Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2002 (25/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, viernes 25 de octubre de 2002
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, el literal c) del Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, exonera de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia declaradas de conformidad con dicha MORDAZA legal, contrataciones que en virtud del Articulo 20º del mismo cuerpo legal se realizaran mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, el Articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinar ia e imprevisible de deter minado bien o ser vicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situacion a la adquisicion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asimismo el Articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el Informe Tecnico Nº 05-DEL-BMM-2002 expone la necesidad tecnica de exonerar la contratacion del servicio de Limpieza y Mantenimiento para la Sede Central del Ministerio de Salud del respectivo MORDAZA de seleccion, por situacion de urgencia y por un valor referencial total de S/. 176,686.48, por el plazo de 60 dias (el cual puede correr a partir de la fecha de emision de la resolucion exonerativa), periodo a cuyo termino se proyecta contar con la resolucion del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE que absuelva el Recurso de Revision interpuesto el dia 20.9.02 en el Concurso Publico Nº 011-2002-MINSA (proceso de seleccion mayor que tiene como objeto la contratacion de dicho servicio) y asi poder culminar con dicho Concurso Publico, hecho que se ha visto postergado a causa de la dilacion en la respuesta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y que determina la inminente ausencia de dicho servicio a partir del 1 de octubre del presente, considerando que el plazo contractual del contrato complementario culmina el 30 de setiembre, viendose comprometida asi en forma directa e inminente las condiciones de salubridad en el desarrollo de las actividades productivas de la Institucion, MORDAZA en su calidad de rectora del Sector Salud; Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica y la Oficina General de Administracion del Ministerio de Salud y de conformidad con el Articulo 8º literales d) y l) de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de Concurso Publico la contratacion del servicio de Limpieza y Mantenimiento para la Sede Central del Ministerio de Salud, por el plazo de 60 dias, por un valor referencial total de S/. 176,686.48 (Ciento setenta y seis mil seiscientos ochenta y seis y 48/ 100 Nuevos Soles). Dicha contratacion se realizara mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios. Articulo 2º.- Encargar a la Oficina Ejecutiva de Logistica la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles de su emision, asi como la remision a la Contraloria General de la Republica de MORDAZA de la misma y de los documentos de vistos que la sustentan, dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina Ejecutiva de Logistica se encargue de realizar la contratacion exonerada por la presente resolucion con cargo a la fuente de financiamiento de recursos ordinarios. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 18854

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Sancionan con suspension sin goce de remuneracion a la Directora Nacional de Empleo y Formacion Profesional del Sector
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 296-2002-TR MORDAZA, 21 de octubre de 2002 VISTOS: El Oficio Nº 1424-2002-TR/SG del Presidente de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Sector y el Acta de la Sesion de Comision Especial de Procesos Disciplinarios del Sector, que forman parte integrante de la presente resolucion; y, CONSIDERANDO: Que, de los documentos de Vistos se desprende que se ha verificado la existencia de faltas de caracter administrativo imputables a la funcionaria economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora Nacional de Empleo y Formacion Profesional del Sector, las cuales han dado lugar al inicio de un procedimiento administrativo disciplinario ante la Comision pertinente; Que, la infraccion detectada consiste fundamentalmente en la omision por parte de la referida funcionaria del cumplimiento de la normatividad vigente en materia de Cooperacion Tecnica Internacional. En concreto, la irregularidad se detecto en la realizacion de una Encuesta de Empresas Privadas para el Diagnostico del Desarrollo de Recursos Humanos en el Peru, en la que no se formalizo la participacion de las MORDAZA cooperantes de acuerdo a lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 719 y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM; Que, dicha omision conllevo a la existencia de deficiencias en el monitoreo de controles internos relacionados a la contratacion de personas de manera directa por los organos cooperantes lo que ha implicado un manejo poco transparente de las contrataciones efectuadas; Que, las referidas omisiones son detalladas en los documentos de vistos, cuyos fundamentos sustentan tambien la presente resolucion; Que, si bien se ha seguido un procedimiento administrativo disciplinario, nada impide que al final de este, la Comision respectiva concluya en la conveniencia de sancionar al procesado con una amonestacion o una suspension sin goce de remuneracion menor a treinta dias; Que, por las consideraciones expuestas y el contenido de los documentos de Vistos, este Despacho considera pertinente acoger la recomendacion efectuada por la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios en cuanto a la sancion a imponer a la funcionaria economista MORDAZA MORDAZA Maldonado; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27711 -Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, el literal d) del Articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR y la Resolucion Ministerial Nº 194-92-TR, que aprueba el Reglamento Normativo para los Procesos Administrativos Disciplinarios que se instauren en el sector; y, Con la visacion del Director General de Asesoria Juridica y del Director de la Oficina de Personal; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar a la funcionaria economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora Nacional de Empleo y Formacion Profesional del Sector, con suspension sin goce de remuneracion por cinco (5) dias. Articulo 2º.- Notificar a la funcionaria economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el contenido de la presente resolucion, e inscribir el contenido de la misma en su legajo personal. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 18759

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