Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2001 (21/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, viernes 21 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, en el literal h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, se establece que las contrataciones de servicios personalisimos estan exoneradas de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa que les correspondan, procediendo su contratacion mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, habiendose configurado la causal de servicios personalisimos resulta legalmente procedente exonerar la contratacion de los referidos servicios de la Adjudicacion Directa Selectiva que le corresponde en funcion a su cuantia, contratacion que cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente y cuya fuente de financiamiento son recursos propios de la Institucion; Por tanto, de conformidad con lo dispuesto en los indicados articulos del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por Decreto Supremo Nºs. 012 y 013-2001-PCM respectivamente, y contando con la opinion favorable de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica y la Superintendencia Adjunta de Administracion General; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion de la contratacion de servicios de asesoria legal para la investigacion preliminar correspondiente al MORDAZA judicial iniciado por MORDAZA MORDAZA Holding contra el Superintendente de Banca y Seguros y los funcionarios de esta Institucion encargados de la intervencion del Banco MORDAZA MORDAZA, del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva que corresponde en funcion a su cuantia. Articulo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General a contratar el indicado servicio mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia con cargo a los recursos propios de la Institucion, por el plazo de un ano. Articulo Tercero.- El valor referencial del servicio se ha estimado en US$ 23 600 (Veintitres mil seiscientos y 00/100 Dolares Americanos), incluidos los impuestos de ley. Articulo Cuarto.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administracion General remita MORDAZA de la presente Resolucion y del Informe Tecnico - Legal que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto en el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 36700

Que, mediante Ley Nº 26985, se establece el procedimiento de proteccion al accionista minoritario de las sociedades anonimas abiertas, encargandose a CONASEV conocer y resolver las controversias que se susciten con los accionistas minoritarios de las sociedades anonimas abiertas a los cuales se les hubiera denegado de modo expreso o ficto la entrega de sus titulos representativos de acciones y dividendos pendientes de pago por parte de las mencionadas empresas; Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 164-98-EF/ 94.10, modificada por la Resolucion CONASEV Nº 02599-EF/94.10, se creo el Comite de Proteccion al Accionista Minoritario, como organo de CONASEV encargado de conocer y resolver los reclamos a que se refiere el considerando anterior, asi como resolver en MORDAZA instancia administrativa los recursos impugnativos que pudieran presentar las sociedades anonimas abiertas respecto de la imposicion de sanciones; Que el Articulo 1º del Estatuto del Comite de Proteccion al Accionista Minoritario, dispone que el mencionado Comite esta conformado por cuatro miembros titulares y un miembro suplente designados por el Directorio de CONASEV, a propuesta del Presidente, por un periodo de un (1) ano, renovable; Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 061-99-EF/ 94.10, 035-2000-EF/94.10 y 082-2000-EF/94.10 se designo a los senores MORDAZA Zolezzi Ibarcena, MORDAZA Bigio Chrem, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a la senora MORDAZA Rocca MORDAZA como miembros titulares del referido Comite; Que, con fecha 23 de noviembre del 2001 el senor MORDAZA Bigio Chrem presento renuncia al cargo de miembro del Comite de Proteccion al Accionista Minoritario de CONASEV; Estando a lo acordado por el Directorio de CONASEV en sesion de fecha 3 de diciembre del 2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia del senor MORDAZA Bigio Chrem al cargo de miembro titular del Comite de Proteccion al Accionista Minoritario de CONASEV, con efectividad al 3 de diciembre del 2001, dandole las MORDAZA por los servicios brindados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA EYZAGUIRRE MORDAZA Presidente 36614

Designan miembro titular del Comite de Proteccion al Accionista Minoritario
RESOLUCION CONASEV Nº 070-2001-EF/94.10 MORDAZA, 11 de diciembre de 2001 VISTOS: El Memorandum Nº 552-2001-EF/94.13 del 7 de diciembre de 2001, presentado por la Secretaria Tecnica del Comite de Proteccion al Accionista Minoritario; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26985, se establece el procedimiento de proteccion al accionista minoritario de las sociedades anonimas abiertas, encargandose a CONASEV conocer y resolver las controversias que se susciten con los accionistas minoritarios de las sociedades anonimas abiertas a los cuales se les hubiera denegado de modo expreso o ficto la entrega de sus titulos representativos de acciones y dividendos pendientes de pago por parte de las mencionadas empresas; Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 164-98-EF/ 94.10, modificada por la Resolucion CONASEV Nº 025-

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
CONASEV
Aceptan renuncia de miembro titular del Comite de Proteccion al Accionista Minoritario
RESOLUCION CONASEV Nº 066-2001-EF/94.10 MORDAZA, 5 de diciembre de 2001 VISTA: La renuncia presentada por el senor MORDAZA Bigio Chrem, al cargo de miembro titular del Comite de Proteccion al Accionista Minoritario de CONASEV;

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