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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G32/G33/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 14 de julio de 2004 Que, de conformidad con lo establecido en el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba- do mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, procede exonerar de la realización de un Concurso Público o Adjudicación Directa en caso de servicios personalísimos; Que, de lo señalado en el Informe Técnico-Médico que sustenta la exoneración se desprende que, si bien el trata- miento de aflojamiento de copa acetabular de cadera dere- cha requerido por la paciente es brindado, solamente en el extranjero por más de un centro asistencial, el DOCTORS HOSPITAL de la ciudad de Miami - Estados Unidos de Norteamérica, es un centro asistencial especializado de referencia mundial, de altísimo nivel resolutivo en Cirugía Ortopédica y Traumatológica, que se encuentra debidamen- te acreditado por la "Comisión para la Acreditación de Orga- nizaciones Prestadoras de Salud" de los Estados Unidos de Norteamérica, contando dicho centro médico con el Certificado Nº 2037 y Licencia Nº 4289, expedidos por la Agencia para la Administración del Cuidado de la Salud del Estado de Florida - Estados Unidos de Norteamérica; ca- racterísticas que califican al mencionado Centro Asisten- cial como especial en brindar dichos servicios como per- sonalísimos; Que, asimismo, conviene señalar que el valor referen- cial total es de US$ 28,200.00 o su equivalente en nuevos soles, debiendo considerarse el costo del traslado de la paciente, lo que implica la adquisición de los pasajes aé- reos – ida y vuelta - al país del centro asistencial, así como una bolsa de viaje para la paciente; Que, al haberse configurado la causal prevista en el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, re- sulta procedente aprobar la exoneración de la Adjudicación Directa Selectiva para la contratación de los servicios del Centro Asistencial DOCTORS HOSPITAL de la ciudad de Miami - Estados Unidos de Norteamérica, para que brinde las atenciones asistenciales extrainstitucionales a la pa- ciente Francisca Carmen Torres Montero de Calzada; así como la adquisición de los pasajes (ida y vuelta) y el correspondiente otorgamiento de la bolsa de viaje para la paciente; Que, en la contratación de los servicios ya indica- dos deberá observarse las normas de austeridad y racionalidad en el gasto vigentes y tener en cuenta las limitaciones presupuestales de la Entidad, por lo que el costo de la contratación de los referidos servicios no debe exceder del valor referencial que se apruebe para tal efecto; Que, mediante Opinión Nº 031-2003 (GTN) la Geren- cia Técnico Normativa del Consejo Superior de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, ha señalado que en aplicación del principio de competencia funcional y territorial de las normas, si el proveedor con el que se desea contratar es un extranjero no domiciliado en el país, será aplicable la Ley del lugar o país en que se celebre dicho acto, para lo cual bastará obtener por cual- quier medio una cotización que cumpla con las exigen- cias para la contratación; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la exoneración debe ser apro- bada por resolución del Titular del Pliego; Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, en concordancia con lo señalado por el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, el Presidente Ejecutivo es la más alta autori- dad ejecutiva de ESSALUD y Titular del Pliego Presupues- tal, por lo que le corresponde aprobar la mencionada exo- neración; Que, el artículo 116º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado median- te Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, señala que el Titu- lar de la Entidad determinará la dependencia u órgano que se encargará de realizar la contratación exonerada; En uso de la atribución conferida por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM;SE RESUELVE: 1.- APROBAR la exoneración de la Adjudicación Di- recta Selectiva, para la contratación de los servicios del Centro Asistencial DOCTORS HOSPITAL de la ciudad de Miami - Estados Unidos de Norteamérica, para que brinde las atenciones asistenciales extrainstitucionales a la paciente Francisca Carmen Torres Montero de Cal- zada, por un valor referencial total de US$ 28,200.00 o su equivalente en nuevos soles, así como la adquisición de los pasajes y el otorgamiento de la bolsa de viaje para la paciente, con cargo a recursos propios: Fondo de Salud: Fondo Financiero 002601: Atenciones al Exte- rior. 2.- ENCARGAR a la Gerencia de División de Admi- nistración y Organización la realización de los actos respectivos para la contratación exonerada y aquellos ac- tos necesarios para el viaje de la paciente asegurada Fran- cisca Carmen Torres Montero de Calzada. 3.- DISPONER que la Secretaría General haga de co- nocimiento de la Contraloría General de la República la presente Resolución, dentro del plazo establecido por la ley. 4.- DISPONER que la Secretaría General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud la presente Resolución. 5.- DISPONER que la Secretaría General publique la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS CHIRINOS CHIRINOS Presidente Ejecutivo 13059 SEGURO SOCIAL DE SALUD RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 571-PE-ESSALUD-2004 Lima, 5 de julio del 2004 VISTAS:La Carta Nº 3236-GDP-ESSALUD-2003 y la Carta Nº 282-GCAE-GDP-ESSALUD-2003, presentadas por la Gerencia de División de Prestaciones y la Gerencia Cen- tral de Atención Especializada, para que se exonere del correspondiente proceso de selección la contratación de los servicios de un centro asistencial altamente especiali- zado del extranjero para la atención asistencial de la pa- ciente asegurada Vilma Karina Lazo Martínez, así como las Cartas Nºs. 4131-OCAJ-ESSALUD-2003 y 822-OCAJ- ESSALUD-2004, de la Oficina Central de Asesoría Jurídi- ca; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud – ESSALUD, la Entidad otorga cobertura a sus ase- gurados y sus derechohabientes a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación y rehabilitación, y prestaciones económicas y sociales, que corresponden al régimen contributivo de la Seguridad So- cial en Salud, así como de otros seguros de riesgos huma- nos; Que, de acuerdo al Informe Técnico - Médico que sustenta la exoneración solicitada, la paciente Vilma Karina Lazo Martínez presenta un diagnóstico de Mal- formación Arterio Venosa Cerebral, por lo que existe la necesidad de contratar los servicios asistenciales de un centro asistencial altamente especializado para di- cho tratamiento; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba- do mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, proce- de exonerar de la realización de un Concurso Público o Adjudicación Directa en caso de servicios personalí- simos;