Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2002 (11/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, miercoles 11 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES

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pleno derecho, pudiendo el Registrador a solicitud de parte o de oficio extender el correspondiente asiento de cancelacion. No procede extender nueva anotacion preventiva respecto de la misma aeronave, si subsisten los defectos que dieron origen a la anotacion preventiva anterior. Articulo 81º.- Extincion de anotaciones preventivas Para efectos de la extincion de las anotaciones preventivas rige lo previsto en el Titulo VII del RGRP. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Para efectos de la renovacion de matricula a que se refiere la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final del Reglamento de la Ley, debe adjuntarse lo siguiente: a) Pago de la tasa por concepto de renovacion de matricula. b) MORDAZA de la DGAC que la aeronave cumple con lo indicado en los articulos 5º y 38º de la Ley. c) Solicitud de renovacion de matricula Culminado el MORDAZA de renovacion, se emitira un MORDAZA Certificado de Matricula el que sera canjeado por el anterior, previo pago de la tasa correspondiente. Segunda.- Cuando este Reglamento no disponga lo contrario, cualquier comunicacion de la DGAC al Registro Publico de Aeronaves, se realizara mediante formato de notificacion remitido via fax, correo electronico u otro medio que permita determinar la fecha y hora de su recepcion. Tercera.- El presente Reglamento entrara en vigencia a los diez (10) dias de su publicacion, aplicandose inclusive a los procedimientos en tramite. Cuarta.- En todo lo no previsto en este Reglamento se aplica supletoriamente las normas vigentes del Sistema Nacional de los Registros Publicos. Quinta.- Las sumillas de los articulos del presente Reglamento son meramente indicativas. 16191

el procedimiento registral en materia de aeronautica civil sin afectar la seguridad juridica; Que, en virtud de lo expuesto, corresponde brindar el debido reconocimiento a los profesionales que han elaborado el referido proyecto normativo, ya sea en calidad de miembros o asesores de la Comision creada para el efecto; De conformidad con lo dispuesto en el literal w) del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Expresar a nombre de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, el reconocimiento de la Institucion a los senores integrantes y asesores de la Comision encargada de elaborar las normas reglamentarias de los capitulos I, II y III del Titulo IV y, capitulos I, II, III, IV y V del Titulo V del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, por la excelente labor desempenada en la elaboracion del proyecto de Reglamento de Inscripciones del Registro Publico de Aeronaves. INTEGRANTES DE LA COMISION: Dr. MORDAZA MORDAZA Bachmann, representante de la SUNARP (Presidente). Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Registrador Publico de la MORDAZA Registral IX - Sede Lima. Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente de Propiedad Inmueble de la MORDAZA Registral IX - Sede Lima. Dr. MORDAZA MORDAZA Cilloniz Eguren, Registrador Publico de la MORDAZA Registral IX - Sede Lima. Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de las MORDAZA, representante de la Direccion General de Aeronautica Civil. Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, abogada de la Gerencia Registral de la SUNARP. Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Direccion General de Aeronautica Civil. ASESORES: Dr. MORDAZA MORDAZA Melenez Dr. MORDAZA Rebagliati Castanon Articulo 2º.- Disponer que la presente Resolucion se archive en el legajo de los funcionarios de la SUNARP mencionados en el articulo 1º. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos 16192

Expresan reconocimiento a integrantes y asesores de la comision que elaboro el proyecto de Reglamento de Inscripciones del Registro Publico de Aeronaves
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 366-2002-SUNARP/SN MORDAZA, 5 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 046-2002-SUNARP/ SN, modificada por la Resolucion Nº 122-2002-SUNARP/ SN, se dispuso la creacion de la Comision encargada de elaborar las normas reglamentarias de los capitulos I, II y III del Titulo IV y, capitulos I, II, III, IV y V del Titulo V del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, en cumplimiento de la Tercera Disposicion Transitoria y Final de dicho Reglamento; Que, mediante Oficio Nº 667-2002-SUNARP/SG, el Presidente de la Comision MORDAZA mencionada, presento el Proyecto del Reglamento de Inscripciones del Registro Publico de Aeronaves, el mismo que fue prepublicado en el Diario Oficial El Peruano el 10 de MORDAZA del ano en curso, mereciendo diversos aportes que han sido tomados en cuenta por dicha Comision; Que, el proyecto del Reglamento MORDAZA mencionado constituye un trabajo serio e innovador, asi como un importante instrumento normativo que procura cubrir los distintos supuestos de la casuistica registral y simplificar

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban el "Estudio para el Ordenamiento MORDAZA del MORDAZA 2000-2004"
ORDENANZA Nº 397 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA En Sesion Ordinaria de fecha 26 de agosto de 2002, visto el Dictamen Nº 057-2002-MML-CDU de la Comision de Desarrollo MORDAZA, de conformidad con lo establecido en el articulo 134º incisos 2) y 3) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, los articulos 18º, 24,

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