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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G35/G31/G31/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 14 de noviembre de 2003 c) La libertad de trabajo Establecida en el inciso 15) del artículo 2º de la Constitución, se formula como el atributo para elegir a voluntad la actividad ocupacional o profesional que cada persona desee o prefiera desempeñar, disfrutando desu rendimiento económico y satisfacción espiritual; así como de cambiarla o de cesar de ella. Para tal efecto, dicha facultad autodeterminativa deberá ser ejercida consujeción a la ley. Por ello es que existen limitaciones vinculadas con el orden público, la seguridad nacional, la salud y el interés público. La Constitución asegura el derecho de optar, a condi- ción de que sea lícita, por alguna actividad de carácter in- telectual y/o física, con el objeto directo o indirecto de ob-tener un provecho material o espiritual; tal atributo se ex- tiende a la potestad de posteriormente cambiar o cesar en dicha labor. d) La libertad de empresa Consagrada por el artículo 59º de la Constitución, se define como la facultad de poder elegir la organización y efectuar el desarrollo de una unidad de producción de bie- nes o prestación de servicios, para satisfacer la demandade los consumidores o usuarios. La libertad de empresa tiene como marco una actua- ción económica autodeterminativa, lo cual implica que elmodelo económico social de mercado será el fundamento de su actuación, y simultáneamente le impondrá límites a su accionar. Consecuentemente, dicha libertad debe ser ejercida con sujeción a la ley -siendo sus limitaciones básicas aquellas que derivan de la seguridad, la higiene, la moralidad o lapreservación del medio ambiente-, y su ejercicio deberá respetar los diversos derechos de carácter socio-econó- mico que la Constitución reconoce. e) La libertad de comercio Establecida en el artículo 59º de la Constitución, se tra- ta de la facultad de elegir la organización y llevar a cabo una actividad ligada al intercambio de mercaderías o ser- vicios, para satisfacer la demanda de los consumidores ousuarios. Debe ejercerse con sujeción a la ley. Tal libertad presupone el atributo de poder participar en el tráfico de bienes lícitos, así como dedicarse a la presta-ción de servicios al público no sujetos a dependencia o que impliquen el ejercicio de una profesión liberal. f) La libertad de industr ia Establecida en el artículo 59º de la Constitución, es la facultad de elegir y obrar, según propia determinación, enel ámbito de la actividad económica cuyo objeto es la rea- lización de un conjunto de operaciones para la obtención y/o transformación de uno o varios productos. §6. Los derechos de los consumidores y los usua- rios 27. Así como la Constitución protege a los agentes eco- nómicos encargados de establecer la oferta en el merca-do, a partir del ejercicio de los derechos de libre empresa, comercio e industria, con igual énfasis protege al individuo generador de demanda, es decir, al consumidor o el usua-rio. 28. El consumidor -o usuario- es el fin de toda actividad económica; es decir, es quien cierra el círculo económicosatisfaciendo sus necesidades y acrecentando su bienes- tar a través de la utilización de una gama de productos y servicios. En puridad, se trata de una persona natural ojurídica que adquiere, utiliza o disfruta determinados pro- ductos (como consumidor) o servicios (como usuario) que previamente han sido ofrecidos al mercado. 29. Es indudable que la condición de consumidor o usua- rio se produce a través de la relación que éste entabla con un agente proveedor -independientemente de su carácterpúblico o privado-; sea en calidad de receptor o beneficia- rio de algún producto, sea en calidad de destinatario de alguna forma de servicio. En consecuencia, la condición de consumidor o usua- rio no es asignable a cualquier individuo o ente, sino a aquel vinculado a los agentes proveedores dentro del contextode las relaciones generadas por el mercado, las cuales tie- nen como correlato la actuación del Estado para garanti- zar su correcto desenvolvimiento.El proveedor sería aquella persona natural o jurídica que, habitual o periódicamente, ofrece, distribuye, vendearrienda o concede el uso o disfrute de bienes, productos y servicios 30. La Constitución prescribe en su artículo 65º la defensa de los intereses de los consumidores y usua- rios, a través de un derrotero jurídico binario; vale de- cir, establece un principio rector para la actuación delEstado y, simultáneamente, consagra un derecho sub- jetivo. En lo primero, el artículo tiene la dimensión de una pauta básica o postulado destinado a orientar yfundamentar la actuación del Estado respecto a cual- quier actividad económica. Así, el juicio estimativo y el juicio lógico derivado de la conducta del Estado sobrela materia, tienen como horizonte tuitivo la defensa de los intereses de los consumidores y los usuarios. En lo segundo, la Constitución reconoce la facultad de ac-ción defensiva de los consumidores y usuarios en los casos de transgresión o desconocimiento de sus legíti- mos intereses; es decir, apareja el atributo de exigir alEstado una actuación determinada cuando se produz- ca alguna forma de amenaza o afectación efectiva de los derechos de consumidor o usuario, incluyendo lacapacidad de acción contra el propio proveedor. 31. De acuerdo con lo establecido por el artículo 65º de la Constitución, el Estado mantiene con los consumidoreso usuarios dos obligaciones genéricas; a saber: a) Garantiza el derecho a la información sobre los bie- nes y servicios que estén a su disposición en el mercado. Ello implica la consignación de datos veraces, suficientes, apropiados y fácilmente accesibles. b) Vela por la salud y la seguridad de las personas su condición de consumidoras o usuarias. 32. Ahora bien, pese a que existe un reconocimien- to expreso del derecho a la información y a la protec- ción de la salud y la seguridad de los consumidores ousuarios, éstos no son los únicos que traducen la real dimensión de la defensa y tuitividad consagrada en la Constitución. Es de verse que en la Constitución existeuna pluralidad de casos referidos a ciertos atributos que, siendo genéricos en su naturaleza, y admitiendo mani- festaciones objetivamente incorporadas en el mismotexto fundamental, suponen un numerus apertus a otras expresiones sucedáneas. Así, el artículo 3º de la Constitución prevé la indivi- dualización de "nuevos" derechos, en función de la apli- cación de la teoría de los “derechos innominados”, allí expuesta y sustentada. Bajo tal premisa, el propio Estado, a través de la Ley de Protección al Consumidor (Decreto Legislativo Nº 716), no sólo ha regulado los derechos vinculadoscon la información, salud y seguridad, sino que ha com- prendido a otros de naturaleza análoga para los fines que contrae el artículo 65º de la Constitución. Por ello,los derechos de acceso al mercado, a la protección de los intereses económicos, a la reparación por daños y perjuicios y a la defensa corporativa del consumidor,se erigen también en derechos fundamentales recono- cidos a los consumidores y usuarios. 33. De lo expuesto, se desprende que la libre iniciativa privada y, concomitantemente, la libre competencia y de- más libertades patrimoniales consagradas en la Constitu- ción y ejercitadas en el seno del mercado, presuponen ne-cesariamente tres requisitos : a) La autodeterminación de iniciativas o de acceso empresarial a la actividad económica; b) La autodeterminación para elegir las circunstancia, modo y forma de ejercitar la actividad económica; y, c) La igualdad de los competidores ante la ley. A estos requisitos que determinan conjuntamente las garantías de defensa de los intereses individuales en laeconomía, se suman aquellos que garantizan el interés comunitario; a saber: a) La sujeción a la Constitución y a las leyes; b) El respeto de los derechos fundamentales; y,c) La proyección de cualquier actividad económica ha- cia el bien común.