Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2003 (27/09/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 27 de setiembre de 2003

Articulo XVI Las Partes estimularan la suscripcion de convenios sobre cooperacion directa entre sus instituciones de ensenanza superior y centros de investigacion, a fin de fomentar el intercambio de profesores, especialistas, estudiantes e investigadores y realizar conferencias, cursos o seminarios. Articulo XVII Cada Parte ofrecera a la otra, en base a reciprocidad y dentro de sus posibilidades y por medio de los MORDAZA oficialmente establecidos, becas de estudios de grado, postgrado y especializados en las universidades e instituciones de estudios superiores. Articulo XVIII Las Partes promoveran la cooperacion en el area cientifica. Para tal fin facilitaran los contactos entre los organismos correspondientes de cada MORDAZA y, en el MORDAZA de la misma, el intercambio de especialistas y/o investigadores con el fin de participar en proyectos cientificos de investigacion conjunta, pasantias de estudio, investigacion o consultas en los encuentros cientificos de caracter internacional que tendran lugar en ambos paises. MORDAZA Partes se pondran de acuerdo sobre las formas de cooperacion por la via diplomatica. Articulo XIX Las Partes apoyaran el desarrollo de la cooperacion entre sus organizaciones juveniles con el proposito de intercambiar informaciones y experiencias, con el deseo de definir las areas de cooperacion y posibilidades de intercambio juveniles. Articulo XX Las Partes promoveran la colaboracion en el area de la cultura fisica y el deporte, y con ese fin apoyaran la suscripcion de un acuerdo de cooperacion entre el Instituto Peruano del Deporte y el organo correspondiente serbio-montenegrino. Articulo XXI Las Partes apoyaran la cooperacion y el intercambio de deportistas, delegaciones deportivas, entrenadores y especialistas, asi como la participacion en competencias bilaterales, y el intercambio de informaciones sobre la infraestructura deportiva y todas las areas afines al deporte. Las actividades concretas, dentro de esta cooperacion, seran acordadas entre las organizaciones deportivas de ambos paises. Articulo XXII Las Partes intercambiaran mediante sus organos correspondientes especialistas de las areas citadas en los capitulos del presente Programa relativos a la cultura, educacion, ciencia, juventud y deportes. La estadia de los mismos no sobrepasara un cupo total de diez (10) personas al ano y los periodos de permanencias no excederan el plazo de catorce (14) dias. CONDICIONES GENERALES Y FINANCIERAS Articulo XXIII 1.- La Parte que envia MORDAZA llegar la documentacion necesaria de sus candidatos a las becas a la Parte receptora hasta el 30 de noviembre para los candidatos de Serbia y MORDAZA y hasta el 31 de marzo para los candidatos peruanos, es decir, con anticipacion de seis meses del inicio de cada ano lectivo. 2.- La Parte receptora comunicara dentro de los tres (3) meses posteriores a la recepcion de la documentacion si los candidatos propuestos han sido aceptados. En caso de decision positiva se comunicara el nombre de la institucion donde realizara los estudios, la fecha de los mismos y el monto de la beca. 3.- La Parte que envia los becarios comunicara la fecha precisa de su llegada con dos (2) semanas de antelacion como minimo. Articulo XXIV 1.- La Parte que envia comunicara a la Parte receptora, con tres (3) meses de antelacion como minimo, la propuesta de envio de las personas (especialistas, investigadores, artistas o grupos) de conformidad con el presente Programa, a excepcion de los becarios. 2.- En la propuesta se detallara: a) Los datos personales y el curriculum profesional. b) El proyecto del programa de permanencia y su fecha de realizacion. 3.- La Parte receptora comunicara a la Parte que envia su aceptacion de la propuesta, especificando la fecha del

inicio de la permanencia con seis (6) semanas de antelacion como minimo, MORDAZA de la fecha planificada de la llegada de las personas. 4.- La Parte que envia comunicara a la Parte receptora, con tres (3) semanas de antelacion como minimo, la fecha precisa de la llegada de las personas y el modo de transporte de las mismas. Articulo XXV 1.- Las Partes favoreceran el intercambio de personas y la realizacion de iniciativas conjuntas promovidas por entidades, instituciones y asociaciones de ambos paises, comprometiendose a responsabilizarse de los costos de acuerdo a las posibilidades financieras de cada pais. 2.- Las condiciones y otros detalles seran establecidos en cada caso particular por la via diplomatica. DISPOSICIONES FINALES Articulo XXVI El presente Programa no excluye la posibilidad de llevar a cabo otras actividades e intercambios cuya realizacion en los ambitos de la cultura, educacion, ciencia, juventud y deporte, se considera como importante por MORDAZA Partes. Las Partes se pondran de acuerdo sobre estas actividades por la via diplomatica. Articulo XXVII Las Partes promoveran los viajes de personas y grupos asi como los intercambios previstos en el presente Programa y se esforzaran por asegurar las condiciones mas ventajosas para llevar a cabo tales visitas e intercambios. Articulo XXVIII Los representantes de MORDAZA Partes se reuniran una vez al ano o evaluaran, por la via diplomatica, la aplicacion del presente Programa. Articulo XXIX 1.- Las coordinaciones de todas las actividades se realizaran por la via diplomatica. 2.- Cualquier duda, problema o dificultad que surgiere en la interpretacion o ejecucion del presente Programa, sera resuelto por MORDAZA Partes a traves de la via diplomatica. Articulo XXX El presente Programa se aplicara a partir de la fecha de su suscripcion y quedara vigente hasta el 31 de diciembre de 2006. Su vigencia puede ser prolongada por acuerdo mutuo de MORDAZA Partes por la via diplomatica, hasta la suscripcion del siguiente Programa. Hecho en la MORDAZA de MORDAZA, Peru, el 26 de junio de 2003, en dos ejemplares originales, en lenguas espanola y serbia, siendo ambos textos igualmente validos. (FIRMA) POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU (FIRMA) POR EL CONSEJO DE MINISTROS DE SERBIA Y MORDAZA 17467

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan Director Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de la Region MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 238-2003-TR
MORDAZA, 22 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 139-2001-TR de fecha 8 de diciembre de 2001, se designo al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director Regional de Trabajo y Promocion del Empleo del Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR de MORDAZA de Dios;

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