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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G36/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 21 de noviembre de 2003 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G66/G72/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79 /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G6F/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G32/G34/G2D/G4D/G44/G4D/G4D ORDENANZA Nº 141-MDMM Magdalena del Mar, 13 de noviembre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley Nº 27680, las municipalidades son órganos de gobier-no local con autonomía política, económica y administrati- va en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 46º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las ordenan- zas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo las escalas demultas en función de la gravedad de la falta, así como la impo- sición de sanciones no pecuniarias. En relación a ello, el artí- culo 47º de la referida Ley dispone que el Concejo Municipalaprueba y modifica la escala de multas respectiva; Que, mediante Ordenanza Nº 024-MDMM, se encuen- tra regulado el Régimen de Aplicación de Multas y Sancio-nes Administrativas de la Municipalidad de Magdalena del Mar, así como el Cuadro de Infracciones y Sanciones Ad- ministrativas, el cual está orientado dentro de un contextode difusión y persuasión al vecindario de los beneficios que devienen del cumplimiento de los dispositivos legales, y no meramente como un medio de recaudación; Que, mediante Informes Nº 345-B-03-DODU-MDMM, de fe- cha 27 de octubre de 2003, y Nº 099-2003-OPP/MDMM, de fe- cha 7 de noviembre de 2003, la Dirección de Obras y DesarrolloUrbano y la Oficina de Presupuesto y Planificación, proponen se modifique el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrati- vas, aprobado por la Ordenanza Nº 024-MDMM, sugiriendo laincorporación de nuevas infracciones y sanciones, así como la modificación de algunos montos vigentes; Que, es necesario adecuar de modo progresivo el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas acorde con la realidad de la jurisdicción, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las disposiciones y normas municipales y asegurar la primacíadel principio de autoridad dentro del distrito; En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, y con dispensa del trámite de lectura y de aproba- ción, del Acta se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA QUE APROBÓ EL RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE MULTAS Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Artículo 1 º.- Modifícase el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas aprobado por la Ordenanza Nº 024-MDMM; de acuerdo a lo siguiente: SANCIONES CÓD. DESCRIPCIÓN % UIT OTRAS VIGENTE ACCIONES 8002 Por ejecutar obras y/o trabajos en la vía Paralización pública sin la respectiva autorización inmediata de la municipal, encontrándose o no en trámite obra yla solicitud de autorización, por cada metro reparación lineal o metro cuadrado, según corresponda. -Excavación de zanja por cada tramo menor 120% o igual a 50 ml -Rotura de pistas y veredas por cada tramo menor o igual 50 ml o su equivalente en m2(para un diámetro de zanja en promedio de hasta 0.8 m) 120%8005 Por instalación de postes, torres, castillos, 120% por Retiro cabinas, buzones, antenas u otros similares cada para servicio de telef onía fija y/o celular, elemento energía eléctrica, cable y otros similares sin autorización municipal. 8009 Por instalación de casetas y similares para 50% por Retiro servicio de telef onía fija y/o celular , energía elemento eléctrica, cable y otros, sin autorización municipal. 8010 Por instalar anclas para la colocación de 50% por postes de luz, teléfono, cable y otros cada similares, sin la debida autor ización elemento municipal. 12001 Instalar carteles, pintar paredes y/o colocar 120% por Retiro banderolas comerciales y otros similares cada sin autorización municipal en inmuebles en unidad general 12004 Instalar anuncio y/o panel y/o avisos 120% por Retiro luminosos o iluminados sin autorización cada municipal. elemento 12007 P egar afiches, posters, láminas y otros 6% por Retiro y resano similares, en los paramentos de los cada de la pared inmuebles y/o mobiliario urbano sin unidad autorización municipal. 12016 Por instalación de postes como sopor te 120% por Retiro infraestructural para avisos publicitarios sin cada la debida autorización municipal. elemento 12017 Instalar, pegar o pintar propaganda política Retiro contraviniendo las leyes, ordenanzas municipales u otras normas de los órganoscompetentes en la materia. -Banderolas, car teles y similares 80% por cada elemento -Afiches y similares 6% por cada elemento -Paneles y similares 120% por cada elemento 12018 Exh ibir propaganda política en los inmuebles 120% por Retiro declarados monumentos o de valor cada monumental con elementos que afecten su elemento fachada o sin la autorización del Instituto Nacional de Cultura. 12019 No retirar la propaganda política o no 120% por Retiro y resano reponer el área afectada por pintas políticas cada de la pared a su estado original, luego de finalizado el unidad proceso electoral, en el plazo que señalan las disposiciones respectivas. Artículo 2º.- Deróganse las normas que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 21538 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G73/G65/G73/G6F/G72/GED/G61 /G65/G6E/G20/G74/G65/G6D/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G63/G75/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G63/G6F/G62/G72/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G63/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65 /G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 ACUERDO DE CONCEJO Nº 058-2003-AC-MDMM Magdalena del Mar, 13 de noviembre de 2003. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR.SANCIONES CÓD. DESCRIPCIÓN % UIT OTRAS VIGENTE ACCIONES