en que se recibe la mercancía, indicando cantidad y peso de los bultos, firmando y sellando y señalando la fecha del termino de la re- cepción. RECONOCIMIENTO Y CONCLUSION DE LA OPE- RACION 19. USO EXCLUSIVO DE ADUANAS20. USO EXCLUSIVO DE ADUANAS 21. CONFORMIDAD DEL NUEVO DEPOSITO Se indica la conformidad por el contenido de la mer- cancía, luego de efectuado el reconocimiento, firman- do, sellando e indicando la fecha de dicho acto. 22. USO EXCLUSIVO DE ADUANAS 23. OBSERVACIONES Se indica la información y anotaciones adicionales que se estimen pertinentes. IMPORTACION TEMPORAL I. OBJETIVO Establecer las pautas a seguir para la aplicación del Régimen de Importación Temporal, con la finalidad de lograr el correcto cumplimiento de las normas que lo regulan. II. ALCANCE Está dirigido al personal de ADUANAS y operadores de comercio exterior que intervienen en el Régimen de Importación Temporal. III. RESPONSABILIDAD La aplicación, cumplimiento y seguimiento de lo es- tablecido en el presente Procedimiento es de respon- sabilidad de las Intendencias de Aduana de la Repú- blica y de las Intendencias Nacionales de Sistemas, Fiscalización Aduanera y Técnica Aduanera. IV. VIGENCIA A partir del 20/09/1999. V. BASE LEGAL -Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 809 del 19.04.96 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 121-96-EF del 24.12.96. -Tabla de Sanciones aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas aprobada por D.S. Nº 122-96-EF del 24.12.96. -Relación de mercancías que pueden acogerse al Ré- gimen de Importación Temporal para Reexporta- ción en el mismo estado aprobada por Resolución Ministerial Nº 287-98-EF/10 del 31.12.98 y sus modificatorias. -Decreto Supremo Nº 05-95-MTC del 15.04.95 Art. 43º Reglamento de Servicio Público de Transporte Interprovincial de pasajeros por carretera en Om- nibus. -Ley que establece que las Empresas Nacionales de Transporte Aéreo pueden realizar importacio- nes bajo el régimen temporal aprobada por Ley Nº 26909 y sus modificatorias. -Ley Orgánica de Hidrocarburos aprobada por Ley Nº 26221 y sus modificatorias. -Reglamento Aduanero para Ferias Internaciona- les D.S. Nº 094-79-EF del 15.07.79 -Texto Unico Ordenado de los CETICOS, Decreto Supremo Nº112-97-EF del 03.09.97 -Ley de los Delitos Aduaneros y su Reglamento aprobados por Ley Nº 26461 del 08.06.95 y Decre- to Supremo Nº 121-95-EF del 15.08.95. -Texto Unico Ordenado del Código Tributario apro- bado por Decreto Supremo Nº 135- 99-EF -Ley Orgánica y Estatuto de la Superintenden- cia Nacional de Aduanas, aprobados por Decre- to Ley Nº 26020 del 28.12.92 y Resolución de Superintendencia Nº 0021-97 del 10.04.97 y sus modificatorias. -Ley de Simplificación Administrativa y su Regla- mento, aprobados por Ley Nº 25035 del 11.06.89 y Decreto Supremo Nº 070-89-PCM del 02.09.89. -Ley de Normas Generales de Procedimientos Ad- ministrativos, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo Nº 002-94-JUS de 31.01.94.