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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (21/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 67

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G36/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 21 de noviembre de 2003 biernos Locales son competentes para planificar el desa- rrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y acondicionamiento territorial; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala en su artículo 79º, Inc. 3.6.6) que en materia de Organización del Espacio Físico y Uso del suelo, las mu- nicipalidades distritales ejercen funciones específicasexclusivas de acuerdo a los planes y normas sobre la ma- teria; Que, las competencias y funciones específicas munici- pales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo, conforme lo establecido en el artículo VIII de la Ley Orgánica de Muni-cipalidades; Que, el artículo 5º de la Ordenanza Nº 341-MML que aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de Lima,señala que la desafectación o la reducción de las Seccio- nes Viales Normativas o de los Derechos de Vía aproba- dos para las vías Expresas, Arteriales, Colectoras y Loca-les o de los Intercambios Viales de Lima Metropolitana, corresponde en exclusividad al Concejo Metropolitano de Lima mediante ordenanza, previa consulta y opinión de larespectiva Municipalidad Distrital; Que, el artículo 4º, Inc. 2), Políticas para el Desarrollo Local, de la Ordenanza Nº 011-MSJL que aprueba losMecanismos de Participación Vecinal para la Programa- ción, Formulación y Aprobación del Presupuesto Institu- cional de la Municipalidad Distrital de San Juan de Luri-gancho; señala que la Gestión Municipal deberá promover activamente la formalización de las actividades urbanas y concertar con la comunidad un ordenamiento territorial yde uso de suelo urbano, a fin de proyectar adecuadamente el crecimiento y articulación eficiente de las actividades y la movilidad urbana; Que, con fecha 10 de octubre del 2003, el área técnica de la División de Catastro, Planificación y Habilitacio- nes Urbanas de la Municipalidad Distrital de San Juande Lurigancho, emitió el Informe Nº 020-03-LCG- DCPHU/DDU/MSJL, en el cual se concluye en la con- formidad del Estudio Técnico de modificación de la sec-ción vial de la avenida Lurigancho presentado con fecha 29 de agosto de 2003, precisando que es técnicamente factible y que las nuevas componentes de la sección vialpropuesta se adecua a lo exigido para una vía colectora; Que, con fecha 20 de octubre de 2003 la Jefatura de la División de Catastro, Planificación y Habilitaciones Urba-nas de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigan- cho, emitió el Informe Nº 103-2003-DCPHU/DDU/MSJL en el que precisa que actualmente el sector donde se ubica laAv. Lurigancho esta conformada por una zona en proceso de desarrollo y consolidación repre sentando un área potencial para el desarrollo industrial del distr ito ade- más de representar la columna vertebral para la ubica- ción de las redes matrices de agua y desagüe para las nuevas habilitaciones urbanas residenciales y de las exis-tentes en la zona, razón por lo que se hace necesario la aprobación del citado estudio el mismo que encuentra con- forme; Que, para un mejor ordenamiento y eficiencia de la ad- ministración urbana local, es necesario definir las seccio- nes de las principales vías de la infraestructura urbana vialdel distrito, teniendo en cuenta los antecedentes mencio- nados y de conformidad con las competencias asignadas; Estando a lo expuesto, e informado por la División de Catastro, Planificación y Habilitación Urbana, contando con el Visto Bueno de la Dirección de Desarrollo Urbano y el Visto Bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica y a lo dis-puesto en la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalida- des; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Estudio de Modifica- ción de la Sección Vial de la Av. Lurigancho presentado con fecha 29 de agosto del 2003, y que forma parte de la presente resolución, en el tramo Av. Próceres de la Inde-pendencia - Av. Santuario el mismo que contempla la mo- dificación de la sección vial vigente de 44.00 ml para el tramo Av. Próceres de la Independencia - Av. Las Lomas a30.00 ml. y la definición de la sección vial sujeta a estudio especifico para el tramo Av. Las Lomas - Av. Santuario a 18.00 ml., según sección vial que se adjunta como anexo ala presente Resolución. Artículo Segundo.- REMITIR la presente Resolución a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su incorpo-ración en el Plan Vial Metropolitano de acuerdo a lo seña- lado en la Ordenanza Nº 341 MML. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 21610 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G2D /G63/G65/G70/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G78/G70/G65/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G2D/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G64/G69/G73/G63/G61/G2D/G70/G61/G63/G69/G64/G61/G64/G2C/G20/G64/G65/G62/G69/G64/G61/G6D/G65/G6E/G74/G65/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G74/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 071-MDSMP San Martín de Porres, 7 de noviembre de 2003 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 016-2003-CEPYP/MDSMP emitido por la Comisión de Eco- nomía y Planificación, atendiendo un pedido de la Regido- ra Hilda Ofelia Ferrer Ramírez, para la expedición gratuitade Partidas de Registro Civil a favor de las personas con discapacidad debidamente empadronadas en la Oficina de OMAPED con la finalidad que puedan el Documento Na-cional de Identidad ante RENIEC; CONSIDERANDO:Que, mediante, Resolución Jefatural Nº 333-2003-JEF/ RENIEC de fecha 17 de julio del 2003, el Registro Nacio-nal de Identificación y Estado Civil, aprobó la Campaña de tramitación y expedición del Documento Nacional de Iden- tidad para personas con discapacidad, adultos mayores queviven en hospicios, miembros de las comunidades nativas y menores de edad, en forma gratuita en número de 67,500, a realizarse desde el 20 de julio hasta el 31 de diciembredel 2003; Que, según lo dispuesto por el Art. 84º inciso 2.4 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, es fun-ción específica exclusiva de los gobiernos locales organi- zar, administrar y ejecutar los programas locales de asis- tencia, protección y apoyo a la población en riesgo de ni-ños, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la población en situación de discriminación; Que, corresponde al Concejo Municipal, a tenor de lo dispuesto por el artículo 9º numeral 9) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, crear, modi-ficar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbi- trios, licencias y derechos, conforme a ley, dispositivo que concuerda con el artículo 40º de la ley precitada que esta-blece la aprobación de dichos actos mediante Ordenanza; Estando al dictamen del visto, en uso de las atribuciones otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, por Unanimidad y con dispensa del trámite de lec- tura y aprobación de acta; se aprobó la siguiente; ORDENANZA Artículo Primero.- EXONÉRESE del pago de derechos por concepto de expedición de partidas de Registro Civil, a las personas con Discapacidad debidamente empadrona- das en la Oficina de Atención a las Personas con Discapa-cidad (OMAPED) de la Municipalidad Distrital de San Mar- tín de Porres. Artículo Segundo.- Entiéndase que el petitorio para aco- gerse a la presente Ordenanza es de carácter personal.