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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G30/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 24 de diciembre de 2003 rector y concertador del proceso de descentralización, que promueve en la sociedad la transformación de la lógica de la demanda por la lógica del compromiso con el desarrollo. 4. Profundizar la capacidad de coordinación intersec- torial del C ND para facilitar la complementariedad de los esfuerzos sectoriales a nivel nacional en materia de des- centralización. h) Completar el marco legal de la descentralización, con el fin de asegurar la estabilidad jurídica del proce- so en el largo plazo. i. Estrategias1. Posicionar al Consejo Nacional de Descentralización como organismo técnico, para la expedición de la norma- tividad legal del proceso de descentralización. 2. Construir alianzas estratégicas entre las principa- les autoridades involucradas en la expedición de la normatividad legal del proceso de descentralización que permitan lograr la aprobación de los dispositivos lega- les. 3. Alcanzar consensos básicos con la sociedad civil para el diseño de los dispositivos legales requeridos. 4. Realizar diagnósticos en los niveles de gobierno re- gional y local sobre los sistemas administrativos naciona- les que permitan la elaboración de propuestas sustenta- das para su cambio. 5. Asegurar que la Nueva Ley Orgánica del Poder Eje- cutivo sea compatible con el proceso de descentralización, defina con precisión el rol normativo y planificador de los organismos del Gobierno Nacional. 6. Asegurar el cumplimiento de los acuerdos normati- vos alcanzados por los representantes de los Gobiernos Regionales y Locales, la Presidencia del Consejo de Mi- nistros y el Ministerio de Economía y Finanzas en el mar- co del Consejo Directivo del Consejo Nacional de Descen- tralización. 7. Velar por la coherencia del marco legal faltante, como la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley del Servicio Civil, la Ley de Descentralización Fiscal y la Ley de Incen- tivos para la Integración Regional. ii. Líneas de acción1. Concertación en torno a los enfoques de las normas y las prioridades de la agenda legal, difusión de la norma- tividad y sensibilización generalizada sobre sus impli- cancias. 2. Elaboración de iniciativas normativas y gestión de su aprobación, seguimiento de la aplicación de la norma- tividad y evaluación de nuevos requerimientos normativos a partir de la misma. iii. Resultados esperados1. Expedir el conjunto de dispositivos legales que regu- lan el diseño del Estado descentralizado y adecuar los Sis- temas Administrativos Nacionales a las características del proceso de descentralización. 2. Formalizar acuerdos de diseño normativo relativo a la descentralización entre el Consejo Nacional de Descen- tralización (C ND) y las Comisiones de Descentralización, Regionalización y Modernización de la Gestión Pública, de Gobiernos Locales, de Presupuesto y de Economía, a ni- vel del Congreso de la República. 3. Leyes, Decretos Supremos y Resoluciones Presi- denciales del C ND promulgadas o aprobados, que forman parte de la agenda legal pendiente. 4. Sistema de seguimiento del cumplimiento normativo, así como un plan de difusión legal diseñados y en plena ejecución. 5. Completar la agenda legal pendiente del Consejo Nacional de Descentralización, del Congreso de la Re- pública y del Poder Ejecutivo, así como incorporar las modificaciones requeridas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Ley Orgánica de Municipa- lidades y la Ley de Bases de la Descentralización para adaptarlas a los avances realizados a la fecha en el proceso. 23936CONTADURÍA PÚBLICA DE LA NACIÓN /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G45/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G64/G65 /G45/G6E/G74/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G4F/G6D/G69/G73/G61/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G2D /G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G75/G65/G6E/G2D /G74/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN DE CONTADURÍA Nº 169-2003-EF/93.01 Lima, 12 de diciembre del 2003 CONSIDERANDO: Que, la Cuenta General de la República es el instrumen- to de información administrativa de la Gestión del SectorPúblico que contiene información del presupuesto aproba-do y ejecutado de las entidades del Sector Público en elcumplimiento de sus objetivos, durante un ejercicio presu-puestario; así como, el de informar los resultados de la Ges-tión de la Administración del Estado en los diferentes proce-sos involucrados: económico, presupuestal, contable, finan-ciero y metas, así como facilitar la fiscalización de la activi-dad pública; de conformidad con lo dispuesto en el artículo3º y numerales 1 y 4 del artículo 4º de la Ley Nº 27312 - Leyde Gestión de la Cuenta General de la República; Que, el párrafo segundo del artículo 24º de la Ley Nº 27312 dispone que la Contaduría Pública de la Nación debeincluir en la Cuenta General de la República el Informe so-bre las entidades omisas a la remisión de información parala elaboración de la referida Cuenta, a fin de que la Contra-loría General de la República promueva las acciones decontrol a que hubiere lugar, dentro del marco de su compe-tencia, para dicho fin es conveniente aprobar la estructuradel reporte de entidades omisas a la remisión de informa-ción, que servirá de base para elaborar dicho informe, asícomo establecer la forma en que se comunicará a los Titu-lares del pliego presupuestario la situación de omiso paraque efectúen sus descargos, e identifiquen los funciona-rios y/o servidores responsables de la omisión; esta infor-mación permitirá incorporar en nuestra página web a lasentidades omisas a la presentación de información para laelaboración de la Cuenta General de la República y losfuncionarios y/o servidores responsables de la omisión; Estando a lo propuesto por las Direcciones Generales de Investigación de la Contabilidad, de Contabilidad del Sec-tor Público y de Contabilidad del Sector Privado, con laaprobación de la Alta Dirección y la visación de la OficinaGeneral de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades conferidas por los artículos 2º y 7º de la Ley Nº 24680 - Ley del Sistema Nacional de Conta-bilidad, modificado por el artículo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUEVE: Artículo 1º.- Comunicar, la situación de omiso a la remi- sión de información para la elaboración de la Cuenta Generalde la República a los Titulares de la Entidad, mediante el Dia-rio Oficial El Peruano y el diario de mayor circulación, segúnla ubicación geográfica de las entidades omisas a la presen-tación de la información financiera y presupuestaria, siempreque se cuente con los recursos presupuestarios correspon-dientes, a fin de que efectúe sus descargos y señale los fun-cionarios y/o servidores responsables de la omisión. Artículo 2º.- Aprobar la ESTRUCTURA DEL REPOR- TE DE ENTIDADES OMISAS, que servirá de base para elinforme a incluirse en la Cuenta General de la Repúblicasobre las entidades omisas a la remisión de la informaciónpara la elaboración de la referida Cuenta, constituida porlos Anexos Nºs. 1, 2 y 3, los mismos que forman parteintegrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- Publicar en la página web del Sistema Na- cional de Contabilidad las entidades omisas a la presenta-ción de información para la elaboración de la Cuenta Generalde la República, así como el nombre de los funcionarios yservidores responsables de la omisión, en base a la informa-ción proporcionada por los Titulares de las entidades omisas. Artículo 4º.- La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Contador General de la Nación