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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (23/06/2002)

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Pág. 225201 NORMAS LEGALES Lima, domingo 23 de junio de 2002 misma, organizar, reglamentar y administrar la presta- ción de tales servicios, atendiendo a las necesidades del ciudadano; Que siendo objetivo y preocupación de esta Municipa- lidad, coadyuvar a la presentación de la unidad familiar como núcleo básico de la integridad y el desarrollo de esta comunidad, con el fin de beneficiar a los vecinos que deseen regularizar su estado civil jurídico legal y en especial la de los hijos menores que requieren consoli- dar legalmente sus vínculos de paternidad; Estando a lo dispuesto en la Ley Nº 23853 - Ley Or- gánica de Municipalidades con el voto unánime de los señores Regidores, se emite la siguiente Ordenanza: Artículo 1º.- Autorizar la Celebración del Matrimonio Civil Comunitario, que se llevará a cabo el día viernes 19 de julio del 2002. Artículo 2º.- Los contrayentes que se acojan a los alcances de esta Ordenanza, efectuarán el pago único de S/. 50.00 nuevos soles por los derechos de apertura de pliego matrimonial y por ceremonia. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Municipal y a la Oficina de Registro Civil el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ROGELIO RUIZ PORTOCARRERO Alcalde 11170 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Establecen disposiciones para la aplica- ción de las Ordenanzas Nºs. 104 y 105- MSS relativas a la tramitación y otorga- miento de licencias de construcción y proyectos de vivienda DECRETO DE ALCALDÍA Nº 04-2002-MSS Santiago de Surco, 20 de junio de 2002 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 104-MSS publicada en el Diario Oficial El Peruano el 1.JUN.2002, se dispuso dejar en suspenso a partir de la entrada en vigencia de la misma, es decir desde el 2.JUN.2002 y hasta el 31.DIC.2002, la tramitación y otorgamiento de Licencias de Construcción de proyectos de conjuntos residencia- les ubicados en zonas R-1S, R-1, R-2 y R-3, en áreas de estructuración III, del distrito de Santiago de Surco, pla- zo durante el cual se elaborará la propuesta técnica de reglamentación especial para conjuntos residenciales, para su inclusión en el Plan Urbano del distrito de Santia- go de Surco, aprobado por Ordenanzas Metropolitanas Nºs. 199 y 224-MML; Que, mediante Ordenanza Nº 105-MSS se establecie- ron disposiciones para efectuar el cálculo de la densidad en las edificaciones multifamiliares y conjuntos residen- ciales, a fin de fijar un único criterio sobre la materia para la aprobación de proyectos y anteproyectos relativos a los mismos; Que, a fin dar cumplimiento a lo dispuesto en las or- denanzas mencionadas en los considerandos preceden- tes, resulta necesario se expidan normas reglamentarias que permitan su correcta interpretación y aplicación con el objeto de no vulnerar los derechos legítimos de los recurrentes así como los de los vecinos del distrito; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 103º de la Constitución Política del Estado de 1993, que con- sagra el principio jurídico de irretroactividad de la ley; Estando a los Informes Nºs. 217-2002-DDU-MSS y 934-2002-OAJ-MSS emitidos por la Dirección de Desa-VEHÍCULOS MENORES CON MOTORES DE CUATRO TIEMPOS QUE USAN DIESEL COMO COMBUSTIBLE Volumen desplazamiento nominal cc Opacidad : k(m-1) Opacidad en % Mayores de 50 cc (3) 2.1 60 (3) Vehículos menores de 50 cc no requieren prueba de emisiones. 11163 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Modifican Reglamento de Organiza- ción Interior del Concejo de la Muni- cipalidad EDICTO Nº 001-2002-MSI EL ALCALDE DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO; En Sesión Ordinaria de fecha y con el Dictamen Nº 017-2002-CAJ/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos aprobó la Modificación del Edicto Nº 019-93-MSI del 25 de febrero de 1993; Artículo Primero.- APRUÉBESE la Modificación del Artículo 5º y suspensión del inciso d) del Artículo 11º del Reglamento de Organización Interior del Concejo de la Municipalidad de San Isidro, aprobado por Edicto Nº 019- 93-MSI del 25 de febrero de 1993 y cuyo texto es el si- guiente: "Artículo Quinto.- El número legal de miembros del Concejo Distrital de San Isidro es de Diez (10)". Artículo Segundo.- El presente Edicto entrará en vi- gencia, por excepción a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, lo promulgo en San Isidro a los diecisiete días del mes de junio de dos mil dos. GASTÓN BARÚA LECAROS Alcalde 11168 MUNICIPALIDAD DEL CPM SANTA MARÍA DE HUACHIPA Autorizan celebración de matrimonio civil comunitario ORDENANZA Nº 012-MCPMSMH C.P.M. Santa María de Huachipa, 17 de mayo de 2002 EL CONCEJO DEL CENTRO POBLADO MENOR DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA POR CUANTO: El Concejo en Sesión Ordinaria de fecha 10 de mayo del 2002, la Ordenanza sobre la Celebración del Matri- monio Civil Comunitario; CONSIDERANDO: Que es función municipal fomentar el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral, armónico de las circuns- cripciones de su jurisdicción, siendo competencia de la