Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2001 (21/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, viernes 21 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, el Comite de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC) constituyo el Comite Permanente de Interpretaciones (SIC) en enero de 1997, con el proposito de intensificar la rigurosa aplicacion y comparabilidad a nivel mundial de los estados financieros preparados conforme a las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), encargandose de la interpretacion de temas contables que presentan controversias o cuando no se tratan en una NIC; Que, mediante Resolucion del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 021-2000-EF/93.01 de fecha 18 de diciembre del 2000, se oficializaron las interpretaciones SIC 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, y 16; Que, el Comite de Asesoramiento del Consejo Normativo de Contabilidad, el Comite Tecnico de la Contaduria Publica de la Nacion y la Comision Tecnica Permanente de la Federacion de Colegios de Contadores Publicos del Peru y su Junta de Decanos, han revisado las Interpretaciones SIC 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25, y han propuesto su aprobacion y aplicacion en el pais; Que, es necesario oficializar las mencionadas Interpretaciones SIC, a fin de que las empresas apliquen adecuadamente las indicadas normas internacionales, para que los Estados Financieros de las empresas reflejen razonablemente la situacion financiera, el resultado de las operaciones y los flujos de efectivo, con el proposito de cumplir con la exigencia de revelar todos los requerimientos de las mencionadas Normas y cada interpretacion aplicable emitida, segun el parrafo 11 de la NIC 1 (Modificada en 1997), MORDAZA de Estados Financieros; y, En uso de las atribuciones conferidas por los Articulos 2º y 13º de la Ley Nº 24680 - Del Sistema Nacional de Contabilidad, y estando a lo acordado por el Consejo Normativo de Contabilidad en la Sesion de la fecha; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OFICIALIZAR, las Interpretaciones SIC, siguientes: SIC 17: Patrimonio - Costos de una Transaccion Patrimonial SIC 18: Uniformidad - Metodos Alternativos. SIC 19: Moneda de Informe - Medicion y MORDAZA de Estados Financieros, segun la NIC 21 y NIC 29. SIC 20: Metodo Contable de Participacion Patrimonial Reconocimiento de Perdidas. SIC 21: Impuesto a la Renta - Recuperacion de Activos Revaluados No Depreciables. SIC 22: Combinaciones de Negocios - Ajuste Posterior de los Valores Razonables y Plusvalia Mercantil Inicialmente Informada. SIC 23: Inmuebles, Maquinaria y Equipo - Costos importantes de Inspeccion o Renovacion (overhaul). SIC 24: Utilidades por Accion - Instrumentos Financieros y otros Contratos que pueden liquidarse con Acciones. SIC 25: Impuesto a la Renta - Cambios en la Situacion Tributaria de una Empresa o de sus Accionistas. Articulo 2º.- La presente Resolucion rige para los estados financieros que cubran periodos que se inicien a partir del 1 de enero del 2002. Articulo 3º.- RECOMENDAR, que la Contaduria Publica de la Nacion, la Federacion de Colegios de Contadores Publicos del Peru y su Junta de Decanos, los Colegios Departamentales y las Facultades de Ciencias Contables y Financieras de las Universidades del MORDAZA, y otras instituciones competentes, efectuen la difusion correspondiente de las Interpretaciones SIC aprobadas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Normativo de Contabilidad MORDAZA MORDAZA DE CELIZ Subcontadora General de la Nacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Representante de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores

MORDAZA WUAN MORDAZA Representante de la Superintendencia de Banca y Seguros MORDAZA MORDAZA FRISANCHO Representante de la Federacion de Colegios de Contadores Publicos del Peru y su Junta de Decanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA Representante del Colegio de Contadores Publicos de MORDAZA MORDAZA CASALLO MORDAZA Representante de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria MORDAZA LUNG MORDAZA Representante del Banco Central de Reserva del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA Representante de la Actividad Administrativa del Estado MORDAZA MORDAZA LLAMOZAS Director General de Contabilidad del Sector Privado YORLLELINA MORDAZA MORDAZA Directora General de Contabilidad Analitica de Explotacion 36678

Precisan titulos, version y fechas de vigencia de las Normas Internacionales de Contabilidad que han sido oficializadas
CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD RESOLUCION Nº 027-2001-EF/93.01 MORDAZA, 29 de noviembre del 2001 VISTO el Informe Nº 005-2001-EF/93.11 de la Direccion General de Investigacion de la Contabilidad de la Contaduria Publica de la Nacion, sobre el estudio tecnico y recomendaciones, con respecto a la oficializacion, vigencia y titulos de las Normas Internacionales de Contabilidad. CONSIDERANDO: Que, por disposicion de la Ley Nº 24680, compete a la Contaduria Publica de la Nacion y al Consejo Normativo de Contabilidad, segun corresponda, el estudio, analisis y emision de las Normas de Contabilidad que deben regir en el Peru; Que, por Resolucion Nº 13-98-EF/93.01, del 17 de MORDAZA de 1998, el Consejo Normativo de Contabilidad establecio que los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en el Peru, comprenden sustancialmente las Normas Internacionales de Contabilidad que hayan sido oficializadas por el Consejo Normativo de Contabilidad; Que, las Normas Internacionales de Contabilidad - NIC (International Accounting Standards), son emitidas por el Comite de Normas Internacionales de Contabilidad (International Accounting Standards Committee) para armonizar los principios y practicas contables en todo el MORDAZA, habiendose emitido desde 1973 hasta la fecha 41 NIC; Que, en enero del 2001 el Comite de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC por sus siglas en ingles) se disolvio para dar paso al International Accounting Standards Board (IASB por sus siglas en Ingles), el mismo que en el futuro emitira las Normas Internacionales de Contabilidad; Que, las NIC MORDAZA senaladas han sido adoptadas y oficializadas por el Consejo Normativo de Contabilidad, para

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