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PÆg. 246943 NORMAS LEGALES Lima, domingo 29 de junio de 2003 Establecen disposiciones para la aprobación de acciones de capacitacióndirigida a funcionarios y servidorespœblicos de los órganos del ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 761-2003-SA/DM Lima, 26 de junio del 2003 CONSIDERANDO: Que, es necesario actualizar las normas sobre las acciones de capacitación que se llevan a cabo en el ámbito funcional de los órganos del Ministerio de Salud, a efecto de garantizar un desarrollo coherente de lasreferidas acciones con la Política de Salud y el uso ra- cional de los recursos correspondientes; Que, además, es pertinente dar celeridad en los ni- veles de aprobación para el desarrollo de las acciones de capacitación o actos similares; Que, de otro lado, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 33º del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2002- SA, los Organismos Públicos Descentralizados del Mi-nisterio del Ramo mantienen autonomía administrativa y dependen funcionalmente del Ministro de Salud; Con las visaciones de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Ramo; y, De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8º, literal l) de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, concordante con el Artículo 6º, literal l) de su Reglamen- to de Organización y Funciones, aprobado por DecretoSupremo Nº 014-2002-SA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer que toda acción de capacitación dirigida a funcionarios y servidores públicos de los órganosdel Ministerio de Salud, consistente en seminarios, congre- sos, cursos, convenciones, talleres, fórums, reuniones de coordinación o actos similares que irroguen en su organiza-ción un costo mayor de cinco (5) unidades impositivas tribu- tarias (UIT), con cargo a cualquier fuente de financiamiento, deberá ser previamente aprobada por Resolución Vicemi-nisterial. Para tal efecto, con anticipación no menor de quin- ce (15) días calendario, se cursará al Despacho Viceminis- terial de Salud el correspondiente proyecto de resolución,acompañando una exposición de motivos en la que se indi- cará lo siguiente: a) Denominación de la acción de capacitación. b) Justificación, objetivo y metas de la acción de capacitación. c) Lugar y fecha de realización de la acción de capaci- tación. d) Presupuesto programado por fuente de financia- miento y su distribución por partidas específicas. e) Relación de funcionarios, servidores públicos e invitados que habrán de concurrir. f) Relación de expositores y su temática. Artículo 2º.- Establecer que las acciones de capacita- ción, cualquiera sea su modalidad, cuyo desarrollo irrogue un costo menor de cinco (5) unidades impositivas tributarias (UIT), serán aprobadas por las máximas autoridades admi-nistrativas de cada entidad, a excepción del Organismo Central, en donde se aprobará por resolución de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos. Artículo 3º.- La presente resolución será aplicada, aún en el caso de que el evento sea financiado con recursos distintos a los del Tesoro Público. Artículo 4º.- Precisar que previo a la aprobación de la respectiva acción de capacitación, el Instituto de Desa- rrollo de Recursos Humanos (IDREH) emitirá su opi-nión, la que no es vinculante, en un plazo no mayor de tres días hábiles contados desde la recepción de la pro- puesta de dicha acción de capacitación. Artículo 5º.- Disponer que dentro de los ocho días hábiles de concluida la acción de capacitación, se remitirá a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos lo siguiente: a) Un informe sobre el desarrollo de la acción de capacitación, el que estará acompañado de las respecti-vas conclusiones (porcentaje del logro de objetivos, metas) y recomendaciones, relación de participantes (señalar profesión, cargo) y procedencia. b) Distribución del presupuesto ejecutado por parti- das específicas. c) Un juego de copias fedateadas sobre los gastos efectuados, con el correspondiente informe contable. Artículo 6º.- Establecer que anualmente, la Oficina Gene- ral de Gestión de Recursos Humanos emitirá un Informe Me-moria que consolide las acciones de capacitación llevadas a cabo por los órganos del Ministerio de Salud, así como por sus Organismos Públicos Descentralizados, los cuales, para talefecto remitirán oportunamente la información sobre sus ac- ciones de capacitación a la Oficina General mencionada. Artículo 7º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministe- rial Nº 048-99-SA/DM de fecha 8 de febrero de 1999. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 12207 Dan por concluida designación de Directora Ejecutiva de ParticipaciónComunitaria de la Dirección de SaludIII Lima Norte RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 763-2003-SA/DM Lima, 26 de junio del 2003 CONSIDERANDO: De conformidad con lo previsto en el Artículo 7º de la Ley Nº 27594 y el inciso "l" del Artículo 8º de la Ley Nº27657; SE RESUELVE: Artículo Único .- Dar por concluida la designación de la Lic. VICTORIA JESFEN RAZURI, al cargo de Direc-tora Ejecutiva de Participación Comunitaria, N F-4, de la Dirección de Salud III Lima Norte. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 12208 Designan Directora Ejecutiva de Participación Comunitaria de la Direc-ción de Salud III Lima Norte RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 764-2003-SA/DM Lima, 26 de junio del 2003 CONSIDERANDO: De conformidad con lo previsto en el Artículo 3º de la Ley Nº 27594 y el Artículo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, en el cargo de Directora Ejecutiva de Participación Comunitaria, Nivel F-4, de la Dirección de Salud III Lima Norte, a la Dra. SONIA AM-PARO RÍOS CALDAS DE ROSSELL. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 12209