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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2003 (24/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 19

PÆg. 241325 NORMAS LEGALES Lima, lunes 24 de marzo de 2003 drían generar incumplimientos de pago derivados del in- cumplimiento en la reposición de garantías, situación quehabría afectado al mercado en su conjunto; 1.4 Que, con fecha 12 de julio de 2002, el señor Anto- nio Martín Bentín de Armero, accionista minoritario tenedor de acciones Clase A y acciones de Inversión de Backuscomunicó a CONASEV conocer de la tratativa de venta deacciones Clase A de Backus a un precio de US $ 21.95,monto que sólo se justificaba si se trataba de una adquisi-ción para la toma de control, por lo que solicitó que la prima de control fuera compartida con todos los accionistas a través de la realización de una Oferta Pública de Adquisi-ción de Acciones (en adelante la OPA); 1.5 Que, con fecha 15 de julio de 2002, se realizó la operación extrabursátil de adquisición de 19´145,938 ac-ciones de Backus por Bavaria, por un precio de US$ 21.95 por acción. Dichas acciones fueron adquiridas del Grupo Brescia y representaban el 21.96% del capital social deBackus; 1.6 Que, con fecha 15 de julio de 2002, la señora Bruna Franciscolo Nosiglia, representada por el señor AldoFranciscolo Piaggio, comunicó a CONASEV que conocía la venta de acciones comunes de Backus a un precio de US $ 21.95 por acción y que dicho precio no se justificaba,ni por el contenido de la información proveniente de laempresa ni por las circunstancias del mercado; 1.7 Que, con fecha 16 de julio de 2002, Lince reiteró sus pedidos de investigación de la operación extrabursátil sobre las acciones de Backus y de suspensión indefinida de la negociación de dichas acciones; 1.8 Que, con fecha 22 de julio de 2002, Backus informó al mercado como hecho de importancia, la anotación en sumatrícula de acciones, a favor de Cheswick Comercial S.A.(en adelante Cheswick) -empresa del Grupo Cisneros- del derecho de prenda sobre acciones representativas del 10.59% del capital social de Backus. Dicha prenda estabavinculada a la celebración de contratos de opción de com-pra sobre las acciones de Backus otorgadas por miembrosde las familias Bentín y Montori, entre otros, a favor deCheswick. Adicionalmente a ello, Backus informó que esta- ba pendiente de realizarse el mismo trámite para el caso de un 0.91% de acciones de propiedad de menores de edadpertenecientes a dichas familias; 1.9 Que, con fecha 23 de julio de 2002, Cheswick co- municó a CONASEV su decisión de adquirir hasta el 7.32%del capital social de Backus a un precio de S/. 56.00 por acción. Dicha decisión se materializó mediante la realiza- ción de una operación de compra de acciones de Backusen rueda de bolsa de la Bolsa Valores de Lima, (en adelan-te la rueda de bolsa) efectuada el día 23 de julio de 2002; 1.10 Que, con fecha 23 de julio de 2002, el Juez Titular del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, noti- ficó a CONASEV la Resolución Nº 1 de fecha 22 de julio de 2002, mediante la cual admitió a trámite la demanda inter-puesta por Bavaria contra Lince sobre "Declaración Judi- cial de Propiedad" respecto de las 19´145,938 acciones Clase A de Backus materia de la operación extrabursátil defecha 15 de julio de 2002; 1.11 Que, en la misma fecha, el Juez Titular del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, notificó a CO-NASEV la Resolución Nº 1 de fecha 22 de julio de 2002,mediante la cual dictó medida cautelar de No Innovar, or-denando a CONASEV que se abstuviera de realizar actosque perturben el ejercicio de los derechos de accionista de Bavaria; 1.12 Que, mediante escrito de fecha 23 de Julio de 2002, Lince denunció ante el Tribunal Administrativo deCONASEV, la existencia de una probable concertación entreBavaria y Cheswick para la toma de control de Backus, sinefectuar una Oferta Pública de Adquisición (OPA). En di- cha denuncia Lince solicitó que de conformidad con el artículo 72º y el literal c) del artículo 129º del Decreto Su-premo Nº 093-2002-EF, Texto Único Ordenado de la Leyde Mercado de Valores (en adelante la LMV), se ordenarala venta mediante oferta pública de las acciones adquiri-das directa e indirectamente por Bavaria y por Cheswick y se impusiera la sanción correspondiente por la infracción muy grave cometida por los grupos Bavaria y Cisneros,según lo dispuesto por el numeral 11 del anexo IV delReglamento de Sanciones, aprobado por Resolución CO-NASEV Nº 055-2001-EF/94.10 (en adelante el Reglamen-to de Sanciones); 1.13 Que, conjuntamente