Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2003 (24/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 24 de diciembre de 2003

OSINERG
Autorizan contratar servicio de limpieza de la sede central mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 067-2003-OS/PRES
MORDAZA, 12 de diciembre de 2003 VISTOS: El Informe Nº OAF-008-2003 de la Oficina de Administracion y Finanzas y el Informe Legal Nº GL-1127-2003 de la Gerencia Legal de OSINERG. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 873/2003.TC-S1 de fecha diez (10) de octubre de 2003, el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado sanciono a MM SERVICIOS Y PROMOCIONES S.A.C., con una suspension de seis (6) meses en su derecho a presentarse a MORDAZA de seleccion y contratar con el Estado, contados a partir del dia siguiente de su notificacion, hecho que ocurrio el catorce (14) de octubre de 2003; Que, como consecuencia de lo dispuesto por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, mediante Resolucion de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0662003-OS/PRES, de fecha 12 de diciembre de 2003 se declaro la nulidad del Contrato de Locacion de Servicios Nº 123/2003, de fecha 15 de octubre de 2003, suscrito entre el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia - OSINERG y el Consorcio MM SERVICIOS Y PROMOCIONES S.A.C. y RHEMA SERVICIOS S.A.C. para la prestacion del servicio de limpieza de la sede central de OSINERG, conforme a lo senalado en el articulo 26º del Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y en el inciso e) del articulo 9º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exoneradas de los MORDAZA de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen, en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la referida Ley; Que, el articulo 20º del Texto Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el numeral 2) del articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, dispone que la situacion de urgencia debe extenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, la declaracion de nulidad del Contrato suscrito con el Consorcio MM SERVICIOS Y PROMOCIONES S.A.C. y RHEMA SERVICIOS S.A.C. afectara la continuidad del servicio de limpieza de la sede central de OSINERG, indispensable para el cumplimiento de sus funciones, constituyendo una situacion de urgencia que debera ser resuelta con acciones inmediatas por parte de nuestra Entidad, de conformidad con las normas citadas precedentemente; De conformidad con lo establecido por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-

2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Oficina de Administracion y Finanzas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de urgencia la contratacion del "Servicio de Limpieza de la Sede Central de OSINERG". Articulo 2º.- Exonerar del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva la contratacion del "Servicio de Limpieza de la Sede Central de OSINERG" el cual se llevara a cabo mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 3º.- El valor referencial del MORDAZA sera de S/ . 41,485.00 (Cuarenta y un Mil Cuatrocientos Ochenta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles) por un periodo de tres (3) meses o hasta que se de inicio a la ejecucion del servicio como resultado del MORDAZA de seleccion definitivo que se lleve a cabo, lo que ocurra primero. Articulo 4º.- La fuente de financiamiento se realizara con cargo a los recursos ordinarios de OSINERG y la contratacion estara a cargo de la Oficina de Administracion y Finanzas de OSINERG. Articulo 5º.- Encargar a la Oficina de Administracion y Finanzas de OSINERG a efectos que cumpla con remitir MORDAZA de la presente Resolucion asi como de los informes Tecnico y Legal sustentatorios a la Contraloria General de la Republica y proceda a la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los plazos de ley. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 23929

Autorizan contratar por servicios personalisimos la difusion de spots publicitarios mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 068-2003-OS/PRES
MORDAZA, 19 de diciembre de 2003 VISTOS: Los Informes Tecnicos Nº OC-219927-2003, OC-2199302003, OC-219931-2003 y OC-219932-2003 de fecha 26 de noviembre de 2003, emitidos por la Oficina de Comunicaciones y los Informes Legales Nº GL-1129-2003, Nº GL1130-2003, Nº GL-1131-2003 y Nº GL-1132-2003, de fecha 12 de diciembre de 2003. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, en tal sentido, el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM senala que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte y oficio. Se encuentran expresamente incluidos en esta clasificacion los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, dentro del Plan de Trabajo de la Oficina de Comunicaciones de OSINERG para apoyar esfuerzos estableci-

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