Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2002 (20/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, viernes 20 de diciembre de 2002
¿Existe informacion asimetrica?

NORMAS LEGALES

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MORDAZA, caso en el cual resultara necesario que confie en la calidad del mismo. ¿Se aplica el criterio de consumidor razonable? De acuerdo a lo anterior, OSIPTEL adoptara el criterio de consumidor o usuario razonable para la evaluacion de las infracciones a la Ley de Competencia Desleal, considerando las limitaciones que se deriven de los problemas de informacion asimetrica y racionalidad limitada que pudieran afectar la capacidad del usuario de servicios publicos de telecomunicaciones para recoger y procesar la diversa informacion que recibe. 4.3. Comportamientos estrategicos que funcionan como obstaculos de acceso al MORDAZA Para evaluar si existe una practica de competencia desleal, OSIPTEL tambien evaluara si a traves de comportamientos estrategicos las empresas generan obstaculos para impedir u obstaculizar la entrada o la permanencia de competidores, a fin de determinar si dicho MORDAZA de comportamiento estrategico puede considerarse excesivo en comparacion con lo que seria una respuesta natural o aceptable del mercado17 . En terminos generales, pueden identificarse dos tipos de barreras estrategicas: (i) aquellas orientadas a detener o impedir el acceso de potenciales entrantes; y, (ii) aquellas destinadas a excluir del MORDAZA a competidores ya establecidos. Entre los comportamientos estrategicos adoptados por las empresas, OSIPTEL considerara aquellos que hayan sido utilizados ilegalmente para incrementar los costos del competidor o reducir los costos propios del infractor. Entre dichos comportamientos se consideraran: el uso de informacion para elevar los costos de cambio de los usuarios hacia el competidor, las practicas indebidas para acaparar los medios de produccion o comercializacion, entre otros.

OSIPTEL evaluara si existe informacion asimetrica en la comercializacion del bien y/o servicio denunciado15 , considerando los siguientes aspectos: (i) costos de busqueda y/o facilidad de acceso a la informacion, (ii) informacion que proporcionan los proveedores al usuario y (iii) provision de garantias al usuario (certificaciones de calidad, uso de la reputacion de la empresa como sinonimo de calidad, entre otros). ¿Los consumidores cuentan con racionalidad limitada? Los productos o servicios del MORDAZA de telecomunicaciones presentan caracteristicas muy complejas para los usuarios, relacionadas con el MORDAZA de informacion tecnica o especializada que se requiere para comprender a cabalidad su funcionamiento e identificar plenamente la calidad de los mismos. Estas dificultades son las que generan que el consumidor cuente con racionalidad limitada. Por ello, OSIPTEL definira las caracteristicas y el MORDAZA de bienes y/o servicios que MORDAZA objeto de cada controversia, considerando si los usuarios se encuentran en condiciones de determinar la calidad del servicio e identificar plenamente sus caracteristicas MORDAZA de adquirirlos o contratarlos16 . En el caso de los servicios publicos de telecomunicaciones, el solo hecho de tratarse de servicios genera MORDAZA nivel de racionalidad limitada, debido a que no puede conocerse su calidad o caracteristicas a traves de una inspeccion previa MORDAZA de la compra, como sucede con los productos. En MORDAZA, el usuario requerira utilizar un servicio publico de telecomunicaciones para identificar a traves de su experiencia las caracteristicas del mismo y determinar su calidad. Inclusive, en algunos casos, el usuario no podra definir con certeza la calidad del servicio a traves del uso, por las caracteristicas tecnicas que lo ro-

Elementos basicos de analisis de actos de competencia desleal
¿Existe informacion asimetrica?
· Costos de busqueda · Facilidad de acceso · Inform. proporcionada · Provision de garantias

Problemas de informacion
¿Se posee racionalidad limitada?

· Bienes busqueda · Bienes experiencia · Bienes confianza

Evaluacion de la transaccion *

Incremento de costos del competidor

Comportamientos estrategicos ilicitos
Reduccion costos del infractor de

·C a r a c t e r i s t i c a s b a s i c a s , a g e n t e s y / o a f e c t a d o s , c o n d i c i o n e s d e l m e r c a d o y f a c i l i d a d e s e s e n c i a l e s .

4.4. Investigaciones de oficio Para el inicio de investigaciones de oficio, OSIPTEL considerara: (i) si la presunta infraccion afecta a un numero importante de usuarios finales de servicios publicos de telecomunicaciones; (ii) si la transaccion involucrada presenta MORDAZA problemas de informacion relacionados con informacion asimetrica o racionalidad limitada del consumidor (bienes experiencia y/o confianza); y, (iii) si el MORDAZA se caracteriza por considerables obstaculos de acceso, ya MORDAZA estructurales o derivados de comportamientos estrategicos. 5. PROHIBICIONES GENERICAS La Ley de Competencia Desleal contempla dos prohibiciones genericas. El articulo 6 establece como ilicita toda conducta contraria a la buena fe comercial, al normal desenvolvimiento de las actividades economicas y a las normas de correccion que deben seguir los agentes del mercado; mientras que el articulo 7 senala que tales actos son ilegales en tanto que, por su naturaleza o finalidad, tengan efectos analogos a los de las infracciones tipificadas de forma particular por la Ley18 . OSIPTEL considera que las conductas comprendidas por las prohibiciones genericas son los comportamientos estrategicos que exploten indebidamente la asimetria de informacion y la racionalidad limitada del consumidor, generada por el MORDAZA de bienes que caracteriza el MORDAZA de servicios pu-

blicos de telecomunicaciones (experiencia y/o confianza), o los que creen o incrementen ilegalmente obstaculos para el ingreso de potenciales competidores al mercado.

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Se afirma que existe informacion asimetrica cuando una parte de la transaccion (el proveedor) tiene conocimiento de un hecho (calidad o funcionamiento del bien) que la otra parte (el comprador) desconoce. Para tales efectos, los bienes pueden ser clasificados de la siguiente forma: · Bienes busqueda: Los usuarios pueden identificar sus principales atributos a traves de su inspeccion MORDAZA de la compra, como por ejemplo prendas de vestir o muebles. · Bienes experiencia: Los usuarios deben consumir el bien para determinar su calidad, como sucede con los servicios profesionales o productos electronicos complejos. · Bienes confianza: Los usuarios deben confiar en que el bien es de buena calidad ya que no se encuentran en condiciones de realizar una verificacion directa, tal es el caso de los servicios de reparacion o de las joyas. VISCUSI, Kip y otros, Economics of Regulation and Antitrust, 2ª Ed. (Massachusetts, MIT Press, 1995), capitulo 6. Ley de Competencia Desleal Articulo 6º.- "Se considera acto de competencia desleal y, en consecuencia, ilicito y prohibido, toda conducta que resulte contraria a la buena fe comercial, al normal desenvolvimiento de actividades economicas y, en general, a las normas de correccion que deben regir en las actividades economicas". Articulo 7º.- "Son actos desleales los destinados a crear confusion, reproducir, imitar, enganar, inducir a error, denigrar, desacreditar la actividad, productos, prestaciones o establecimientos ajenos, efectuar comparaciones inapropiadas, violar secretos de produccion o de comercio, aprovechar indebidamente la reputacion ajena y, en general, cualquier acto que por su naturaleza o finalidad pueda considerarse analogo o asimilable a aquellos que enunciativamente se senalan en el presente Capitulo".

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