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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G30/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 24 de diciembre de 2003 OSINERG /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G6D/G70/G69/G65/G2D /G7A/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G73/G65/G64/G65/G20/G63/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F /G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 067-2003-OS/PRES Lima, 12 de diciembre de 2003 VISTOS: El Informe Nº OAF-008-2003 de la Oficina de Adminis- tración y Finanzas y el Informe Legal Nº GL-1127-2003 dela Gerencia Legal de OSINERG. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 873/2003.TC-S1 de fe- cha diez (10) de octubre de 2003, el Tribunal de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado sancionó a MM SERVI-CIOS Y PROMOCIONES S.A.C., con una suspensión deseis (6) meses en su derecho a presentarse a proceso deselección y contratar con el Estado, contados a partir deldía siguiente de su notificación, hecho que ocurrió el ca-torce (14) de octubre de 2003; Que, como consecuencia de lo dispuesto por el Tribu- nal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, medianteResolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 066-2003-OS/PRES, de fecha 12 de diciembre de 2003 se de-claró la nulidad del Contrato de Locación de Servicios Nº123/2003, de fecha 15 de octubre de 2003, suscrito entreel Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSI-NERG y el Consorcio MM SERVICIOS Y PROMOCIONESS.A.C. y RHEMA SERVICIOS S.A.C. para la prestacióndel servicio de limpieza de la sede central de OSINERG,conforme a lo señalado en el artículo 26º del Reglamentodel T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCMy en el inciso e) del artículo 9º del T.U.O. de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-creto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,establece que están exoneradas de los proceso de Licita-ción Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa,según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones quese realicen, en situación de emergencia o de urgencia de-claradas de conformidad con la referida Ley; Que, el artículo 20º del Texto Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece quese considera situación de urgencia cuando la ausenciaextraordinaria e imprevisible de determinado bien o servi-cio compromete en forma directa e inminente la continui-dad de los servicios esenciales o de las operaciones quela Entidad tiene a su cargo. Dicha situación faculta a laEntidad a la adquisición o contratación de los bienes servi-cios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea elcaso, necesario para llevar a cabo el proceso de selecciónque corresponda; Que, el numeral 2) del artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, disponeque la situación de urgencia debe extenderse como unamedida temporal ante un hecho de excepción que determi-na una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indis-pensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que serealice el proceso de selección correspondiente para lasadquisiciones y contrataciones definitivas; Que, la declaración de nulidad del Contrato suscrito con el Consorcio MM SERVICIOS Y PROMOCIONES S.A.C. yRHEMA SERVICIOS S.A.C. afectará la continuidad delservicio de limpieza de la sede central de OSINERG, in-dispensable para el cumplimiento de sus funciones, cons-tituyendo una situación de urgencia que deberá ser resuel-ta con acciones inmediatas por parte de nuestra Entidad,de conformidad con las normas citadas precedentemente; De conformidad con lo establecido por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCMy su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Con la opinión favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Oficina de Administración y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la contra- tación del "Servicio de Limpieza de la Sede Central deOSINERG". Artículo 2º.- Exonerar del proceso de Adjudicación Di- recta Selectiva la contratación del "Servicio de Limpiezade la Sede Central de OSINERG" el cual se llevará a cabomediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo 3º.- El valor referencial del proceso será de S/ . 41,485.00 (Cuarenta y un Mil Cuatrocientos Ochenta yCinco y 00/100 Nuevos Soles) por un período de tres (3)meses o hasta que se dé inicio a la ejecución del serviciocomo resultado del proceso de selección definitivo que selleve a cabo, lo que ocurra primero. Artículo 4º.- La fuente de financiamiento se realizará con cargo a los recursos ordinarios de OSINERG y lacontratación estará a cargo de la Oficina de Administra-ción y Finanzas de OSINERG. Artículo 5º.- Encargar a la Oficina de Administración y Finanzas de OSINERG a efectos que cumpla con remitircopia de la presente Resolución así como de los informesTécnico y Legal sustentatorios a la Contraloría General dela República y proceda a la publicación de la presente re-solución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los pla-zos de ley. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 23929 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G70/G6F/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G2D /G6E/G61/G6C/GED/G73/G69/G6D/G6F/G73/G20/G6C/G61/G20/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G70/G6F/G74/G73/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G2D/G72/G69/G6F/G73/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 068-2003-OS/PRES Lima, 19 de diciembre de 2003 VISTOS:Los Informes Técnicos Nº OC-219927-2003, OC-219930- 2003, OC-219931-2003 y OC-219932-2003 de fecha 26 denoviembre de 2003, emitidos por la Oficina de Comuni-caciones y los Informes Legales Nº GL-1129-2003, Nº GL-1130-2003, Nº GL-1131-2003 y Nº GL-1132-2003, de fecha12 de diciembre de 2003. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por el inciso h) del ar- tículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 012-2001-PCM, están exoneradas de los pro-cesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica-ción Directa, según sea el caso, las adquisiciones y con-trataciones que se realicen para servicios personalísimos,de acuerdo a lo que establezca el Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, en tal sentido, el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba-do por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM señala que seencuentran exonerados del respectivo proceso de selección,los contratos de locación de servicios celebrados con perso-nas naturales o jurídicas cuando para dicha contratación sehaya tenido en cuenta y como requisito esencial a la personadel locador, ya sea por sus características inherentes, parti-culares o especiales o por su determinada calidad, profe-sión, ciencia, arte y oficio. Se encuentran expresamente in-cluidos en esta clasificación los servicios de publicidad queprestan al Estado los medios de comunicación televisiva,radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, enatención a las características particulares que los distinguen; Que, dentro del Plan de Trabajo de la Oficina de Comu- nicaciones de OSINERG para apoyar esfuerzos estableci-