Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2003 (14/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

MORDAZA, viernes 14 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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El ejercicio de toda actividad economica puede limitarse. Si embargo, es preciso que las restricciones legales adoptadas no enerven esa legitima autonomia, asi como tambien impidan a los operadores economicos privados disenar su propia estrategia para ofrecer, adquirir, vender o hasta permutar en el mercado. Ello, sin perjuicio de reconocer que incluso las medidas estatales que pretendan operar sobre el ambito de las libertades economicas deben ser razonables y proporcionadas. 34. En suma, si bien la Constitucion garantiza el ejercicio de las libertades patrimoniales, en el MORDAZA de una economia social de MORDAZA -donde estos derechos operan como garantias institucionales- implican el reconocimiento de la MORDAZA de decidir no solo la creacion de unidades economicas y su actividad en el MORDAZA, sino tambien el establecimiento de los propios objetivos de estas, asi como planificar y dirigir sus actividades de acuerdo a sus propios recursos y a las condiciones del MORDAZA, teniendo siempre en consideracion que la actividad empresarial debe ejercerse con pleno respeto a los derechos fundamentales de los "otros" y con sujecion a la normativa que regula la participacion en el mercado. §7. Estado vigilante, garantista y corrector 35. Si bien el MORDAZA de subsidiariedad, al que debe atenerse el accionar del Estado, y el respeto al contenido esencial de las libertades economicas, constituyen, basicamente, limites al poder estatal, la Constitucion reserva al Estado, respecto del MORDAZA, una funcion supervisora y correctiva o reguladora. Ello, sin duda, es consecuencia de que, asi como existe consenso en torno a las garantias que deben ser instauradas para reservar un ambito amplio de MORDAZA para la actuacion de los individuos en el MORDAZA, existe tambien la certeza de que debe existir un Estado que, aunque subsidiario en la sustancia, mantenga su funcion garantizadora y heterocompositiva. Este Colegiado, en tal sentido, conviene con MORDAZA de MORDAZA cuando puntualiza que "el MORDAZA no funciono nunca sin los correctivos y los apoyos del Estado", y que, "ante la amenaza de conflictos sociales que el MORDAZA no puede resolver ni soportar, y ante el riesgo permanente del caos interno, nada tiene de particular que se haga imprescindible recurrir al Estado como instrumento de regulacion y control, por ser la unica instancia capaz de crear las condiciones para que el sistema economico obtenga la minima "lealtad de las masas". (Neoliberalismo y Estado. Op. cit., pag. 34-35). 36. La funcion reguladora del Estado se encuentra prevista en el articulo 58º de la Constitucion, cuyo tenor es que "la iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economia social de mercado. Bajo este regimen, el Estado orienta el desarrollo del MORDAZA, y actua principalmente en las areas de promocion de empleo, salud, educacion, seguridad, servicios publicos e infraestructura [...]" Por su parte, el articulo 59º establece que el Estado estimula la creacion de riqueza y garantiza la MORDAZA de trabajo, comercio e industria. 37. Asimismo, el articulo 61º confiere al Estado el deber de proscribir y combatir toda practica que limite la libre competencia, asi como el abuso de las posiciones dominantes o monopolicas. De esta forma, nuestro texto fundamental no admite que un solo productor satisfaga la demanda de todos los consumidores o usuarios, pues ello, en los hechos, le permitiria determinar el precio y la cantidad de bienes o servicios a ofertarse, a costa de extraer recursos del consumidor o usuario. El Estado debe, asimismo, evitar la instauracion de posiciones dominantes, esto es, la existencia de escenarios economicos en los que aparezca un agente con capacidad de actuacion independiente, es decir, con opcion de prescindencia de sus competidores, compradores y clientes o proveedores en funcion a factores tales como la participacion significativa de las empresas en los mercados respectivos, las peculiares caracteristicas de la oferta y la demanda de los bienes o servicios, el desarrollo tecnologico, etc. En coherencia con tales imperativos se justifica la existencia de una legislacion antimonopolica y de desarrollo de los MORDAZA regulatorios que permitan mayores niveles de competencia.

