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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JULIO DEL AÑO 2001 (29/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 41

Pág. 207947 NORMAS LEGALES Lima, domingo 29 de julio de 2001 S B S Autorizan a Financiera CMR la apertu- ra de oficinas especiales permanentes ubicadas en las provincias de Trujillo, Chiclayo y Piura RESOLUCIÓN SBS Nº 543-2001 Lima, 19 de julio de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Financiera CMR, para que se le autorice la apertura de tres oficinas especiales permanentes ubicadas en las ciudades de Trujillo, Chi- clayo y Piura, según se detalla en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 431-2001 del 1 de junio de 2001, se autorizó la apertura de tres oficinas especiales temporales en las ciudades de Trujillo, Chi- clayo y Piura; Que la citada empresa solicitó dicha apertura hasta la instalación de Oficinas Especiales permanentes, cum- pliendo con presentar la documentación pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Intendente del Departa- mento de Evaluación del Sistema Financiero "D", me- diante Informe Nº DESF"D" 058-OT/01; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, con la Circular Nº F-339-97 y la Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a Financiera CMR la apertura de tres oficinas especiales permanentes ubica- das en: - Jr. Pizarro Nº 748, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. - Av. San José Nº 563-567, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. - Av. Arequipa Nº 802 esquina con Av. Huancavelica Nº 551, distrito, provincia y departamento de Piura. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución SBS Nº 431-2001 del 1 de junio de 2001. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca 28241 Autorizan a la Caja Municipal de Aho- rro y Crédito de Arequipa S.A. el trasla- do de agencia ubicada en la provincia de Arequipa RESOLUCIÓN SBS Nº 547-2001 Lima, 23 de julio de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A., para que se leblea Nacional de Rectores, teniendo como atribución, la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, y emitir resoluciones autorizando o denegando su funcionamiento provisional o definitivo, previa veri- ficación del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas; Que, con documento de Vistos el Representante Legal de la Compañía de Jesús - provincia del Perú, promotora de la denominada Universidad Antonio Ruiz de Montoya, solicita se adscriba su solicitud de autorización provisional de fun- cionamiento, a los alcances de la "Ley de Promoción de la Inversión en la Educación", Decreto Legislativo Nº 882 del 9 de setiembre de 1996, para lo cual adjunta los requisitos establecidos en la Ley; y, y la Guía para la presentación de Proyectos Institucionales de Nuevas Universidades; Que, tal como lo dispone la Resolución Nº 657-99- CONAFU del 22 de noviembre de 1999, modificada por la Resolución Nº 94-2000-CONAFU del 14 de setiembre del 2000, el expediente presentado fue derivado al Consejero de Evaluación y Asuntos Aca- démicos y Comisión Jurídica Permanente, quienes han emitido informes favorables sobre la solicitud de variación del régimen legal de la solicitud de la Com- pañía de Jesús, recomendando se admita a trámite en vía de regularización la solicitud de autorización provisional de funcionamiento de la denominada Universidad Antonio Ruiz de Montoya en el régimen del Decreto Legislativo Nº 882; Que, habiéndose cumplido con los actos administrati- vos señalados en el numeral 5) del Anexo Nº 1, de la Resolución Nº 94-2000-CONAFU, y contando con el Acuerdo del Pleno del Consejo Nacional para la Autori- zación de Funcionamiento de Universidades - CONAFU del 12 de julio del 2001, es procede aceptar la solicitud de variación de régimen legal, peticionado por su Promo- tora La Compañía de Jesús y, en vía de regularización admitir a trámite la solicitud Autorización Provisional de Funcionamiento de la denominada UNIVERSIDAD Antonio Ruiz de Montoya, con sede en la ciudad y departamento de Lima, en el régimen legal establecido por el Decreto Legislativo Nº 882; Estando a lo expuesto, en concordancia con la Ley Nº 26439; el Decreto Legislativo Nº 882; el Estatuto y Reglamento General del CONAFU, el Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Universidades; la Resolución Nº 657-2000-99-CONAFU, modificada por la Resolución Nº 94-2000-CONAFU del 13 de setiembre del 2000; el Acuerdo del Plano Nº 135-2001 de la Sesión Ordinaria del 12 de julio del 2001 y en uso de las facultades conferidas por el literal c) del Artículo 16º del Reglamento General del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR, procedente la solicitud de variación del régimen legal de la Solicitud de Autoriza- ción Provisional de la denominada Universidad Antonio Ruiz de Montoya al régimen legal establecido por el Decreto Legislativo Nº 882. Artículo 2º.- ADMITIR, en vía de regularización a trámite la solicitud presentada por la Compañía de Jesús, para la Autorización Provisional de Funciona- miento de la denominada UNIVERSIDAD ANTONIO RUIZ DE MONTOYA con sede en la ciudad, distrito, provincia y departamento de Lima, bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 882. Artículo 3º.- ADECUAR, el trámite de la solicitud de autorización provisional de funcionamiento de la deno- minada Universidad Antonio Ruiz de Montoya, al proce- dimiento administrativo aprobado por la Resolución Nº 657-99-CONAFU, modificada por la Resolución Nº 94- 2000-CONAFU. Artículo 4º.- DEJAR, sin efecto todas las resolucio- nes que se opongan a la presente, y remítase copias a las instancias correspondientes para los fines de ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. CARLOS CHACÓN GALINDO Presidente HERACLIO CAMPANA AÑASCO Secretario General 28238