Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2001 (21/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, viernes 21 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

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Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a los senores Presidentes, de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, del Consejo Nacional de la Magistratura; Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Fiscal Supremo de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Presidente de la Corte Superior del MORDAZA Norte e interesado, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 36685

Articulo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que el Banco Santander Central Hispano - Peru proceda a la enajenacion de los bienes senalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Banco Santander Central Hispano - Peru debera proceder conforme a lo establecido en la Circular Nº B-2075-2000, debiendo constituir las correspondientes provisiones con cargo a resultados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca

SBS
Prorrogan plazo otorgado al Banco Santander Central Hispano - Peru para que proceda a enajenar bienes inmuebles adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 965-2001 MORDAZA, 10 de diciembre de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud de prorroga del plazo para la enajenacion de los bienes que forman parte del Anexo de la presente resolucion adjudicados en cobro de acreencias, presentada por el Banco Santander Central Hispano Peru, conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y sus modificatorias, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 215º de la Ley General establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, los numerales 4 y 6 de la Circular Nº B-2075-2000 senalan que las solicitudes para prorroga del plazo establecido en el Articulo 215º de la Ley General, deberan ser presentadas con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento, caso contrario sera rechazada la solicitud; Que, el numeral 6 de la mencionada circular establece adicionalmente que, para el caso de bienes inmuebles, debera adjuntarse a la solicitud de prorroga una valuacion del bien efectuada por un perito inscrito en el registro de peritos valuadores (REPEV), caso contrario sera rechazada la solicitud; Que, los numerales 5 y 6 de la mencionada circular establecen la constitucion de provisiones equivalentes al 20 por ciento del valor de adjudicacion o recuperacion de los bienes, en calidad de provisiones por bienes adjudicados o recuperados, y de provisiones adicionales, con requerimientos diferentes para bienes muebles e inmuebles; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "D" mediante Informe Nº DESF "D"-105-OT-2001 y a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y sus modificatorias; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 807-99;

ANEXO BIENES INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA
MORDAZA de Bien Descripcion/Ubicacion Fecha de Adjudicacion 2000.11.30 2000.11.30 2000.11.30 Valor en Libros (en S/.) 142,542.40 142,425.71 31,298.65

Inmueble KM. 96 CARRETERA PANAMERICANA SUR, LT. 3, MZ. "M", PLAYA MORDAZA, MORDAZA, CANETE - MORDAZA Inmueble MORDAZA MORDAZA LOS FERROLES, LT. 9, MZ. "E", URB. STO. MORDAZA MORDAZA - CALLAO Inmueble ASOC. SEMIRURAL PRODUCT. PECUARIOS UMAPLACA, MORDAZA II, MZ. "M", LT. 7, SABANDIA MORDAZA Inmueble AV. MORDAZA Nº 300, CERCADO MORDAZA Inmueble COOP. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 215, MORDAZA B, MZ. "B", LT. 20, PAUCARPATA MORDAZA Inmueble URB. PANORAMA MORDAZA 4, LT. 24, MZ. "A", CERCADO - MORDAZA Inmueble MORDAZA D, MZ. "D" LT. 13, URB. EL MORDAZA, CAYMA - MORDAZA Inmueble AVENIDA MORDAZA MORDAZA Nºs. 1070-1074, MORDAZA - MORDAZA Inmueble MORDAZA COSTA MORDAZA Nº 380, CHORRILLOS - MORDAZA Inmueble MORDAZA HUASCAR Nº 885, SECTOR URRUNAGA, DIST. J. MORDAZA MORDAZA, CHICLAYO MORDAZA Inmueble MORDAZA MORDAZA Nº 317, CERRO VIEJO-CERRO COLORADO - MORDAZA Inmueble COOP. VIV. OBRERA Nº 14, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARIATEGUI Nº 336, SUBLOTE Nº 6, MIRAFLORES - MORDAZA Inmueble URB. LA MORDAZA, LT. 5, MZ. "N", MORDAZA Nº 10, CERCADO - MORDAZA

2000.11.30 2000.11.30

1,382,661.28 96,708.78

2000.11.30 2000.11.30 2000.11.30 2000.11.30 2000.11.30

36,636.59 107,571.67 655,695.04 621,466.23 16,208.84

2000.11.30 2000.11.30

73,021.29 27,705.90

2000.11.30

72,051.44

36565

Autorizan a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito Del MORDAZA S.A. la apertura de oficina especial en la provincia de Casma
RESOLUCION SBS Nº 975-2001 MORDAZA, 13 de diciembre de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito Del MORDAZA S.A., para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial ubicada en la avenida Empena, manzana C, lote 8, de la MORDAZA de Casma, provincia de Casma y departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica lo solicitado; Que, mediante Informe Especial Nº 022-2001-DESFF, esta Superintendencia ha establecido Criterios Adicionales cualitativos y cuantitativos para la Evaluacion y Autori-

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