Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2001 (19/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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Declaran procedentes diversas solicitudes de fraccionamiento de pago de multas
RESOLUCION COMISION DE SANCIONES Nº 073-2001-PE/CS MORDAZA, 2 de marzo del 2001 Visto el escrito de Registro Nº 06853003 del 20 de octubre del 2000, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Informe Nº 014-2001-PE/CS-ST del 31 de enero del 2001, emitido por la Secretaria Tecnica de la Comision de Sanciones. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 011-2000-PE del 21 de diciembre del 2000, se autoriza que el Ministerio de Pesqueria, conforme a disposiciones que se establezcan mediante Resolucion Ministerial, apruebe a traves de la Comision de Sanciones, las solicitudes de fraccionamiento de pago de las multas derivadas de infracciones a la normatividad pesquera, incluyendose las que a dicha fecha se encuentren en cobranza coactiva; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 338-2000PE se establecen los requisitos y procedimientos que los infractores sancionados deben cumplir a efecto de que MORDAZA aprobadas sus solicitudes de fraccionamiento de pago, fijandose el numero de cuotas en las que procede fraccionar el pago de las multas impuestas, de acuerdo al monto a que ascienden las mismas; Que mediante Resolucion Comision de Sanciones Nº 260-99-PE/CS se sanciono al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA con multa ascendente a 1.35 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), por haber infringido lo dispuesto en el inciso 1) del Articulo 76º de la Ley General de Pesca; Que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha presentado solicitud de fraccionamiento de pago con fecha anterior a la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 011-2000-PE; sin embargo, procede adecuar dicha solicitud a lo establecido en el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 338-2000-PE, en tanto cumple con las condiciones establecidas en los Articulos 2º y 5º de la citada resolucion; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 011-2000-PE, en concordancia con lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 338-2000-PE; Estando a lo acordado en el Acta de la Comision de Sanciones Nº 004-2001-PE/CS de fecha 13 de febrero del 2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar PROCEDENTE el fraccionamiento de pago solicitado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respecto de la multa ascendente a 1.35 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), impuesta mediante Resolucion Comision de Sanciones Nº 260-99PE/CS. Articulo 2º.- El pago fraccionado de la multa sera efectuado en cuatro (4) cuotas mensuales de 0.35 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) cada una, monto que incluye el interes compensatorio correspondiente al 50% de la Tasa Activa para Moneda Nacional (TAMN). Articulo 3º.- El pago de cada cuota mensual del fraccionamiento otorgado, tendra como fecha de vencimiento el dia 15 de cada mes, iniciandose dicho periodo el dia 15 de marzo y concluyendo el dia 15 de junio del 2001. Articulo 4º.- El importe de las cuotas debera ser abonado en el Banco de MORDAZA, Cuenta Corriente Nº 00044-107-0018-57 MINISTERIO DE PESQUERIA, siendo que el incumplimiento del pago a la fecha limite de dos (2) cuotas consecutivas, tres (3) alternas o la MORDAZA cuota, conduciran a la extincion automatica del beneficio otorgado, aplicandose al monto de la multa el interes moratorio desde la fecha de su exigibilidad, ascendente al 15% de la Tasa Activa para Moneda Nacional (TAMN) vigente a la fecha del incumplimiento; los pagos efectuados durante el fraccionamiento se computaran como

pagos a cuenta y seran descontados del monto total adeudado, resultante de aplicar a la multa impuesta los intereses compensatorios, el saldo insoluto que resulte de tal operacion sera materia de cobro coactivo. Articulo 5º.- El beneficiado debera acreditar el deposito correspondiente al pago de cada cuota mensual ante la Comision de Sanciones, dentro de un plazo MORDAZA de cinco (5) dias calendario, contados a partir de la fecha de vencimiento de cada cuota. Articulo 6º.- Transcribase la presente Resolucion a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Pesqueria, a efectos de que suspenda el procedimiento de cobranza coactiva iniciado. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA VERGONZINI Presidente de la Comision de Sanciones Ma. DEL MORDAZA RAZURI MORDAZA Miembro Deliberante de la Comision de Sanciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA FREYRE Miembro Deliberante de la Comision de Sanciones 21966 RESOLUCION COMISION DE SANCIONES Nº 075-2001-PE/CS MORDAZA, 2 de marzo del 2001 Visto el escrito de Registro Nº 11945002 del 6 de noviembre del 2000, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Informe Nº 0162001-PE/CS-ST del 31 de enero del 2001, emitido por la Secretaria Tecnica de la Comision de Sanciones. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 011-2000-PE del 21 de diciembre del 2000, se autoriza que el Ministerio de Pesqueria, conforme a disposiciones que se establezcan mediante Resolucion Ministerial, apruebe a traves de la Comision de Sanciones, las solicitudes de fraccionamiento de pago de las multas derivadas de infracciones a la normatividad pesquera, incluyendose las que a dicha fecha se encuentren en cobranza coactiva; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 338-2000PE se establecen los requisitos y procedimientos que los infractores sancionados deben cumplir a efecto de que MORDAZA aprobadas sus solicitudes de fraccionamiento de pago, fijandose el numero de cuotas en las que procede fraccionar el pago de las multas impuestas, de acuerdo al monto a que ascienden las mismas; Que mediante Resolucion Comision de Sanciones Nº 282-2000-PE/CS se sanciono al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con multa ascendente a una (1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT), por haber infringido lo dispuesto en el inciso 2) del Articulo 76º de la Ley General de Pesca; Que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha presentado solicitud de fraccionamiento de pago con fecha anterior a la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 011-2000-PE; sin embargo, procede adecuar dicha solicitud a lo establecido en el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 338-2000-PE, en tanto cumple con las condiciones establecidas en los Articulos 2º y 5º de la citada resolucion; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 011-2000-PE, en concordancia con lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 338-2000-PE; Estando a lo acordado en el Acta de la Comision de Sanciones Nº 004-2001-PE/CS de fecha 13 de febrero del 2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar PROCEDENTE el fraccionamiento de pago solicitado por el senor MORDAZA

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