NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (11/09/2002)
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Pág. 229786 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 11 de setiembre de 2002 TRAN emitir sus pronunciamientos dentro de los plazos previstos, salvo lo dispuesto en el artículo 64º de la Ley Nº 27444, referido a la preexistencia de procedimiento judicial que requiera ser resuelto de manera previa para que OSITRAN emita su pronunciamiento. Artículo 4º.- Las opiniones técnicas y los informes técnicos que OSITRAN emita luego de haber declarado procedente una solicitud de modificación de contrato, de acuerdo a lo previsto en el literal f) del artículo 7º de la Ley Nº 26917, deberán ser notificados al concesionario, en la misma fecha en que son notificadas al órgano Con- cedente. Artículo Segundo.- Precisar que el incumplimiento por parte de los administrados a los requerimientos de información que le sean solicitados por los órganos com- petentes de OSITRAN dentro de los plazos previstos para tal efecto, (los que no excederán de diez (10) días hábi- les) originarán la desestimación automática de la solici- tud presentada por los administrados, salvo que los pro- pios órganos de OSITRAN concedan por única vez una prórroga al plazo estipulado siempre que dicha prórroga haya sido solicitada por el administrado antes del venci- miento del plazo inicialmente concedido y que en ningún supuesto impida al órgano responsable emitir su pronun- ciamiento dentro de los treinta (30) días hábiles de pre- sentada la solicitud. Artículo Tercero.- Disponer que los órganos respon- sables de OSITRAN adopten las medidas del caso para cumplir adecuadamente con la presente resolución. Artículo Cuarto.- Ordenar la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página web de OSITRAN, una vez que haya sido publica- da en el mencionado diario . Artículo Quinto.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese, publíquese y archívese. ALEJANDRO CHANG CHIANG Presidente 16190 PRONAMACHCS Modifican Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ejercicio presupuestal 2002 PROGRAMA NACIONAL DE MANEJO DE CUENCAS HIDROGRÁFICAS Y CONSERVACIÓN DE SUELOS RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 128-2002-AG-PRONAMACHCS-GG Lima, 2 de setiembre de 2002 VISTO: el Oficio Nº 1569-2002-AG-PRONAMACHCS- GADM/U.LOG del Gerente de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, dispo- ne que cada entidad debe elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que prevea el tipo de bie- nes y servicios requeridos durante el ejercicio presu- puestal, así como el presupuesto requerido, el cual será aprobado por la máxima autoridad administrativa de la Entidad; Que, bajo este marco legal, PRONAMACHCS ha apro- bado para el ejercicio 2002 el Plan Anual de Contra- taciones y Adquisiciones, mediante Resolución Geren- cial Nº 005-2002-AG-PRONAMACHCS-GG, modificado mediante Resolución Gerencial Nº 048-2002-AG-PRONA- MACHCS-GG y Resolución Gerencial Nº 053-2002-AG- PRONAMACHCS-GG;Que, mediante documento de visto, el Gerente de Administración establece la necesidad que se ejecuten acciones destinadas a la adquisición de botas y ponchos térmicos para los departamentos de Ayacucho, Tacna, Apurímac, Huancavelica, Moquegua, Cusco, Arequipa y Puno declarados en emergencia según Decreto Supre- mo Nº 069-2002-PCM, la misma que cuenta con el fi- nanciamiento correspondiente conforme a lo informado por la Gerencia de Planeamiento, mediante Oficio Nº 460- 2002-AG-PRONAMACHCS-GPLAN, por lo que esta ad- quisición deberá incluirse en el Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones 2002; Que, asimismo es necesario incluir un proceso de selección destinado a la contratación del servicio para la implementación de la página web del PRONAMACHCS, el mismo que cuenta con el financiamiento correspon- diente conforme a lo informado por la Gerencia de Pla- neamiento mediante Oficio Nº 479-2002-AG-PRONA- MACHCS-GPLAN. Que, de conformidad con lo establecido por el ar- tículo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas no con- tenidas en el Plan Anual deberán ser aprobados por el Titular del Pliego o la máxima autoridad adminis- trativa de la Entidad, según corresponda, para su in- clusión en el mismo; Que bajo este marco, la máxima autoridad admi- nistrativa del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos - PRONA- MACHCS en concordancia con lo dispuesto por el inciso b) del artículo 4º del dispositivo acotado en el conside- rando precedente, es el Gerente General, quien de con- formidad con lo establecido por el Reglamento de Orga- nización y Funciones del PRONAMACHCS aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2001-AG, tiene como atribucio- nes emitir Resoluciones Gerenciales en asuntos de su competencia; En uso de las facultades conferidas en el literal e) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del PRONAMACHCS, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos - PRONAMACHCS del Ministerio de Agricul- tura para el Ejercicio Presupuestal 2002 aprobado mediante Resolución Gerencial Nº 005-2002-AG-PRO- NAMACHCS-GG, modificado mediante Resolución Gerencial Nº 048-2002-AG-PRONAMACHCS-GG y Resolución Gerencial Nº 053-2002-AG-PRONA- MACHCS-GG incluyendo los procesos de selección, de acuerdo al detalle que como anexo forma parte de la Resolución Gerencial. Artículo 2º.- Notificar a CONSUCODE la modificato- ria del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del PRONAMACHCS, dentro de los 10 hábiles siguientes a su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVANOE VEGA GATTI Gerente General 16266 SUNARP Aprueban el Reglamento de Inscripcio- nes del Registro Público de Aeronaves RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 360-2002-SUNARP/SN Lima, 4 de setiembre de 2002