Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2003 (27/09/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, sabado 27 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 252099

- MORDAZA - TACNA - LA PAZ Y VV., con siete (7) frecuencias semanales - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA MORDAZA Y VV., con siete (7) frecuencias semanales - MORDAZA - MORDAZA MORDAZA Y VV., con siete (7) frecuencias semanales - MORDAZA - LA PAZ - MORDAZA MORDAZA YVV., con siete (7) frecuencias semanales - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA MORDAZA Y VV., con siete (7) frecuencias semanales. - MORDAZA - MORDAZA MORDAZA - LA PAZ Y VV., con siete (7) frecuencias semanales. - MORDAZA - TACNA - MORDAZA MORDAZA Y VV., con siete (7) frecuencias semanales. - MORDAZA - BOGOTA - CARACAS Y VV., con siete (7) frecuencias semanales - MORDAZA - GUAYAQUIL - BOGOTA Y VV., con siete (7) frecuencias semanales II. De conformidad con las Decisiones 297 y 320 y sus modificatorias de la Comision de la Comunidad MORDAZA de Naciones, la "Convencion sobre Transporte entre la Republica de Panama y la Republica del Peru" de 1947 y/o bajo el MORDAZA de reciprocidad, segun sea el caso, se concede: CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA, CUARTA Y MORDAZA MORDAZA DEL AIRE: - MORDAZA - MORDAZA Y/O GUAYAQUIL Y/O CALI Y/O BOGOTA Y/O PANAMA Y/O CARACAS Y VV., con siete (7) frecuencias semanales. - MORDAZA - GUAYAQUIL Y/O MORDAZA - PANAMA Y VV., con siete (7) frecuencias semanales. - MORDAZA - BOGOTA Y/O CARACAS Y/O MORDAZA MORDAZA Y VV., con siete (7) frecuencias semanales. - MORDAZA - BOGOTA Y/O CARACAS Y/O PANAMA Y VV., con siete (7) frecuencias semanales. - MORDAZA - BOGOTA Y/O CARACAS Y/O LA HABANA Y VV., con siete (7) frecuencias semanales. III. MORDAZA, De Conformidad a la Resolucion Ministerial Nº 149-98- MTC/15.01 y a la Resolucion Directoral Nº 02598- MTC/15.16 se concede: CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUARTA MORDAZA DEL AIRE: - MORDAZA Y/O MORDAZA Y/O MORDAZA Y/O TACNA Y/O MORDAZA Y/O IQUIQUE Y/O MORDAZA DE MORDAZA Y VV. - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA Y VV., con siete (7) frecuencias semanales. - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA Y VV. con siete (7) frecuencias semanales. - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA Y VV. con siete (7) frecuencias semanales. IV. MORDAZA, De conformidad con el "Acuerdo sobre Servicios Aereos entre Peru y Paraguay" del 06 de MORDAZA del 2001, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 065-2001RE, se concede: CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUARTA MORDAZA DEL AIRE: - MORDAZA - MORDAZA Y VV, con siete (7) frecuencias semanales. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a AERO CONTINENTE S.A. deben estar provistas de sus Certificados de Matricula vigente, expedido -de ser el caso- por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de su Certificado de Aeronavegabilidad vigente, expedido o convalidado por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros, que cubra los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion se mantendra mientras la beneficiaria no pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; demas normas vigentes; y, cumpla las obligaciones a que se contrae la presente Resolucion. Articulo 4º.- En los casos en que AERO CONTINENTE S.A. realice publicidad y/o ventas de sus rutas y/o destinos, queda obligada a hacer mencion expresa que se trata, segun sea el caso, de vuelos en conexion, de codigo compartido o de cualquier otra forma prevista y/o permitida por la ley, de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las caracteristicas del servicio, el precio y las condiciones de venta.

El incumplimiento de este Articulo sera sancionado en la forma que establece el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Ley de Aeronautica Civil. Articulo 5º.- AERO CONTINENTE S.A. presentara mensualmente a la Direccion General de Aeronautica Civil los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad. Articulo 6º.- AERO CONTINENTE S.A. esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente informacion del trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 7º.- AERO CONTINENTE S.A. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 8º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 9º.- La realizacion de las operaciones de AERO CONTINENTE S.A. respecto de la presente autorizacion, esta condicionado a la aprobacion de las Especificaciones Tecnicas de Operacion correspondientes al Certificado de Explotador de Servicios Aereos Nº 02 que tiene vigente, para lo cual debera cumplir con todas las exigencias y requisitos de la Certificacion, en los terminos y condiciones establecidos por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 10º.- AERO CONTINENTE S.A., debera constituir la garantia global que establece el Articulo 93º de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio que solicita, en las condiciones y monto establecidas en los Articulos 199º y siguientes del Reglamento. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 11º.- AERO CONTINENTE S.A. debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre; y el flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 12º.- AERO CONTINENTE S.A. queda obligada a cumplir dentro de los plazos senalados con las disposiciones que respecto a ruido y medio ambiente emita la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 13º.- El Permiso de Operacion que por la presente Resolucion Directoral se otorga a AERO CONTINENTE S.A. queda sujeto a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; las Regulaciones Aeronauticas del Peru; y, demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA BENZAQUEN R. Director General de Aeronautica Civil 17377

Modifican permiso de operacion para prestar servicio de transporte aereo regular nacional de pasajeros, carga y correo otorgado a AERO CONTINENTE S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 224-2003-MTC/12
MORDAZA, 15 de setiembre del 2003 Vista la solicitud de AERO CONTINENTE S.A., sobre Modificacion de Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Regular Nacional de Pasajeros, Carga y Correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 106-2003-MTC/ 12 del 21 de marzo del 2003, se otorgo a la empresa AERO CONTINENTE S.A. Renovacion y Modificacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial - Transporte Aereo Regular Nacional de Pasajeros, Carga y Correo, por el plazo de cuatro (4) anos contados a partir del 31 de marzo del 2003; Que, en el presente tramite de Modificacion de Permiso de Operacion, AERO CONTINENTE S.A. solicita incremen-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.