Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2001 (13/08/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
INCLUSIONES

MORDAZA, lunes 13 de agosto de 2001

ESSALUD
Modifican el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de ESSALUD correspondiente al ano 2001
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 252-GG-ESSALUD-2001 MORDAZA, 3 de agosto del 2001 CONSIDERANDO: Que, el 15 de marzo del 2001, entro en vigencia el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 074GG-ESSALUD-2001, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC) de ESSALUD correspondiente al ano 2001; Que, el Articulo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual deberan ser aprobadas por la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, para su inclusion en el mismo; Que, el Articulo 9º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud (ESSALUD), establece que el Gerente General es el funcionario que ocupa el mas alto cargo administrativo de ESSALUD; Que, en el PAAC 2001 se incluyo el MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de alimentacion y nutricion a todo costo, para el Hospital Nacional MORDAZA Rebagliati Martins (proceso Nº 01059); Que, al resultar mas economico para la institucion realizar por separado la compra de alimentos y la contratacion del servicio de personal para nutricion, se requiere excluir del PAAC 2001 el MORDAZA Nº 01059 e incluir los procesos de adquisicion de alimentos para personas y de contratacion del servicio de personal para nutricion, para el Hospital Nacional MORDAZA Rebagliati Martins; Que, de otro lado, en el PAAC 2001, no se incluyo la contratacion del servicio de mantenimiento metalmecanico, para el Hospital Nacional MORDAZA Rebagliati Martins, por lo que se hace necesario incluir la citada contratacion en el PAAC 2001; Que, asimismo el MORDAZA Nº 01067 del PAAC 2001, correspondiente a la adquisicion de materiales de construccion, electricos y sanitarios para el Hospital Nacional MORDAZA Rebagliati Martins, no cuenta con la disponibilidad presupuestal necesaria, en tal sentido es necesario excluirlo del PAAC 2001; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. APROBAR la inclusion y exclusion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de ESSALUD correspondiente al ano 2001, de las adquisiciones y contrataciones que se detallan en el anexo de la presente resolucion. 2. DISPONER que la Secretaria General informe de la presente resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME, dando cuenta al CONSUCODE, dentro del plazo establecido por la ley. 3. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RAYGADA Gerente General (e)

Idplan Mes Dependencia Adquisicion de: 01150 MORDAZA HN Rebagliati Alimentos para personas Idplan Mes Dependencia Contratacion de: 01151 MORDAZA HN Rebagliati Servicio de personal para nutricion 01152 MORDAZA HN Rebagliati Servicio de mantenimiento metalmecanico

Soles 3,845,945.60 Soles 2,675,107.81 306,000.00

EXCLUSIONES
Idplan Mes Dependencia Adquisicion de: 01067 Junio HN Rebagliati Materiales de construccion, electricos y sanitarios Idplan Mes Dependencia Contratacion de: 01059 MORDAZA HN Rebagliati Servicio de alimentacion y nutricion Soles 1,250,000.00

Soles 6,750,000.00

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INDECOPI
Disponen publicar Normas Metrologicas Peruanas sobre Sistemas de Medicion de Liquidos Distintos al Agua
RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0099-2001/INDECOPI-CRT MORDAZA, 9 de agosto de 2001 VISTA: La Resolucion Nº 0046-1999/INDECOPI-CRT mediante la cual se aprobaron las Normas Metrologicas Peruanas NMP 008:1999 y NMP 009:1999 de surtidores y dispensadores de combustible, y medidores volumetricos patrones respectivamente; y, CONSIDERANDO : Que, el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Metrologicas Peruanas aprobado mediante Resolucion Nº 013-94-INDECOPI/CNM establece que las normas metrologicas son obligatorias desde el dia siguiente de la publicacion de la resolucion que las apruebe1 ; Que, en el presente caso, la NMP 008:1999 SISTEMAS DE MEDICION DE LIQUIDOS DISTINTOS AL AGUA: SURTIDORES Y DISPENSADORES DE COMBUSTIBLE MORDAZA Internacional OIML R 117:1995 Measuring system for liquids other MORDAZA water, y la NMP 009:1999 SISTEMAS DE MEDICION DE LIQUIDOS DISTINTOS AL AGUA: MEDIDORES VOLUMETRICOS PATRONES OIML R 120:1996 Standard capacity measures for testing measuring systems for liquids other MORDAZA water, fueron aprobados por la Resolucion Nº 0046-1999/INDECOPI-CRT, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de octubre de 2000; Que, el Articulo 109º de la Constitucion dispone que las Leyes son obligatorias desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial siendo necesario en este sentido, la publicidad de las normas como condicion para su exigibilidad y observancia; Que, aun cuando las Normas Metrologicas Peruanas NMP 008:1999 y NMP 009:1999 hayan sido remitidas a los organismos publicos involucrados en la fiscalizacion de la comercializacion de combustibles, asi como a asociaciones de grifos y consumidores, es necesario publicar los textos de MORDAZA normas en el Diario Oficial a fin de dar cumplimiento a los dispositivos constitucionales que rigen la obligatoriedad de las normas juridicas;

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REGLAMENTO DE ELABORACION Y APROBACION DE NORMAS METROLOGICAS, Articulo 17º.- Una MORDAZA Metrologica Peruana adquirira caracter oficial desde el dia siguiente de la publicacion de la Resolucion de aprobacion en el Diario Oficial El Peruano. Las Normas Metrologicas aprobadas tienen el caracter de obligatorias.

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