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PÆg. 236206 NORMAS LEGALES Lima, lunes 30 de diciembre de 2002 135.159 Requisitos de equipo: Aeronaves transpor- tando pasajeros en condiciones VFR de noche o VFR sobre el tope de nubes Ninguna persona puede operar una aeronave llevan- do pasajeros bajo VFR de noche o VFR sobre el tope de nubes, a menos que esté equipada con: (a) Un indicador de régimen de viraje giroscópico, ex- cepto en las siguientes aeronaves: (1) Aviones con un tercer sistema indicador de actitud utilizable a actitudes de vuelo de trescientos sesenta (360) grados de cabeceo y ladeo e instalado de acuerdo conlos requerimientos de instrumentos estipulados en el párrafo 121.305 (j) de estas regulaciones. (2) Helicópteros con un tercer sistema indicador de actitud utilizable a través de actitudes de vuelo de ± 80 (ochenta) grados de cabeceo y ± 120 (ciento veinte) gra- dos de banqueo. (3) Helicópteros con un peso máximo de despegue certificado de seis mil (6,000) libras o menos. (b) Un indicador de deslizamiento (derrape). (c) Un indicador giroscópico de actitud de vuelo (ho- rizonte artificial). (d) Un indicador de dirección giroscópico. (e) Un generador o generadores con capacidad para suplir todas las probables combinaciones de cargas eléc-tricas en vuelo para los equipos requeridos y para recar- gar la batería. (f) A partir del 01 de Enero del 2010 todos los helicóp- teros de clase de performance 1, 2 y 3 que realicen vue- los en la noche deberán estar equipados con lo siguien- te: (1) Una brújula magnética; (2) Un reloj de precisión que indique horas, minutos y segundos; (3) Dos baroaltímetros de precisión con contador de tambor y agujas ó presentación equivalente (los altímetrosde tres agujas y los de tambor y agujas, no satisfacen este requisito); (4) Un sistema indicador de velocidad aerodinámica con dispositivos de protección contra la condensación ó a la formación de hielo; (5) Un indicador desplazamiento lateral;(6) Tres indicadores de actitud de vuelo (horizonte ar- tificial), uno de los cuales puede ser reemplazado por un indicador de viraje; (7) Un indicador de rumbo (giróscopo direccional); (8) Los tres instrumentos anteriores pueden ser re- emplazados por un Director de Vuelo, con la proteccióncorrespondiente a la falla total inherente a cada instru- mento; (9) Medios para comprobar si es adecuada la energía que acciona los instrumentos giroscópicos; (10) Un dispositivo que indique la temperatura exte- rior; (11) Un indicador de velocidad vertical (variómetro); (12) Un piloto automático. Para vuelos de noche: (1) Un sistema de luces anticolisión; (2) Luces instrumentales para iluminar todos los ins- trumentos, interruptores e indicadores, para una lectura fácil y que los ojos de los pilotos estén protegidos de losrayos de luz directa; (3) Luces en todos los compartimentos de los pasa- jeros; y (4) Una linterna eléctrica para cada uno de los pues- tos de pilotaje. 135.161 Equipos de radio y navegación: Aeronaves transportando pasajeros bajo condiciones VFR de noche o VFR sobre el tope de nubes (a) Ninguna persona puede operar una aeronave transportando pasajeros bajo VFR de noche, o bajo VFR sobre el tope de nubes, a menos que ésta tenga equi-pos transmisor-receptor de radio comunicación con ca- pacidad de transmitir en vuelo hacia, y recibir desde, estaciones en tierra distantes a veinticinco (25) millasnáuticas. (b) Ninguna persona puede operar una aeronave trans- portando pasajeros bajo VFR de noche, o bajo VFR so-bre las nubes, a menos que ésta tenga equipos de radionavegación capaces de recibir señales de radio des-de las radioayudas de tierra a ser usadas. 135.163 Requisitos de equipos: Aeronaves trans- portando pasajeros bajo IFR Ninguna persona puede operar una aeronave bajo IFR, transportando pasajeros, a menos que esta tenga, ade-más de lo estipulado en la Sección 135.159: (a) Un indicador de velocidad vertical (variómetro). (b) Un indicador de la temperatura de aire exterior . (c) Un tubo pitot con calefacción para cada velocíme- tro. (d) Un dispositivo de advertencia de falla de potencia o un indicador de vacío desde cada fuente de vacío paramostrar la potencia disponible para los instrumentosgiroscópicos. (e) Una fuente alterna de presión estática para el altímetro, el velocímetro y el indicador de velocidad verti-cal. (f) Para una aeronave monomotor: (1) Dos fuentes independientes de generación de energía eléctrica capaces, cada uno, de abastecer to- das las posibles combinaciones de cargas eléctricascontinuas en vuelo para los instrumentos y equiposrequeridos; o (2) Adicionalmente a la fuente primaria de generación de energía eléctrica, una batería de apoyo, o una fuente alterna de energía eléctrica, que sea capaz de abastecer el 150% de las cargas eléctricas de todos los instrumen-tos requeridos y equipos necesarios para una seguraoperación de emergencia de la aeronave por, al menos,una hora; y (3) Un radio altímetro. (g) Para aeronaves multimotores, al menos dos gene- radores o alternadores que estén cada uno en un motorseparado, en las que cualquier combinación de la mitadde éstos sea de rango suficiente para abastecer las car-gas eléctricas de todos los instrumentos requeridos y equipos necesarios para la segura operación de emer- gencia de la aeronave, excepto para helicópterosmultimotores, en los que los dos generadores exigidospueden estar montados en el tren de accionamiento delrotor principal; y (h) Dos fuentes de energía independientes (con un medio para seleccionar cualquiera de las dos) de las que, al menos una es un generador o bomba accionada por elmotor, cada una de las cuales es capaz de accionar to-dos los instrumentos giroscópicos requeridos e instala-das de modo que ante la falla de un instrumento o fuenteno se interfiera con la energía suplida a los restantes ins- trumentos o la otra fuente de energía a menos que, para aviones monomotores en operaciones solamente de car-ga , el indicador de régimen de viraje tenga una fuente deenergía separada de los indicadores de actitud de vuelo(horizonte artificial) y dirección. Para el propósito de estepárrafo, para aeronaves multimotores, cada unidad de energía accionada por el motor debe estar en un motor diferente. (i) Para el propósito del párrafo (f) de esta Sección, una carga eléctrica continua en vuelo significa la cargaque corresponde al consumo continuo de corriente du-rante el vuelo de: equipos de radio, instrumentos alimen- tados eléctricamente y luces, pero no incluye las cargas ocasionales e intermitentes. (j) Los helicópteros de clase de performance 1 y 2 que operen bajo las reglas de vuelo IFR, estarán pro-vistos por separado de una fuente de energía auxiliar,independientemente del sistema principal generador de electricidad, con el fin de hacer funcionar e iluminar, durante un periodo mínimo de treinta (30) minutos, uninstrumento indicador de actitud de vuelo (horizonteartificial), claramente visible para el piloto al mando.La fuente de energía auxiliar entrará en funcionamien-to en forma automática en caso de falla total del siste- ma principal generador de electricidad y en el tablero de instrumentos deberá haber una indicación clara deque el indicador de actitud de vuelo funciona con laenergía auxiliar.