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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (13/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G31/G33/G30/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 13 de setiembre de 2003 Vista la solicitud, Expediente Nº 016587-2003, presen- tada por la empresa NAVIERA ARIES SRL., mediante la cual solicita Permiso de Operación para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial mixto (carga ypasajeros) en la hoya amazónica, en tráfico nacional o cabotaje; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobó el Reglamento de Transporte Fluvial Comer- cial, en el cual se establecen las normas técnicas y lega-les a las cuales deberán sujetarse las personas natura- les y jurídicas que prestan este servicio, a fin de alcanzar el ordenamiento empresarial, administrativo, operativo yde seguridad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislación vigente, correspon- de a la Dirección General de Transporte Acuático expedirlos Permisos de Operación a las personas naturales o empresas navieras nacionales, que lo soliciten; Que, la empresa NAVIERA ARIES SRL. ha cumplido con las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento de Transporte Fluvial vigente para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial mixto(carga y pasajeros) en la hoya amazónica, en tráfico na- cional o cabotaje; Que, la empresa NAVIERA ARIES SRL. se encuentra debidamente inscrita en el Registro Único de Contribu- yentes (RUC) con el Nº 20493252152; Que, mediante Informe Nº 227-2003-MTC/13.02 de la Dirección de Marina Mercante y Transporte Multimodal, así como del Informe Nº 279-2003-MTC/13.al del Asesor Legal, se opina favorablemente sobre la solicitud de per-miso de operación presentada, por lo que resulta proce- dente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Legisla- tivo Nº 560, Decretos Supremos Nº 005-2001-MTC, Nº 041-2002-MTC y Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR Permiso de Operación a fa- vor de la empresa NAVIERA ARIES SRL. para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial mixto (carga y pasajeros) en la hoya amazónica, en tráfico na-cional o cabotaje, en la forma siguiente: TRÁFICO :Nacional o cabotaje. SERVICIO :Irregular; en la hoya amazónica. TRANSPORTE :Mixto (carga y pasajeros). Artículo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el artículo precedente será atendido con las embarcacio- nes de su propiedad denominadas: M/F "Mily" conmatrícula PA-7213-MF, M/F "Chano Masías" con matrí- cula IQ-8446-MF y M/F "Shandita" con matrícula IQ-8607- MF. Artículo 3º.- El permiso de operación que se otor- ga por el Artículo 1º, tendrá una vigencia de cinco (5) años, computados a partir de la fecha de la publica-ción en el Diario Oficial El Peruano. La renovación deberá ser solicitada por la empresa naviera recurren- te a la Dirección General de Transporte Acuático delMinisterio de Transportes y Comunicaciones con an- ticipación de sesenta (60) días calendario antes de su vencimiento. Artículo 4º.- El permiso de operación otorgado, impli- ca la obligación por parte de la empresa naviera, de some- terse al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demásdisposiciones legales y reglamentarias que regulan el transporte fluvial, debiendo adecuarse a las normas mo- dificatorias y complementarias que se expidan sobre lamateria, así como a las disposiciones y directivas que dicte la Dirección General de Transporte Acuático. Artículo 5º.- Disponer su inscripción en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Jurídicas que prestan servicio de transporte fluvial, en la forma esta- blecida en el Reglamento de Transporte Fluvial Comer-cial, lo dispuesto por la presente Resolución Directoral. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guar-dacostas, a las Capitanías de Puerto de Iquitos y Pucall- pa y a las Direcciones Regionales de Transportes y Co- municaciones de los Gobiernos Regionales de Loreto yUcayali, para su conocimiento y fines.Artículo 7º.- La presente Resolución Directoral en- trará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO ARAMBURÚ GARDENER Director General 16862 VIVIENDA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 195-2003/VIVIENDA/OGA Mediante Oficio Nº 929-2003-VIVIENDA/SG el Minis- terio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº195-2003/VIVIENDA/OGA, publicada en la edición del 12 de setiembre de 2003, en la página 251202. DICE: RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 195-2003/VIVIENDA/OGA DEBE DECIR: RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 195-2003-VIVIENDA 17018 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 BANCO CENTRAL DE RESERVA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G6A/G75/G6E/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G6C /G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G4D/G75/G6E/G64/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G46/G4D/G49/G2C/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G45/G6D/G69/G72/G61/G74/G6F/G73/G20/GC1/G72/G61/G62/G65/G73/G20/G55/G6E/G69/G64/G6F/G73 RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 039-2003 Lima, 11 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO:Que, el Perú es miembro del Fondo Monetario Inter- nacional y del Banco Mundial y el Banco Central de Re-serva del Perú representa al país para los fines estable- cidos en el Convenio Constitutivo del primero de esos organismos multilaterales; Que, entre el 18 y el 24 de septiembre se celebrarán las reuniones anuales conjuntas del Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional en la ciudad de Dubai,Emiratos Árabes Unidos; Que, en consecuencia es necesario autorizar la partici- pación en las citadas reuniones del señor Renzo RossiniMiñán en calidad de Asesor; Que, corresponde al Banco Central de Reserva del Perú asumir los gastos que el viaje demande; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 31 de julio de2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Renzo Rossini Miñán, en calidad de Asesor, a la ciudad de Dubai, Emi- ratos Árabes Unidos, entre el 18 y el 24 de septiembre a fin de que participe en las reuniones indicadas en la par-te considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto conjunto que irrogue dicho via- je es como sigue: