Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (21/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 214252 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de diciembre de 2001 ción Ministerial Nº 435-96-SA/DM de fecha 18 de julio de 1996 del Ministerio de Salud y la Carta de Donación de fecha 4 de junio de 1996. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impues- to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Ministro de Salud y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura Encargado del Despacho de Salud PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 36718 Aceptan donación destinada al apoyo de programas y otros eventos que reali- za Agro Acción Alemana RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 539-2001-EF Lima, 20 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, Deutsche Welthungerhilfe de Bonn, Alemania, ha efectuado una donación a favor de Deutsche Welthungerhilfe (Agro Acción Alemana), consistente en un panel de presen- tación "Le Kit Midi Standard" destinado al apoyo e implemen- tación de los programas, eventos, ferias y simposios que rea- liza para la presentación de los proyectos que financia; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordena- do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transfe- rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artícu- lo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto Gene- ral a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regularización, en nombre del Gobierno Peruano, la donación efectuada por Deutsche Welthungerhilfe de Bonn, Alemania, a favor de Deutsche Welthungerhilfe (Agro Acción Alemana), consistente en un panel de presentación de "Le Kit Midi Standard", con un valor aproximado de DM 3 253,00 (Tres Mil Doscientos Cin- cuenta y Tres y 00/100 Marcos Alemanes) equivalentes a US$ 1 572,90 (Mil Quinientos Setenta y Dos y 90/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Certificado de Donación sin fecha y un peso aproximado de 50 kgs., según Guía Aé- rea Nº 074-4480 2030 de KLM - Royal Dutch Airlines. Dona- ción destinada al apoyo e implementación de los programas, eventos, ferias y simposios que realiza para la presentación de los proyectos que financia. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impues- to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF.Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 36719 Aceptan donación destinada al taller de fabricación y montaje de silla de rue- das de asociación de trabajadores discapacitados RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 540-2001-EF Lima, 20 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, Association Handicap Amerique Latine, de Pu- teaux, Francia ha efectuado donaciones a favor de la "Asociación de Trabajadores Discapacitados del Sur del Perú" ATRADISUR - PERU consistentes en diversos bie- nes que serán destinados a apoyar al taller de fabricación y montaje de sillas de ruedas, así como a diferentes insti- tuciones y personas naturales con discapacidad física; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordena- do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transfe- rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artí- culo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en nombre del Gobier- no Peruano, las donaciones efectuadas por Association Handicap Amerique Latine, de Puteaux, Francia, a favor de la "Asociación de Trabajadores Discapacitados del Sur del Perú" ATRADISUR - PERU consistentes en materiales hospitalarios, de rehabilitación, para armados de sillas de ruedas y otros bienes, según Cartas de Donación sin fe- cha y Cartas de fecha 17 de agosto de 2001. Dichas dona- ciones serán destinadas a apoyar al taller de fabricación y montaje de sillas de ruedas de la "Asociación de Trabaja- dores Discapacitados del Sur del Perú" ATRADISUR - PERU, así como a diferentes instituciones y personas na- turales con discapacidad física. Artículo 2º.- Compréndanse a las donaciones citadas en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Con- sumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la