Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2002 (23/06/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 23 de junio de 2002

rrollo MORDAZA y por la Oficina de Asesoria Juridica respectivamente; En uso de las facultades que le confiere el Articulo 47º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- Establecer que la suspension dispuesta en el Articulo Primero de la Ordenanza Nº 104MSS es de aplicacion a las solicitudes de aprobacion de proyectos de conjuntos residenciales que inicien su tramite a partir de la fecha de entrada en vigencia de la ordenanza mencionada. En consecuencia, no resulta de aplicacion para aquellos proyectos y anteproyectos de conjuntos residenciales que hayan iniciado su tramite MORDAZA de la entrada en vigencia de la citada Ordenanza, ni para los tramites de aprobacion de proyectos o variacion de proyectos de conjuntos residenciales que se inicien en base a proyectos integrales o anteproyectos, previamente aprobados. Articulo Segundo.- Las solicitudes de aprobacion de anteproyectos y proyectos de conjuntos residenciales que ingresen a la Municipalidad a partir de la vigencia de la Ordenanza Nº 104-MSS, conforme a las opciones previstas en el Articulo 28º incisos a) y b) de la Ley Nº 27157 y Articulos 46º y 90º del Decreto Supremo Nº 008-2000MTC, se ingresaran sin pago de la Liquidacion de licencia de obra respectiva, consignandose mediante sello en el original de la solicitud, asi como en todas sus copias, el siguiente texto: "La tramitacion de la presente solicitud se encuentra suspendida hasta el 31 de diciembre del 2002, conforme a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 104-MSS". Articulo Tercero.- Precisar que lo dispuesto en el Articulo Tercero de la Ordenanza Nº 105-MSS, respecto de su aplicacion para aquellos proyectos y anteproyectos que se encuentran en tramite, se refiere unicamente a aquellos expedientes que desde su ingreso a la Municipalidad, no hayan sido evaluados ni revisados por la Comision Tecnica Calificadora de Proyectos, ni que cuenten con Dictamen previo de la misma, cualquiera sea el sentido de esta. En consecuencia, no resulta de aplicacion para aquellas solicitudes de aprobacion de proyectos o variacion de proyectos que se inicien en base a proyectos integrales o anteproyectos previamente aprobados. Articulo Cuarto.- A partir de la entrada en vigencia de la Ordenanza Nº 104-MSS, todos los Certificados de Parametros Urbanisticos y Edificaciones que se expidan, deberan consignar el siguiente texto: "La tramitacion y otorgamiento de licencias de construccion de proyectos de conjuntos residenciales ubicados en zonas R-1S, R-1, R-2 y R-3 en areas de Estructuracion MORDAZA III del distrito de MORDAZA de MORDAZA se encuentra suspendida conforme lo dispuesto por Ordenanza Nº 104-MSS. En tal sentido lo dispuesto en el presente certificado no contempla ni resulta de aplicacion para uso de conjuntos residenciales, a los que se refiere la citada Ordenanza". Articulo Quinto.- A partir de la entrada en vigencia de la Ordenanza Nº 105-MSS, todos los Certificados de Parametros Urbanisticos y Edificatorios que se expidan deberan consignar el siguiente texto: "Para la tramitacion de anteproyectos y proyectos de edificios multifamiliares, viviendas multifamiliares y conjuntos residenciales, resulta de aplicacion lo dispuesto en la Ordenanza Nº 105MSS". Articulo Sexto.- Encargar a la Direccion de Desarrollo MORDAZA el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, bajo responsabilidad. Articulo Setimo.- La presente MORDAZA entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MARTINELLI FREUNDT Tte. MORDAZA Encargado de la Alcaldia 11169

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL
Cancelan procesos de seleccion convocados para la construccion de pabellon en el Cementerio y la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 344-2002-MDI Imperial, 27 de marzo del 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL VISTO.- El informe del Director Municipal, Comunicado Nº 003-2002 (PRE) del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado publicado en el Diario Oficial El Peruano el 20.marzo.2002, y Oficio Nº 6042002 (GTN/MON) del 20.marzo.2002 remitido por el Subgerente de Monitoreo del CONSUCODE; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, tienen Autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 313-2002-MDI de fecha 30 de enero del 2002, se aprobo las Bases para la Adjudicacion Directa de Menor Cuantia Nº 001-2002-MDI, de la Obra Construccion de un Pabellon de 144 nichos" en el Cementerio General del distrito de Imperial; y, por Resolucion de Alcaldia Nº 324-2002-MDI, de fecha 12 de febrero del 2002, se aprobo las Bases para la Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2002-MDI, para la adquisicion de Productos para la atencion del Programa del Vaso de Leche; estos procesos de seleccion aun no han sido concluidos; Que, de los documentos que se tiene a la vista, se establece que no se puede convocar y realizar los procesos de seleccion si no se ha cumplido con aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al ejercicio presupuestal en curso, de conformidad con lo que prescribe el penultimo parrafo del Articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la inobservancia de las mencionadas disposiciones determinara desde un inicio, la nulidad del acto viciado y los subsiguientes, y, careceran de validez legal; Que, segun el informe del Director Municipal, hasta la fecha no ha sido posible aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al presente ano; y con la finalidad de evitar nulidades posteriores y responsabilidades administrativas y civiles ante terceros, es necesario cancelar los procesos de seleccion MORDAZA senalados, dictandose la resolucion correspondiente; Por estas consideraciones, de conformidad con lo que prescribe el Articulo 34º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001PCM, y Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; RESUELVE: Articulo 1º.- Cancelar los Procesos de Seleccion de la Adjudicacion Directa de Menor Cuantia Nº 001-2002MDI de la Obra "Construccion de un pabellon de 144 nichos" en el Cementerio General de Imperial; y, la Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2002-MDI para la Adquisicion de Insumos para el Programa del Vaso de Leche. Articulo 2º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro del termino que dispone la MORDAZA pertinente. Asimismo reintegrese a los Postores, el pago efectuado por adquirir las Bases, dentro del plazo legal. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11176

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