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Pág. 211207 NORMAS LEGALES Lima, sábado 13 de octubre de 2001 a que no existen normas en el Código Civil referentes al funcionamiento del consejo directivo es necesario que el estatuto de una asociación establezca expresamente el quórum y mayorías requeridas para que el citado órga- no se instale y adopte acuerdos, pues de lo contrario no será posible determinar qué quórum requerirá el conse- jo directivo para sesionar ni qué mayorías necesitará para tomar acuerdos; sobre el tema, se aprecia que el estatuto de la asociación a inscribir no ha regulado sobre el tema del quórum y mayorías del consejo direc- tivo, por lo que se debe observar el título en dicho sentido; Que, en el estatuto no se regula la segunda convocato- ria a asamblea general, debiendo definirse si ésta debe contemplarse expresamente en el estatuto; al respecto, tal como ya se ha expresado, en las materias que no se encuentren reguladas en el estatuto, se deberá aplicar el Código Civil y dado que el Código Civil sí regula dicha materia, se entendería que el quórum de la segunda convocatoria es el que establece el Artículo 87º del Código Civil; Que, en ese mismo sentido, el estatuto no ha regulado las mayorías requeridas para adoptar acuerdos, resul- tando de aplicación las mayorías que establece el Artículo 87º del Código Civil; De conformidad con la Resolución Jefatural Nº 2360- 2000-ORLC/JE del 19 de octubre de 2000; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: REVOCAR la observación formulada por el Registra- dor Público de la Sede Selva Central de la Oficina Regis- tral Regional Andrés Avelino Cáceres al título referido en la parte expositiva, y declarar que el mismo contiene el defecto señalado en el duodécimo considerando de la presente Resolución. Regístrese y comuníquese. LUIS ALBERTO ALIAGA HUARIPATA Presidente de la Tercera Sala del Tribunal Registral WALTER POMA MORALES Vocal del Tribunal Registral NORA MARIELLA ALDANA DURÁN Vocal del Tribunal Registral 32545 PATRONATO DEL PARQUE DE LAS LEYENDAS Precisan resolución que declara en situación de urgencia la adquisición de animales y materiales para la ejecu- ción de proyecto de remodelación de ambiente RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 212-2001-PCD/PATPAL San Miguel, 11 de octubre del 2001 VISTOS: El Informe Nº 082-2001-DE/PATPAL del Director Ejecutivo del Patronato del Parque de Las Leyen- das; CONSIDERANDO: Que, es necesario precisar la Resolución Presiden- cial Nº 205-2001-PCD/PATPAL por la cual se declara en situación de urgencia la adquisición de 2 elefantes hembras, 3 cebras (2 hembras y 1 macho), 1 mandril(hembra), 2 rinocerontes (pareja) hasta por la suma de S/. 449,283.24, (Cuatrocientos Cuarenta y Nueve Mil Doscientos Ochenta y tres y 24/100 nuevos soles); así como la compra de los materiales para la ejecución del proyecto de remodelación del ambiente de los elefantes ascendente a la suma de S/. 138,912.00 (Ciento Treinta y Ocho Mil Novecientos Doce y 00/100 nuevos soles); Que, el Director Ejecutivo del PATPAL mediante Informe Nº 069-2001-DE/PATPAL del 12 de setiembre del 2001, da a conocer que históricamente en los últi- mos meses del año disminuye el número de visitantes, y que con la muerte de la elefanta COBUS, ocurrida en el mes de junio del presente año, se agudizaría la tendencia a la baja de público asistente, por lo que estando al Informe Nº 265-2001-GO/PATPAL emitido por la Gerencia de Operaciones en el cual propone la adquisición de determinadas especies de animales: 2 elefantes hembras, 3 cebras (2 hembras y 1 macho), 1 mandril (hembra), 2 rinocerontes (pareja); así como, la remodelación del ambiente que ocuparán los elefantes, el cual se encuentra deteriorado siendo necesaria su remodelación, lo que quiere decir cambiar infraestruc- tura, ampliar el área y acondicionar el dormidero en un clima adecuado; previendo que las citadas adquisicio- nes aumentarán el atractivo a los visitantes del PA- TPAL, lo cual es de vital importancia para mantener la continuidad de los servicios esenciales de la institu- ción, teniendo en consideración que nuestra entidad se mantiene únicamente en base a recursos directamente recaudados; De conformidad con lo dispuesto en el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001/PCM - El TUO de la Ley; al Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001/ PCM - El Reglamento de la Ley; al Decreto Legislativo Nº 909-2000 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2001; Estando al Informe Nº 422-2001/GA-PATPAL emiti- do por la Gerencia de Administración y al Informe Nº 183-2001-OAJ/PATPAL de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 146 - Ley del Patronato del Parque de Las Leyendas, al Estatuto aprobado por Decreto Su- premo Nº 042-81-VI, al Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2001- PROMUDEH; y con cargo de dar cuenta al Consejo Directivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar la parte considerativa de la Resolución Presidencial Nº 205-2001-PCD/PATPAL, in- cluyéndose como parte de la misma al segundo consi- derando de la presente resolución. Artículo 2º.- Precisar el Artículo 1º de la Resolución Presidencial Nº 205-2001-PCD/PATPAL en los términos siguientes: "Declarar en situación de urgencia en salvaguarda de la continuidad de los servicios esenciales del Pa- tronato del Parque de Las Leyendas, la adquisición de las especies: 2 elefantes hembras, 3 cebras (2 hembras y 1 macho), 1 mandril (hembra), 2 rinocerontes (pareja) hasta por la suma de S/. 449,283.24, (Cuatrocientos Cuarenta y Nueve Mil Doscientos Ochenta y tres y 24/100 nuevos soles); así como la compra de los materiales para la ejecución del proyecto de remodelación del ambiente de los elefantes ascendente a la suma de S/. 138,912.00 (Ciento Treinta y Ocho Mil Novecientos Doce y 00/100 nuevos soles)". Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y comunicarla oportunamente a la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO RODRIGUEZ RABANAL Presidente del Consejo Directivo 32604