con ello, Lince solicitó como medida cautelar: (i) la suspensión de los derechos políticoscorrespondientes a las acciones emitidas por Backus yadquiridas por Bavaria, por Cheswick y por los grupos Ba-varia y Cisneros de manera indirecta; (ii) la suspensión de los derechos políticos de las acciones materia de opcionesde compra otorgadas en favor de Cheswick; y, (iii) la sus-pensión de la negociación bursátil y extrabursátil de las acciones de Backus; 1.14 Que, mediante Resolución Nº 042-2002-EF/94.12 de fecha 7 de agosto de 2002, este Tribunal Administrativo(i) declaró que por efecto de la medida cautelar dictada porel juez titular del Primer Juzgado Especializado en lo Civilde Lima, se encontraba impedido de pronunciarse sobre la medida cautelar solicitada por Lince, respecto de las accio- nes de Backus adquiridas por Bavaria; (ii) declaró infunda-da la medida cautelar solicitada por Lince para que sesuspendan los derechos políticos de las acciones de Bac-kus adquiridas por Cheswick; y, (iii) resolvió imponer a Che-swick una medida cautelar de oficio consistente en la sus- pensión de las operaciones de transferencia bursátil y ex- trabursátil, tanto de las acciones adquiridas mediante laliquidación de los contratos de opción cuanto de las adqui-ridas en la rueda de bolsa; así como la suspensión de suderecho de ceder los contratos de opción no liquidados;que implicara la adquisición de la titularidad de los mismos por parte de un tercero o de otro accionista; B) LA DENUNCIA Y MEDIDA CAUTELAR DE CHESWICK COMERCIAL S.A. 1.15 Que, con fecha 2 de agosto de 2002, Cheswick interpuso ante CONASEV denuncia contra Lince por la comisión de infracciones a la LMV, al difundir, informacióninoportuna e inexacta en diferentes medios de comunica-ción así como declaraciones y opiniones referidas a (i) lailegalidad de las adquisiciones de acciones de Backus porparte de los grupos Bavaria y Cisneros; y, (ii) la intención del Grupo Polar de lanzar una OPA en condiciones más ventajosas a la orden de compra realizada por Cheswick; 1.16 Que, en la misma fecha, Cheswick solicitó a CONASEV una medida cautelar contra Lince consis-tente en el cese inmediato de sus declaraciones res-pecto (i) del procedimiento administrativo seguido en CONASEV; y, (ii) de la posible Oferta Pública de Adqui- sición de Acciones de Backus. Cheswick solicitó asimis-mo que se impusiera a Lince la obligación de abstener-se de efectuar cualquier tipo de declaración o anuncioen el mercado que pudiera inducir a error a los posiblesinversionistas, accionistas, y obligacionistas, entre otros, respecto de las transacciones realizadas por el Grupo Cisneros; 1.17 Que mediante Resolución Nº 046-2002-EF/94.12 de fecha 13 de agosto de 2002, este Tribunal Administra-tivo declaró fundada en parte la medida cautelar solicitadapor Cheswick y ordenó a Lince, que hasta que el Tribunal Administrativo se pronunciara de manera definitiva; (i) se abstuviera de efectuar declaraciones, alusiones o comen-tarios públicos, directos o indirectos referidos a la ilegali-dad de las operaciones de compra de acciones de Backus,que pudieran confundir a los inversionistas; y, (ii) se abstu-viera de efectuar declaraciones referidas al lanzamiento de una OPA por su parte, para la adquisición de acciones de Backus, sin antes haberlo anunciado al mercado de valo-res como hecho de importancia; 1.18 Que, con fecha 26 y 28 de agosto de 2002, Che- swick solicitó a CONASEV la ejecución forzosa de la medi-da cautelar dictada mediante la mencionada Resolución del Tribunal Administrativo Nº 046-2002-EF/94.12, pues, según señaló, Lince había continuado realizando declara-ciones que perjudicaban la orden de compra de accionescon derecho a voto, representativas del 7.32% capital so-cial de Backus, propuesta por Cheswick, en la Bolsa deValores de Lima; 1.19 Que, con fecha 4 de septiembre de 2002, Lince presentó un recurso de reconsideración contra la Resolu-ción del Tribunal Administrativo de CONASEV Nº 046-2002-EF/94.12; 1.20 Que, con fecha 10 de septiembre de 2002, el juez titular del Decimocuarto Juzgado Especializado Civil, en el proceso judicial de declaración de propiedad de las accio- nes de Backus, seguido por Cheswick contra Lince y Bac-kus, dictó la Resolución Nº 1 por la que admitió la medidacautelar de no innovar solicitada por Cheswick y dispusoque se mantuviera la situación de hecho y de derechopresentada al momento de la interposición de la demanda, referida al ejercicio de los derechos de accionistas que le corresponden, siempre que dicha medida no se opusiera alas medidas que hubiera dictado CONASEV hasta esa fe-cha;