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Pág. 211471 NORMAS LEGALES Lima, viernes 19 de octubre de 2001 Establecen tasa por servicio de esta- cionamiento vehicular respecto a vehículos de transporte de carga pesad a ORDENANZA Nº 035-MDR Rímac, 9 de octubre del 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC POR CUANTO: El Concejo Distrital del Rímac, en Sesión Ordinaria de la fecha, bajo la presidencia de la Sra. Teniente Alcaldesa, Eco. Rosa Olinda Liza Nunton, con la asistencia de los señores Regidores: William Castañeda Lozano, Nelly Bea- triz Pacheco Torres, Dina Emérita Iparraguirre Cuba, Jorge Estela Valdivia, Rafael Fernando Fuentes Galindo, Iris Elizabeth Armijo Vidal, María Manuela Pintado de Tejada, Teófilo Silva Zavaleta, Victor Manuel Vega Necio- sup, José Falcón Huamán Lazo; Visto, lo referente a la ampliación de zonas sujetas a cobranzas de tasa por estacionamiento vehicular respecto a los vehículos de transporte de carga pesada, en el distrito del Rímac; CONSIDERANDO: Que, el Art. 191º de la Constitución Política del Estado, concordado con el Art. 2º de la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853, señala que las Municipalidades Provinciales, Distritales y las Delegadas conforme a ley, son los órganos de Gobierno Local que emanan de la voluntad popular. Son personas de derecho público con autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 015-MDR de fecha 12 de octubre del 2000 se reguló el servicio de estacionamiento vehicular en la vía pública del distrito del Rímac; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo esta- blecido en los Artículos 36º, 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, con el voto UNANIME de los miembros del Concejo y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Ampliar los alcances de lo dispues- to en la Ordenanza Nº 015-MDR de fecha 12 de octubre del 2000, estableciéndose la tasa por el servicio de estaciona- miento vehicular en el caso de transporte de carga pesada en el distrito del Rímac. VIA VEHICULO TASA x HORA Calle Tnte. Rázuri Camiones S/. 4.00 Cdra. 06 Trailers S/. 6.00 Artículo Segundo.- Encargar a Dirección Municipal, Dirección de Servicios a la Ciudad y División de Comercia- lización y Desarrollo Empresarial el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 32886 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO Califican de eriazos terrenos ubicados en las Pampas de Chilca, Santo Domin- go y Anexos, comprensión del distrito de Paracas RESOLUCIÓN Nº 478-2001-MPP-ALC. Pisco, 5 de octubre de 2001VISTA: La Documentación sobre la adjudicación de terrenos eriazos cuya área es de 4,281.352 Hás, ubicados en las pampas de Chilca - Santo Domingo y anexos comprensión del distrito de Paracas, provincia de Pisco y departamento de Ica. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 5º del Reglamento de Adjudicación de Terrenos Fiscales para fines Urbanos en aplicación de la Ley Orgánica de Municipalidades apro- bado por el D.S. Nº 004-85-VC; concordante con el Art. 26º del Reglamento General de Procedimientos Administra- tivos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por el D.S. Nº 154-2001-EF, las Municipalidades Provinciales están facultadas para la Identificación y calificación de los terrenos eriazos y/o ribereños ubicados en las zonas urbanas, zonas de expansión urbana y fuera de la expansión urbana de sus respectivas jurisdicciones, me- diante Resolución Municipal. Que, la Municipalidad Provincial de Pisco, previo proce- so de Identificación y Calificación; y el cumplimiento de los requisitos exigidos por las disposiciones legales invocadas, así como la evaluación Técnico - Legal, ha calificado de eriazo los Terrenos ubicados en las Pampas de Chilca - Santo Domingo y anexos, comprensión del distrito de Para- cas, provincia de Pisco y departamento de Ica, con un área de 4,281.352 Hás. Que, es de necesidad para esta Municipalidad Provin- cial la Adjudicación o Transferencia a Título gratuito del dominio del indicado terreno a su favor y de esta manera llevar a cabo el intercambio económico, social y productivo como son: Zona Franca, Puerto, Aeropuerto, Agroindustrias, etc. Por lo que es necesario tener las zonas o terrenos donde debe desarrollarse toda la inversión privada e infraestruc- tura de la actividad productiva y de servicios, la misma que va a generar la creación de fuentes de trabajo, descentrali- zando el aparato productivo de la Macro Región Sur del Perú. Estando a lo informado por la Dirección de Servicios Urbanos, Comisión de Identificación de terrenos eriazos y Asesoría Legal, quienes opinan por la Procedencia; de conformidad con lo expuesto por la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Identificar y Calificar de Eriazo los Terrenos ubicados en las Pampas de Chilca - Santo Domin- go y Anexos, comprensión del distrito de Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica, con un área de 4,281.352 Hás. Cuyos linderos y medidas perimétricos son: por el Norte con el Grupo Aéreo Nº 09, la Asociación de Pequeños Agricultores de Pampas de Ocas en una línea recta de 6,316.77 metros lineales; por el Sur con la carretera de ingreso a la Reserva Nacional de Paracas en Línea Recta de 8,213.90 metros lineales; por el Este con la propiedad FUNSUR S.A., ACEROS AREQUIPA S.A. y el FUNDO BUENAVISTA en Línea quebrada de tres tramos, de 2,946.06, de 748.42 y 2,540.70 que sumados dan 6,235.18 metros lineales; y por el Oeste con la carretera Pisco - Paracas, en una línea quebrada de dos tramos de 5,220.69 y 1,970.90 que sumados dan 7,191.59 metros lineales; y que las características técnicas se encuentran descritas en el plano y memoria descriptiva que sustenta la presente Resolución. Artículo Segundo.- Considerar que el terreno materia de la presente Resolución es de dominio privado del Estado y es de libre disponibilidad. Artículo Tercero.- Disponer se prosiga con los lími- tes correspondientes para solicitar a la Superinten- dencia de Bienes Nacionales la Transferencia de Título gratuito del dominio del terreno a favor de esta Munici- palidad Provincial de Pisco de acuerdo a la Normativi- dad vigente. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN R. DIAZ BULEJE Alcalde 32884