38. De este modo y dentro del respeto a la libre iniciativa privada, la funcion orientadora del Estado tiene como proposito el desarrollo del MORDAZA, procurando que se materialice el componente social del modelo economico previsto en la Constitucion. 39. Dicha funcion orientadora presenta, sustancialmente, las siguientes caracteristicas: a) el Estado puede formular indicaciones, siempre que estas guarden directa relacion con la promocion del desarrollo del pais; b) los agentes economicos tienen la plena y absoluta MORDAZA para escoger las vias y los medios a traves de los cuales se pueden alcanzar los fines planteados por el Estado; y, c) el Estado debe estimular y promover la actuacion de los agentes economicos. 40. El reconocimiento de estas funciones estatales, que aparecen como un poder-deber, se justifica porque el Estado no es solo una organizacion que interviene como garantia del ordenamiento juridico, sino porque determina o participa en el establecimiento de las "reglas de juego", configurando de esta manera la vocacion finalista por el bien comun. Por ende, el Estado actua como regulador y catalizador de los procesos economicos. §8. Acerca del rol de los organismos reguladores 41. Sabido es que nuestra legislacion, principalmente a traves de la Ley Nº 27332, parcialmente modificada por la Ley Nº 27632, ha conferido a los organismos reguladores de la inversion privada en los sectores publicos, una mision de especial trascendencia para el correcto desenvolvimiento del mercado. A dichos organismos autonomos compete, dentro de sus correspondientes ambitos sectoriales, la supervision, regulacion y fiscalizacion de las empresas que ofrecen servicios al publico, asi como la aplicacion de las sanciones a que hubiere lugar, en caso de que los oferentes de servicios contravengan las disposiciones legales y tecnicas que regulan su labor, o quebranten las reglas de MORDAZA que garantizan una competencia eficiente y leal. Deben, asimismo, actuar con eficiencia en la solucion de toda controversia que pudiera presentarse en el sector que les compete. La ley ha conferido a dichos organismos, ademas, una funcion especifica: la responsabilidad de supervisar las actividades efectuadas al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 674; es decir, aquellos casos en los que existan privatizaciones o concesiones por parte del Estado a favor de empresas privadas (art. 4º de la Ley Nº 27332). Se trata, pues, de una supervision de las actividades "post- privatizacion". Asi, el papel de los organismos reguladores puede resumirse en la funcion de suministrar el MORDAZA regulador necesario a fin de promover nuevas inversiones, asi como el ingreso de nuevos operadores, desarrollando al mismo tiempo mayores niveles de bienestar para los usuarios de los servicios bajo su supervision. 42. Tal como ha quedado dicho, el absoluto abstencionismo estatal frente al desenvolvimiento del MORDAZA, bajo la premisa de que la mejor regulacion de la economia es la "no regulacion", es una falacia propia de las ideologias utilitaristas, que pretenden convertir al egoismo en una virtud y ae la solidaridad un vicio. Es por ello que al Estado le compete supervisar el correcto desenvolvimiento de la economia, previo convencimiento de la funcion social que MORDAZA cumple en la sociedad. Por tal razon, tendra como deber intervenir en aquellas circunstancias en que los encargados de servir al publico hubiesen olvidado que el beneficio individual que les depara la posesion y explotacion de un medio de produccion o de una empresa de servicio, pierde legitimidad si no se condice con la calidad y el costo razonable de lo ofertado. En buena cuenta, es menester enfatizar que la satisfaccion de las necesidades del consumidor y del usuario es el punto de referencia que debe tenerse en cuenta al momento de determinar el desenvolvimiento eficiente del mercado. 43. Alli radica la especial funcion que cumplen los organismos reguladores. Estos organismos tienen la obligacion de asumir la delicada mision que les ha sido asignada bajo principios de transparencia e imparcialidad. De la eficiente labor en sus respectivos sectores depende, en gran medida, que se genere verdadera competencia entre los distintos agentes economicos, lo que redundara en beneficio de los usuarios.

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