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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (29/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 192

TEXTO PAGINA: 33

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G36/G39/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 29 de junio de 2003 6.2.5 Documentos asociados al Pago 6.2.5.1 Los establecimientos prestadores de servicios de salud entregarán la Liquidación de la Producción Men-sual de los Servicios Prestacionales a los Puntos de Digi- tación dentro de los plazos de corte administrativo, debi- damente llenada, firmada y sellada por el Representantedel SIS y el Jefe del establecimiento, acompañando la si- guiente información: a) Formato de Atención I. b) Formato de Atención II (para Hospitales Nacionales e Institutos Especializados de Lima). c) Hoja de Referencia. d) Justificación de los costos de insumos y de apoyo al diagnóstico. 6.2.5.2 Los Puntos de Digitación: - Verifican el contenido y firma de los formatos, regis- tran y consolidan la información en el sistema informático del SIS y envían a la ODSIS el Formato de Atención, laHoja de Referencia y la Hoja de Contrarreferencia. - Remiten a la ODSIS con copia a la DISA o DIRESA la base de datos de producción del período en medio magné-tico. - Elaboran el Reporte de Producción Bruta por Estable- cimiento para conocimiento de los establecimientos pres-tadores de servicios de salud. 6.2.5.3 La ODSIS revisa y consolida la información re- cibida de los diversos Puntos de Digitación y, remite a la DISA o DIRESA y a la Sede Central del SIS la base de datos de producción del período en medio magnético (des-contando las prestaciones observadas a nivel periférico) con el Acta de Conformidad debidamente firmada por el Coordinador de la DISA o DIRESA y el representante de laODSIS. 6.2.5.4 El Director General de la DISA o DIRESA remi- te a la Sede Central del SIS el Reporte de Preliquidaciónde Producción por Establecimiento y Unidad Ejecutora, vi- sado por el Encargado de Administración. 6.2.5.5 El Director del Hospital Nacional o Instituto Es- pecializado remite a la Sede Central del SIS el Reporte de Preliquidación de Producción por Establecimiento y Uni- dad Ejecutora, visado por el Encargado de Administración. 6.2.5.6 En la Sede Central del SIS: a) La Oficina de Informática y Estadística consolida y depura en forma electrónica la información remitida por las ODSIS a nivel nacional, quedando ésta a disposición de las Gerencias para la revisión y el análisis correspondien-te. b) La Gerencia de Operaciones revisa, verifica y aprue- ba la producción preliminar del período reportada y emiteel Valor Neto de Producción a la Gerencia de Financia- miento. Asimismo, la Gerencia de Operaciones alcanza el listado de observaciones subsanables a las Unidades Eje-cutoras para el correspondiente descargo, las mismas que deben ser levantadas y remitidas con los documentos sus- tentatorios correspondientes a la Sede Central del SIS, enun plazo de 15 días calendario. c) La Gerencia de Financiamiento registra, controla y realiza el cierre financiero mensual de las prestacionestarifadas, no tarifadas y gastos administrativos. Asimis- mo, elabora la Liquidación de Pago por Unidades Ejecuto- ras, Planes de Beneficio y Establecimiento Prestadoresde Servicios de Salud. d) La Oficina de Administración efectúa las transferen- cias de fondos a las Unidades Ejecutoras por concepto depago de los servicios prestacionales de salud, a solicitud de la Gerencia de Financiamiento y autorizado por el Jefe del SIS . 6.3 PAGO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS TARI- FADOS GENERALES (NIVELES HASTA HOSPITAL RE-GIONAL) 6.3.1 Definición El pago por prestaciones de servicios tarifados genera- les comprende la retribución económica que hace el SIS por las prestaciones de casos resueltos, otorgadas a susbeneficiarios mediante una tarifa conforme a los Planes de Beneficios del SIS.a) Reposición del total de medicamentos e insumos médico quirúrgicos suministrados a los beneficiarios del SIS por el SISMED u otro proveedor. b) Mejora de infraestructura y/o equipo médico quirúrgi- co o su adquisición con los excedentes, utilizando el gru- po genérico 7: OTROS GASTOS DE CAPITAL. c) Asimismo, y si aún se cuenta con excedentes, éstos se destinarán a la adquisición de otros bienes y servicios que requiera el establecimiento prestador de servicios de salud. Así como otros gastos que garanti-cen la atención y calidad del servicio de salud. 6.2.2.7 Las operaciones contables por la deducción del 10% citado, serán registradas en una subcuenta especial, y la documentación que sustente los respectivos egresos será archivada en la DISA o DIRESA, debiendo informar-se mensualmente al SIS a través de las ODSIS de la juris- dicción. 6.2.2.8 Las operaciones contables por la diferencia del pago por prestaciones serán registradas en una sub cuen- ta especial por cada establecimiento prestador de servi-cios de salud, y la documentación que sustente los res- pectivos egresos será centralizada en la Unidad Ejecuto- ra, informando mensualmente al SIS a través de las OD-SIS de la jurisdicción con un resumen por rubros sobre su ejecución, para las verificaciones de auditabilidad corres- pondientes, de acuerdo al Anexo 1. 6.2.2.9 Las DISAS y DIRESAS supervisarán y vigila- rán el uso de los pagos del SIS. Los establecimientos pres-tadores de servicios de salud implementarán las medidas correctivas del caso para la adecuada utilización de los recursos transferidos por el SIS. 6.2.3 Proceso de Pago El proceso de pago comprende el conjunto de acti- vidades realizadas por las diversas áreas involucradas, desde los establecimientos prestadores de servicios de salud hasta la Sede Central del SIS y, los mecanis-mos administrativos e informáticos que se aplican para asegurar el cálculo del valor de los servicios que brin- dan los referidos establecimientos a los beneficiariosdel SIS. Los pagos correspondientes son mensuales, de acuerdo al flujograma del proceso que forma parte de la presente Directiva. 6.2.4 Determinación del Pago 6.2.4.1 El SIS paga a los establecimientos prestadores de servicios de salud por los conceptos prestacionales si- guientes: a) Pago por prestaciones resueltas de servicios tarifa- dos generales. b) Pago por prestaciones resueltas de servicios tarifa- dos especializados. c) Pago por traslado.d) Pago por sepelio. 6.2.4.2 La determinación del monto de pago por presta- ciones de servicios tarifados generales resueltos, se efec- túa de acuerdo al número de prestaciones válidas y con- forme al tarifario vigente. 6.2.4.3 El pago por prestaciones de servicios tarifados especializados resueltos, comprende la tarifa básica con- venida más los costos de los medicamentos, insumosmédico quirúrgicos suministrados por el SISMED, procedi- mientos de apoyo al diagnóstico y procedimientos clíni- cos. 6.2.4.4 El pago por traslados de emergencia se efec- tuará conforme a las tarifas establecidas. En algunos ca- sos, el SIS tendrá en cuenta las condiciones del trasladoal lugar de la ocurrencia. 6.2.4.5 El pago por sepelio se realizará de acuerdo a la Directiva de Otorgamiento del Beneficio por Sepelio y losrequisitos establecidos en la presente Directiva. 6.2.4.6 El SIS pagará las prestaciones por atenciones de emergencia de acuerdo a los beneficios de cada Plan,con las siguientes excepciones: - Cuando los daños sean ocasionados por personas que cuenten con seguro de daños contra terceros. - Cuando el responsable debidamente identificado pue- da asumir los costos correspondientes.