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PÆg. 246948 NORMAS LEGALES Lima, domingo 29 de junio de 2003 11.25Solicitudes de elaboración normativa o exenciones (a) Cualquier persona interesada puede solicitar ante la DGAC la expedición de una norma técnica general o norma técnica especifica así como la modificación o re- visión de la misma, ya sea que se encuentre o no dentrodel contexto de la Sección 11.21; asimismo, puede soli- citar una exención temporal a cualquier tipo de norma técnica general o especifica expedida por la DGAC. (b) Toda solicitud presentada en conformidad a lo señalado por la presente Sección debe: (1) En el caso de una solicitud de exención, ser pre- sentada con una antelación mínima de 60 días antes de la fecha efectiva propuesta para la exención, salvo quese demuestra una razón valedera en dicha solicitud para variar este plazo; (2) Debe ser presentada por duplicado ante la DSA o DNA, según corresponda; (3) Establecer en el texto, la esencia de la norma, o la modificación propuesta; o precisar la norma técnica ge-neral o específica que el solicitante desea se revise; o la norma técnica general o específica de la que el solicitan- te requiere una exención, según sea el caso; (4) Explicar los motivos del solicitante con respecto a la solicitud presentada, los cuales incluyen, en el caso de una solicitud de exención, la naturaleza y extensiónde la concesión solicitada y el alcance de la misma así como una descripción de toda aeronave o persona invo- lucrada en dicha exención; (5) Contener cualquier información, fotografías o ar- gumentos con el objetivo de servir de soporte a la acción solicitada, los motivos por los cuales aprobar la solicitudsería de interés público y, si fuese apropiado, en el caso de una exención, la razón por la cual la exención no afectaría en forma adversa la seguridad de la operacióno la acción que debe llevar a cabo el solicitante para proporcionar un nivel de seguridad similar (mitigar o com- pensar el efecto de la norma) al previsto por la normatécnica general o especifica con respecto a la cual se solicita la exención. (c) Una solicitud de elaboración normativa puesta a consideración en virtud de la presente Sección debe estar provista de un resumen, que será publicada enla página web de la DGAC www.mtc.gob.pe/dgac.html y opcionalmente en el Diario Oficial El Peruano de acuerdo a lo señalado en el párrafo 11.27(b), la cualincluye: (1) Una breve descripción de la naturaleza general de la norma técnica general o especifica solicitada; y (2) Una breve descripción de los motivos pertinentes presentados en la solicitud con el objetivo de establecerlos procedimientos necesarios. (d) Una solicitud de exención puesta a consideración en virtud de la presente Sección debe disponer de un resumen, la cual incluye: (1) Una referencia a toda norma técnica general o especifica con respecto a la cual se ha solicitado una exención; y (2) Una breve descripción de la naturaleza general de la exención solicitada. 11.27 Acción sobre solicitudes de elaboración normativa o exenciones (a) Generalidades. Los procedimientos de publica- ción y comentarios serán los estipulados en la presente Sección. No se llevará a cabo audiencia pública, argumenta- ción u otro procedimiento formal solicitado y que haya sido tramitado según la Sección 11.25, antes de su con-sideración por la DGAC. (b) Publicación del resumen correspondiente a solici- tud de elaboración normativa. Luego de recibida una so- licitud de elaboración normativa, a excepción de lo esti- pulado en el párrafo (i) de la presente Sección, la DGACpublica un resumen de la solicitud en la página web www.mtc.gob.pe/dgac.html y opcionalmente en el Diario Oficial El Peruano, la cual incluiría:(1) El número del archivo normativo de la solicitud; (2) El nombre del solicitante; (3) Una breve descripción de la naturaleza general de la norma técnica general solicitada; (4) Una breve descripción de los motivos pertinentes presentados en la solicitud; y (5) En situaciones apropiadas, una relación de pre- guntas que ayuden a la DGAC a obtener comentarios sobre la solicitud. Las personas interesadas deberán presentar por du- plicado los comentarios referentes a la elaboración nor- mativa en un plazo que no excedan los treinta (30) díasposteriores a la publicación del resumen en la página web www.mtc.gob.pe/dgac.html y opcionalmente en el Diario Oficial El Peruano, cuando sea necesario; en elcaso de que la DGAC, por razones valederas, no deter- mine un tiempo más adecuado de respuesta. La DGAC evaluará todos los comentarios recibidos dentro del tiem-po estipulado antes de tomar una acción determinada con relación a la solicitud. (c) Reservado. (d) Instauración de procedimientos debido a la pre- sentación de una solicitud. Si luego de evaluar los co- mentarios recibidos como respuesta al resumen de una solicitud de elaboración normativa, se determina que lasolicitud presenta razones fundadas, la DGAC instaura los procedimientos de elaboración normativa. (e) Aprobación de una solicitud de exención; resu- men. Si luego de ser evaluada una solicitud de exención se determina que la solicitud es de interés público, laDGAC otorga la exención y, salvo que exista otra dispo- sición estipulada en el párrafo (i) de la presente Sección, la DGAC publica en la página web www.mtc.gob.pe/ dgac.html y opcionalmente en el Diario Oficial El Peruano un resumen de la aprobación a la solicitud de exención. Un resumen de este tipo incluye: (1) El nombre del solicitante; (2) Una referencia de toda norma técnica general con respecto a la cual se ha solicitado una exención; y (3) Una breve descripción de la naturaleza general de la exención solicitada. (f) Negativa a una solicitud de elaboración normativa. Si luego de considerar los comentarios recibidos como respuesta al resumen de una solicitud de elaboración normativa, se determina que la solicitud no justifica la instauración de los procedimientos de elaboración nor-mativa, la DGAC bajo responsabilidad del funcionario a cargo, notifica al solicitante al respecto. Salvo que exista otra disposición estipulada en el párrafo (i) de la presen-te Sección, la DGAC publica en la página web www.mtc.gob.pe/dgac.html y opcionalmente en el Diario Oficial El Peruano un resumen de la negativa a la solici-tud de elaboración normativa conforme a lo señalado en el párrafo (h) de la presente Sección. (g) Negativa a la solicitud de exención. Si luego de ser evaluada una solicitud de exención se determina que la solicitud no justifica la aprobación de la exenciónsolicitada, la DGAC notifica al solicitante al respecto. Salvo que exista otra disposición estipulada en el párra- fo (i) de la presente Sección, la DGAC publica en lapágina web www.mtc.gob.pe/dgac.html y opcionalmente en el Diario Oficial El Peruano un resumen de la negativa a la solicitud de exención conforme a lo señalado en elpárrafo (h) de la presente Sección. (h) Resumen de negativa a solicitud de elaboración normativa o exención. Un resumen de la negativa a una solicitud de elaboración normativa o exención incluye: (1) El número del archivo normativo de la solicitud, para el caso de solicitud de elaboración normativa; (2) El nombre del solicitante;(3) En el caso de la negativa a una solicitud de exen- ción, una referencia a la norma con respecto a la cual se ha solicitado una exención; y (4) Una breve descripción de la naturaleza general de la exención solicitada; y (5) Lo dispuesto sobre la solicitud.