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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (13/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 34

Pág. 211208 NORMAS LEGALES Lima, sábado 13 de octubre de 2001 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Declaran en situación de emergencia el Pilar Central del Puente Dueñas ubi- cado en el distrito de San Martín de Porres INVERMET FONDO METROPOLITANO DE INVERSIONES RESOLUCIÓN Nº 090-2001-SGP Lima, 5 de octubre de 2001 VISTO: Los Informes Técnicos Nº 128-2001-GT/CRC, Nº 155- 2001-GT y Nº 166-2001-GT e Informes Legales Nº 287- 2001-GL y Nº 297-2001-GL, respecto de la exoneración del proceso de selección para la contratación de la obra "Cal- zadura de la Cimentación del Pilar Central del Puente Dueñas, Protección de enrocado de cauce del río Rímac y Obras Complementarias para restringir las cargas de tránsito"; CONSIDERANDO: Que, con Informes Técnicos Nº 128-2001-GT/CRC y Nº 155-2001-GT la Gerencia Técnica de INVERMET ha in- formado que el "Pilar central de apoyo del Puente Dueñas" ha sido erosionada por acción de las aguas del río Rímac lo que constituye un inminente peligro para la superestruc- tura del puente, por lo que recomendó con carácter de urgente la contratación de un consultor especialista para que realice un estudio preliminar para la elaboración de un proyecto de "Calzadura de la Cimentación del Pilar Central del Puente Dueñas, Protección con enrocado del cauce del río Rímac y Obras Complementarias para res- tringir las cargas del tránsito"; Que, en Sesión Nº 603/3.1 del 24.9.2001 el Comité Directivo de INVERMET tomó conocimiento de los infor- mes formulados por la Gerencia Técnica y dispuso la contratación de profesionales expertos en Ingeniería Hi- dráulica y Estructuras con la finalidad de que formulen las recomendaciones y acciones inmediatas para el refor- zamiento del Pilar Central del Puente Dueñas; Que, la Gerencia Técnica con Informe Nº 166-2001-GT del 4.10.2001 ha presentado el informe elaborado por los Especialistas en Ingeniería Hidráulica y Geotecnia, en el cual se establece que la erosión producida en la cimenta- ción del pilar central pone en peligro inminente de colap- sar el Puente Dueñas, por lo que indica está justificada la exoneración del proceso de selección bajo la causal de situación de emergencia para la contratación de los traba- jos de calzadura de la cimentación del pilar central, protec- ción con enrocado del cauce del río y obras complementa- rias para restringir las cargas del tránsito; Que, la Gerencia Legal con Informes Nºs. 287 y 297- 2001-GL de fechas 20.9.2001 y 4.10.2001, respectiva- mente, señala que de acuerdo con lo establecido en el Artículo 22º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la situación de emergencia es aquella en la cual la Entidad tiene que actuar de manera inmediata, entre otros motivos, por la presencia de situaciones que suponen grave peligro; por lo que de conformidad con lo previsto en el Artículo 19º inciso c) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el D.S. Nº 012-2001 y en concordancia con lo dis- puesto en el Artículo 108º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado apro- bado con D.S. Nº 013-2001-PCM; en este sentido, refiere que para la contratación de los trabajos señalados en los Informes Nº 155-2001-GL y Nº 166-2001-GL la entidad puede autorizar la exoneración del proceso de selección correspondiente; Que, el inciso a) del Artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado señala que las exoneraciones deben ser aprobadas mediante Resolución emitida por el Titular del Pliego, previo informe técnico ylegal, publicarse en el Diario Oficial El Peruano y comuni- carse a la Contraloría General de la República dentro del plazo de 10 días; De acuerdo con los Informes Nº 155-2001-GT y Nº 166- 2001-GT, con la opinión de la Gerencia Legal emitida en los Informes Nº 287-2001-GL y Nº 297-2001-GL, en uso de las facultades conferidas por el Comité Directivo de IN- VERMET en su Sesión Nº 329/3.8 del 5.2.90; SE RESUELVE: 1º.- Declarar en situación de emergencia el Pilar Cen- tral del Puente Dueñas ubicado en el distrito de San Martín de Porres. 2º.- Exonerar del proceso de selección para la contra- tación de los trabajos de "Calzadura de la Cimentación del Pilar Central del Puente Dueñas, Protección con enrocado del cauce del río Rímac y Obras Complementarias para restringir las cargas del tránsito", por cuanto éstos se sustentan en la situación de emergencia prevista en el inciso c) del Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado con D.S. Nº 012-2001-PCM. 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y su comunicación a la Contraloría General de la República, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con D.S. Nº 012-2001-PCM y Artículo 115º de su Reglamento aprobado con D.S. Nº 013-2001-PCM. Regístrese y comuníquese. ORLANDO CAMINADA DULANTO Secretario General Permanente INVERMET 32575 Establecen disposiciones para la prestación del servicio de transporte público de pasajeros en la Av. Tacna RESOLUCIÓN DIRECTORAL MUNICIPAL Nº 252-01-MML/DMTU Lima, 2 de octubre de 2001 VISTO: El Informe Nº 242-01-MML/DMTU-DGTO, de fecha 11 de setiembre del 2001, emitido por la Dirección General de Tránsito, y el Informe Nº 23 de fecha 6 de setiembre del 2001, emitido por la Asesoría del Plan Regulador, de esta Dirección Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, es competencia de esta Municipalidad regular el transporte, la circulación y el tránsito, tal como lo estable- ce el Artículo 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que, el Artículo 3º de la Ordenanza Marco del Trans- porte Terrestre en la provincia de Lima Nº 131, establece que corresponde a la Municipalidad Metropolitana de Lima en materia de Transporte, formular objetivos y directrices con el fin de procurar una eficaz prestación y organización del servicio; Que, el Artículo 2º de la Ordenanza Marco del Tránsito en la provincia de Lima Nº 132, establece que constituyen objetivos permanentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima en materia de tránsito, entre otros, el dar fluidez al mismo; Que, mediante Ordenanza Nº 201, se aprobó y reguló el Plan Maestro en el Centro de Lima, el cual dividió el Cercado de Lima en ocho sectores, con diferenciación física delimitando el Sector I, por la Av. Alfonso Ugarte, Paseo Colón, avenida Grau, avenida Abancay, y el río Rímac, encontrándose enmarcada dentro del mismo la Av. Tacna; Que, el Informe Nº 23, señala como necesario iniciar el ordenamiento de las rutas basándose en los requisitos de la ficha técnica, a fin de ir implementando la propuesta de clasificación modal del sistema vial metropolitano, el cual recomienda la prestación del servicio de transporte públi- co en el corto plazo únicamente con ómnibus y microbuses en las vías del Sector I; asimismo recomienda que, en la avenida Tacna se proceda a la sustitución de unidades tipo camionetas rurales (Omnibus - 3) autorizadas, por unida-