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Pág. 211210 NORMAS LEGALES Lima, sábado 13 de octubre de 2001 Artículo Tercero.- Dispóngase que concluido el pro- ceso mencionado en el artículo anterior, sólo procederá la inclusión o sustitución de unidades vehiculares en las rutas que comprenden el Sector Territorial I en los si- guientes casos: a) Que el vehículo a ingresar por sustitución o inclu- sión corresponda al tipo de vehículo Omnibus - 1 u Omni- bus - 2. b) Que el vehículo no exceda en el caso de Omnibus - 1, a quince años de antigüedad y en el caso de Omnibus - 2, a doce años de antigüedad. Artículo Cuarto.- Las personas jurídicas que han obtenido autorización excepcional al amparo de la Resolu- ción Directoral Municipal Nº 129-01-MML/DMTU, y cu- yos recorridos comprenden el Carril Segregado de la Vía Expresa del Paseo de la República y las vías del Sector I, podrán solicitar excepcionalmente la reducción de su flota autorizada, sin que ello implique la modificación o reduc- ción de sus recorridos. Artículo Quinto.- Encargar a la Dirección General de Transporte, el dar cumplimiento a la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELVIRA MOSCOSO CABRERA Directora Municipal Dirección Municipal de Transporte Urbano 32630 MUNICIPALIDAD DE ATE Disponen resolver Convenio de Cooperación suscrito con el SAT ORDENANZA Nº 009-MDA Ate, 5 de octubre de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Dictamen Nº 005-CEPyP-2001 de la Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto del Concejo Distri- tal de Ate, en Sesión Extraordinaria de fecha 5 de octubre de 2001; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 001-MDA de fecha 13 de enero de 1999, publicada en el Diario Oficial El Perua- no, la Municipalidad Distrital de Ate acordó designar al Servicio de Administración Tributaria de la Municipali- dad Metropolitana de Lima - SAT como ente encargado de la fiscalización de los tributos de la Municipalidad Distri- tal de Ate, cumpliendo funciones propias de la Administra- ción Tributaria, incluyendo servicios al contribuyente, control de cumplimiento de las obligaciones tributarias, resolución de reclamaciones y solicitudes no contenciosas y cobranza coactiva de deudas tributarias; así como la recaudación, cobranza, otorgamiento de fraccionamiento y devolución de pagos indebidos y en exceso de multas administrativas y otros ingresos; Que, con fecha 19 de enero de 1999 se celebró el Convenio de Cooperación entre el Servicio de Adminis- tración Tributaria - SAT y la Municipalidad Distrital de Ate, para la administración de tributos, multas adminis- trativas y otros ingresos de la Municipalidad; Que, el SAT y la Municipalidad de común acuerdo han considerado conveniente que esta última reasuma las funciones de administración tributaria debiendo para ello suscribir la Resolución del Convenio de Cooperación antes citado; Estando a los fundamentos expuestos de conformi- dad a la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; y con el voto por Mayoría de los señores regidores y con el trámite de dispensa de lectura y aprobación del acta, se ha dado la siguiente ordenanza:ORDENANZA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE Y EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA -SAT- RESUELVEN CONVENIO DE COOPERACIÓN Artículo Primero.- RESOLVER el Convenio de Co- operación de fecha 19 de enero de 1999, celebrado entre la Municipalidad Distrital de Ate y el Servicio de Adminis- tración Tributaria - SAT. Artículo Segundo.- FACULTAR al Sr. Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ate para que en representa- ción de la Municipalidad acuerde con el Servicio de Administración Tributaria - SAT, la Resolución del Convenio de Cooperación suscrito el 19 de enero de 1999, dejando sin efecto la designación del SAT como institución encargada de la Administración de los tribu- tos y otros ingresos de la Municipalidad Distrital de Ate aprobada mediante la Ordenanza Nº 001-MDA de fecha 13 de enero de 1999 y suscriba la documentación necesa- ria para dicho fin. Artículo Tercero.- La fecha de culminación de las labores del Servicio de Administración Tributaria como órgano administrador de tributos y otros ingresos de la Municipalidad Distrital de Ate, la transferencia del acervo documentario, la información relativa a las funciones realizadas por el Servicio de Administración Tributaria, así como el cronograma de la transferencia serán especi- ficados en el acuerdo señalado en el Art. 2º de esta Ordenanza. Artículo Cuarto.- Déjese sin efecto las normas que se opongan a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 32628 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Expresan rechazo a reportaje transmi- tido en programa televisivo ACUERDO DE CONCEJO Nº 20-01/MDLV La Victoria, 27 de setiembre del 2001 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA: Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, la propuesta formulada por la señora Regidora Milagros Manchego Bustíos, quien propone un Voto de Confianza a la gestión del señor Alcalde Jorge Bonifaz Carmona a raíz del repor- taje propalado en el programa "Hasta aquí nomás" de César Hildebrandt el día martes 25 de setiembre del presente año; y, CONSIDERANDO: Que, el Concejo Distrital de La Victoria y el público en general, ha tomado conocimiento a través del programa "Hasta aquí nomás" que conduce el señor César Hilde- brandt transmitido el día martes 25 del presente, de un reportaje efectuado a un grupo de personas inescrupulo- sas y ex trabajadores de esta corporación, quienes con sus declaraciones maliciosas y totalmente alejadas de la ver- dad, pretenden crear caos en la administración, desinfor- mando e incitando a los vecinos del distrito a desconocer la actual gestión y los logros alcanzados por ésta; Que, estas acciones son parte de una campaña difama- toria, no sólo contra el señor Alcalde sino contra el Concejo en pleno, lo que atenta contra el honor y reputación de sus miembros; Que, el Concejo no puede mantenerse indiferente an- tes estos hechos, que no sólo deterioran la buena imagen del señor Alcalde y de su gestión, sino que además,