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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (11/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 57

Pág. 229795 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 11 de setiembre de 2002 pleno derecho, pudiendo el Registrador a solicitud de parte o de oficio extender el correspondiente asiento de can- celación. No procede extender nueva anotación preventiva res- pecto de la misma aeronave, si subsisten los defectos que dieron origen a la anotación preventiva anterior. Artículo 81º .- Extinción de anotaciones preventi- vas Para efectos de la extinción de las anotaciones pre- ventivas rige lo previsto en el Título VII del RGRP. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Para efectos de la renovación de matrícula a que se refiere la Segunda Disposición Transitoria y Fi- nal del Reglamento de la Ley, debe adjuntarse lo siguien- te: a) Pago de la tasa por concepto de renovación de ma- trícula. b) Constancia de la DGAC que la aeronave cumple con lo indicado en los artículos 5º y 38º de la Ley. c) Solicitud de renovación de matrícula Culminado el proceso de renovación, se emitirá un nuevo Certificado de Matrícula el que será canjeado por el anterior, previo pago de la tasa correspondiente. Segunda .- Cuando este Reglamento no disponga lo contrario, cualquier comunicación de la DGAC al Regis- tro Público de Aeronaves, se realizará mediante formato de notificación remitido vía fax, correo electrónico u otro medio que permita determinar la fecha y hora de su re- cepción. Tercera .- El presente Reglamento entrará en vigen- cia a los diez (10) días de su publicación, aplicándose inclusive a los procedimientos en trámite. Cuarta .- En todo lo no previsto en este Reglamento se aplica supletoriamente las normas vigentes del Siste- ma Nacional de los Registros Públicos. Quinta.- Las sumillas de los artículos del presente Reglamento son meramente indicativas. 16191 Expresan reconocimiento a integrantes y asesores de la comisión que elaboró el proyecto de Reglamento de Inscripciones del Registro Público de Aeronaves RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 366-2002-SUNARP/SN Lima, 5 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución del Superintendente Na- cional de los Registros Públicos Nº 046-2002-SUNARP/ SN, modificada por la Resolución Nº 122-2002-SUNARP/ SN, se dispuso la creación de la Comisión encargada de elaborar las normas reglamentarias de los capítulos I, II y III del Título IV y, capítulos I, II, III, IV y V del Título V del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, en cumpli- miento de la Tercera Disposición Transitoria y Final de dicho Reglamento; Que, mediante Oficio Nº 667-2002-SUNARP/SG, el Presidente de la Comisión antes mencionada, presentó el Proyecto del Reglamento de Inscripciones del Regis- tro Público de Aeronaves, el mismo que fue prepublicado en el Diario Oficial El Peruano el 10 de julio del año en curso, mereciendo diversos aportes que han sido toma- dos en cuenta por dicha Comisión; Que, el proyecto del Reglamento antes mencionado constituye un trabajo serio e innovador, así como un im- portante instrumento normativo que procura cubrir los distintos supuestos de la casuística registral y simplificarel procedimiento registral en materia de aeronáutica civil sin afectar la seguridad jurídica; Que, en virtud de lo expuesto, corresponde brindar el debido reconocimiento a los profesionales que han ela- borado el referido proyecto normativo, ya sea en calidad de miembros o asesores de la Comisión creada para el efecto; De conformidad con lo dispuesto en el literal w) del artículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Expresar a nombre de la Superinten- dencia Nacional de los Registros Públicos, el reconoci- miento de la Institución a los señores integrantes y ase- sores de la Comisión encargada de elaborar las normas reglamentarias de los capítulos I, II y III del Título IV y, capítulos I, II, III, IV y V del Título V del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, por la excelente labor desem- peñada en la elaboración del proyecto de Reglamento de Inscripciones del Registro Público de Aeronaves. INTEGRANTES DE LA COMISIÓN: Dr. César Delgado Bachmann, representante de la SUNARP (Presidente). Dr. Marco Becerra Sosaya, Registrador Público de la Zona Registral IX - Sede Lima. Dr. Gastón Castillo Delgado, Gerente de Propiedad Inmueble de la Zona Registral IX - Sede Lima. Dr. Carlos Alberto Cilloniz Eguren, Registrador Públi- co de la Zona Registral IX - Sede Lima. Dra. Alicia Paola Mantilla de las Casas, representan- te de la Dirección General de Aeronáutica Civil. Dra. Nélida Palacios León, abogada de la Gerencia Registral de la SUNARP. Dra. Verónica Pajuelo Salazar, representante de la Dirección General de Aeronáutica Civil. ASESORES: Dr. Jorge Mendoza Melenez Dr. Edgardo Rebagliati Castañón Artículo 2º.- Disponer que la presente Resolución se archive en el legajo de los funcionarios de la SUNARP mencionados en el artículo 1º. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos 16192 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban el "Estudio para el Ordena- miento Urbano del Rímac 2000-2004" ORDENANZA Nº 397 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDÍA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA En Sesión Ordinaria de fecha 26 de agosto de 2002, visto el Dictamen Nº 057-2002-MML-CDU de la Comi- sión de Desarrollo Urbano, de conformidad con lo esta- blecido en el artículo 134º incisos 2) y 3) de la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 23853, los artículos 18º, 24,