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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2000 (04/05/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 51

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 186181 NORMAS LEGALES Lima, jueves 4 de mayo de 2000 276, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Segundo.- NOTIFIQUESE la presente resolución conforme a ley. Regístrese y comuníquese. FRANCISCO GRILLO ARCINIEGA Secretario General 4873 Sancionan con destitución a servidor de ESSALUD RESOLUCION DE SECRETARIA GENERAL Nº 020-SG-ESSALUD-2000 Lima, 11 de abril del 2000 VISTA: El Acta Nº 05-CPAD-ESSALUD-2000, de la Comi- sión Permanente de Procesos Administrativos Discipli- narios de Lima y Callao referente al Expediente Nº 99- 016-CPAD, en relación a la Carta Nº 1084-GCRE-ESSA- LUD-99, sobre presuntas ausencias injustificadas que habrían cometido los servidores Víctor Raúl Alva Díaz y Miguel Ruperto Delgado Guzmán, Técnicos de Aporta- ciones y Fiscalización de la Gerencia Central de Recau- dación; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 005-SG-ESSALUD-2000 se instauró proceso administra- tivo disciplinario a los servidores Víctor Raúl Alva Díaz y Miguel Ruperto Delgado Guzmán, Técnicos de Aporta- ciones y Fiscalización de la Gerencia Central de Recauda- ción, por la presunta comisión de falta administrativa disciplinaria prevista en el inciso k) del Artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remu- neraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; Que, notificados de acuerdo a ley, los señores Miguel Ruperto Delgado Guzmán y Víctor Raúl Alva Díaz, Técnicos de Aportaciones y Fiscalización de la Gerencia Central de Recaudación, han presentado sus descargos los mismos que obran de folios 87 a 94 y 95 a 105 respectivamente; Que del análisis del expediente y del descargo presenta- do, se ha logrado establecer que se le encuentra respon- sabilidad administrativa al servidor Víctor Raúl Alva Díaz, dado que éste no ha logrado justificar sus inasistencias de los días 8 y 21 de enero; 25 y 26 de febrero; 8, 9, 10, 11, 12, 15, 16, 17, 22, 23, 24, 25 y 26 de marzo de 1999, por lo que deben ser consideradas como inasistencias injustificadas; Que, en lo que respecta a los días 21 de enero y 10 de febrero de 1999, el servidor Víctor Raúl Alva Díaz, con las Cartas Nºs. 180-GCC-IPSS-99 y 314-GCC-GCR-ESSALUD- 99 ha logrado justificar dichas inasistencias; Que, de otro lado, conforme a las pruebas instrumen- tales presentadas por el servidor Miguel Ruperto Delgado Guzmán, como son los Certificados de Incapacidad Tempo- ral para el Trabajo - CITT, ha logrado justificar sus inasis- tencias injustificadas de los días 18, 19, 25, 26 y 29 de marzo de 1999, no debiéndose tomar en cuenta el día 27 de marzo como inasistencia, por haber sido día sábado, es decir, no laborable, por lo que debe ser absuelto; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 170º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administra- tiva aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, a lo recomendado en el Acta Nº 05-CPAD-ESSALUD-2000, por la Comisión Permanente de Procesos Administrati- vos Disciplinarios de Lima y Callao, y a las facultades delegadas; SE RESUELVE: Primero.- IMPONER la sanción de DESTITUCION al señor VICTOR RAUL ALVA DIAZ, Técnico de Aporta- ciones y Fiscalización de la Gerencia Central de Recau- dación, por ausencias injustificadas, falta prevista en el inciso k) del Artículo 28º de la Ley de Bases de la CarreraAdministrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, a mérito de la Carta Nº 1084-GCRE-ESSALUD-99. Segundo.- ABSOLVER al señor MIGUEL RUPERTO DELGADO GUZMAN, Técnico de Aportaciones y Fiscali- zación de la Gerencia Central de Recaudación, de los cargos atribuidos en la Resolución de Secretaría General Nº 005- SG-ESSALUD-2000, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Tercero.- NOTIFIQUESE la presente resolución con- forme a ley. Regístrese y comuníquese. FRANCISCO GRILLO ARCINIEGA Secretario General ESSALUD 4874 I N E I Aprueban Indices Unificados de Pre- cios de la Construcción para las seis áreas geográficas, correspondientes al mes de abril del año 2000 RESOLUCION JEFATURAL Nº 119-2000-INEI Lima, 2 de mayo del 2000 CONSIDERANDO: Que, la Undécima Disposición Complementaria y Tran- sitoria del Decreto Ley Nº 25862, transfiere al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Indices de los elementos que determi- nen el costo de las Obras; Que, el Art. 1º del Decreto Supremo Nº 011-89-VC de fecha 12 de setiembre de 1989, establece que los Indices que se apliquen, serán a la fecha en que debe ser pagada la valorización, de acuerdo al plazo legal o contractual estipu- lado; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicación de aquellos índices que a la fecha cuentan con la información requerida; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económi- cos ha elaborado el Informe Nº 01-04-2000-DTIE, refe- rido a los Indices Unificados de Precios de la Construc- ción, para las seis (6) Areas Geográficas, correspondien- tes al mes de abril del 2000 y con la aprobación de la Comisión Técnica del Instituto Nacional de Estadística e Informática; En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los Indices Unificados de Precios de la Construcción para las seis (6) Areas Geográficas, correspondientes al mes de abril del 2000, en la forma que a continuación se detalla: INDICE ABRIL 2000 CODIGO 30 342,96 34 302,63 39 277,53 47 258,94 49 282,16 53 396,71 Regístrese y comuníquese. FELIX MURILLO ALFARO Jefe 4944