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Pág. 214269 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de diciembre de 2001 Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a los señores Presidentes, de la Corte Suprema de Justicia de la República, del Conse- jo Ejecutivo del Poder Judicial, del Consejo Nacional de la Magistratura; Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Fiscal Supremo de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Presidente de la Corte Superior del Cono Norte e interesado, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 36685 S B S Prorrogan plazo otorgado al Banco San- tander Central Hispano - Perú para que proceda a enajenar bienes inmuebles adjudicados en pago de deudas RESOLUCIÓN SBS Nº 965-2001 Lima, 10 de diciembre de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNT A DE BANCA VISTA: La solicitud de prórroga del plazo para la enajena- ción de los bienes que forman parte del Anexo de la pre- sente resolución adjudicados en cobro de acreencias, presentada por el Banco Santander Central Hispano - Perú, conforme a lo previsto por el Artículo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y sus modificatorias, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 215º de la Ley General establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda con- traída previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la em- presa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) año, el mismo que podrá ser prorrogado por esta Su- perintendencia por una sola vez y por un máximo de seis (6) meses; Que, los numerales 4 y 6 de la Circular Nº B-2075-2000 señalan que las solicitudes para prórroga del plazo esta- blecido en el Artículo 215º de la Ley General, deberán ser presentadas con una anticipación de, por lo menos, quince (15) días antes de su vencimiento, caso contrario será re- chazada la solicitud; Que, el numeral 6 de la mencionada circular establece adicionalmente que, para el caso de bienes inmuebles, deberá adjuntarse a la solicitud de prórroga una valuación del bien efectuada por un perito inscrito en el registro de peritos valuadores (REPEV), caso contrario será rechaza- da la solicitud; Que, los numerales 5 y 6 de la mencionada circular establecen la constitución de provisiones equivalentes al 20 por ciento del valor de adjudicación o recupera- ción de los bienes, en calidad de provisiones por bie- nes adjudicados o recuperados, y de provisiones adi- cionales, con requerimientos diferentes para bienes muebles e inmuebles; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "D" mediante Informe Nº DESF "D"-105-OT-2001 y a lo opinado por la Super- intendencia Adjunta de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Siste- ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Ban- ca y Seguros, y sus modificatorias; y, en virtud de la facul- tad delegada mediante Resolución SBS Nº 807-99;RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Artículo 215º de la Ley General, para que el Banco Santander Central Hispano - Perú proceda a la enajenación de los bienes señalados en el Anexo que for- ma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Banco Santander Central Hispano - Perú deberá proceder conforme a lo establecido en la Circular Nº B-2075-2000, debiendo constituir las correspondientes provisiones con cargo a resultados. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORR O HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca ANEXO BIENES INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRÓRROGA PARA SU VENTA Tipo de Descripción/Ubicación Fecha Valor Bien de Adjudi- en Libros cación (en S/.) Inmueble KM. 96 CARRETERA PANAMERICANA SUR, LT. 3, 2000.11.30 142,542.40 MZ. "M", PLAYA BLANCA, ASIA, CAÑETE - LIMA Inmueble CALLE BAHIA LOS FERROLES, LT. 9, MZ. "E", URB. 2000.11.30 142,425.71 STO. DOMINGO BOCANEGRA - CALLAO Inmueble ASOC. SEMIRURAL PRODUCT. PECUARIOS 2000.11.30 31,298.65 UMAPLACA, ZONA II, MZ. "M", LT. 7, SABANDIA - AREQUIPA Inmueble AV. PARRA Nº 300, CERCADO AREQUIPA 2000.11.30 1,382,661.28 Inmueble COOP. MANUEL PRADO, CALLE TOMAS EDISON 2000.11.30 96,708.78 Nº 215, ZONA B, MZ. "B", LT. 20, PAUCARPATA - AREQUIPA Inmueble URB. PANORAMA CALLE 4, LT. 24, MZ. "A", 2000.11.30 36,636.59 CERCADO - AREQUIPA Inmueble CALLE D, MZ. "D" LT. 13, URB. EL ROSARIO, CAYMA 2000.11.30 107,571.67 - AREQUIPA Inmueble AVENIDA JORGE CHAVEZ Nºs. 1070-1074, SURCO 2000.11.30 655,695.04 - LIMA Inmueble CALLE COSTA AZUL Nº 380, CHORRILLOS - LIMA 2000.11.30 621,466.23 Inmueble CALLE HUASCAR Nº 885, SECTOR URRUNAGA, 2000.11.30 16,208.84 DIST. J. LEONARDO ORTIZ, CHICLAYO - LAMBAYEQUE Inmueble CALLE AREQUIPA Nº 317, CERRO VIEJO-CERRO 2000.11.30 73,021.29 COLORADO - AREQUIPA Inmueble COOP. VIV. OBRERA Nº 14, CALLE JOSE CARLOS 2000.11.30 27,705.90 MARIATEGUI Nº 336, SUBLOTE Nº 6, MIRAFLORES - AREQUIPA Inmueble URB. LA AURORA, LT. 5, MZ. "N", CALLE Nº 10, 2000.11.30 72,051.44 CERCADO - AREQUIPA 36565 Autorizan a la Caja Municipal de Aho- rro y Crédito Del Santa S.A. la apertura de oficina especial en la provincia de Casma RESOLUCIÓN SBS Nº 975-2001 Lima, 13 de diciembre de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Del Santa S.A., para que se le autorice la apertu- ra de una Oficina Especial ubicada en la avenida Empeña, manzana C, lote 8, de la ciudad de Casma, provincia de Casma y departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presen- tar la documentación pertinente que justifica lo solici- tado; Que, mediante Informe Especial Nº 022-2001-DESFF, esta Superintendencia ha establecido Criterios Adiciona- les cualitativos y cuantitativos para la Evaluación y Autori-