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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G38/G32/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 3 de marzo de 2004 a) El boleto de viaje, para el servicio de transporte re- gular de personas; b) La guía de remisión y la carta de porte, para el servi- cio de transporte de mercancías; c) Otros documentos, según lo que se determine en la reglamentación específica de cada modalidad del servicio. Artículo 140º.- Contrato de transporte Por el contrato de transporte terrestre, el transportista se obliga a prestar el servicio de transporte por vías te-rrestres, a cambio de una contraprestación, cumpliendo con las disposiciones contenidas en el presente reglamento y demás normas vigentes sobre la materia. Artículo 141º.- Cláusulas generales de contratación Los transportistas, con excepción del transporte pro- vincial regular de personas, establecerán las cláusulas generales de contratación que regirán los contratos de transporte que celebren, las que constarán en el dorso delos documentos que lo formalizan u en hoja adicional ad- herida a él. Las cláusulas generales de contratación se sujetarán a lo dispuesto por los artículos 1392º al 1397º del Código Civil. Artículo 142º.- Formalidad del contrato de transporte El contrato de transporte se formaliza de la siguiente manera: a) En el servicio de transporte provincial regular de per- sonas, se formaliza consensualmente por la aceptación dela oferta del servicio. b) En el servicio de transporte interprovincial regular de personas, se formaliza con la emisión del boleto de via-je por el transportista y su aceptación por el usuario. c) En el servicio de transporte de mercancías, inclu- yendo las mercancías especiales, el contrato se formalizacon la suscripción de la guía de remisión del transportista o de la carta de porte por el dador o remitente y el trans- portista. d) Tratándose de servicios especiales de transporte de personas, la reglamentación específica determinará la for- malidad que corresponda. Artículo 143º.- Solución de controversias Las controversias que surjan entre el transportista y el usuario, derivadas de la celebración y/o ejecución del con- trato de transporte, se resolverán de conformidad con las normas de derecho común. Artículo 144º.- El boleto de viaje del transporte pro- vincial regular de personas Todo transportista que presta servicio de transporte pro- vincial regular de personas, está obligado a entregar al usuario el boleto de viaje a cambio del pago del precio delservicio, salvo los casos exceptuados por ley. El boleto de viaje debe contener los siguientes requisi- tos: a) Nombre o razón social y domicilio del transportista. b) Número de partida registral en el registro administra- tivo correspondiente. c) Número del Registro Único del Contribuyente. d) Número del boleto.e) Importe del precio del pasaje. Se podrán implementar mecanismos o dispositivos de pago de tipo mecánico, electrónico u otros, de conformi- dad con el ordenamiento jurídico vigente sobre la materia. Artículo 145º.- El boleto de viaje y el manifiesto de pasajeros del servicio de transporte interprovincial re- gular de personas Todo transportista que presta el servicio de transporte interprovincial regular de personas, está obligado a entre- gar al usuario el boleto de viaje a cambio del pago del pre-cio del servicio, el que debe ser emitido de acuerdo con las normas del Reglamento de Comprobantes de Pago, conte- niendo, además, la siguiente información: a) Razón o denominación social, número de Registro Único de Contribuyentes y domicilio de la oficina principal del transportista y/o de la agencia y/o sucursal que emitió el boleto. b) Nombres, apellidos y número del documento de iden- tidad del pasajero.c) Origen y destino del viaje y, de ser el caso, clase del servicio. d) Precio del pasaje. e) Número de asiento asignado.f) Fecha de expedición y caducidad del boleto de viaje, cuyo plazo debe estar expresado en las cláusulas genera- les de contratación. g) Día y hora de viaje. h) Cláusulas generales de contratación, las que esta- rán contenidas en el reverso del documento con caracte-res claros y legibles. El manifiesto de pasajeros es el documento elaborado por el transportista que contiene la relación de pasajeros transportados por viaje, debiendo consignar, como mínimo, el nombre del trans- portista, placa del vehículo, nombre del conductor o conductores,origen y destino del viaje, hora de salida, nombres completos y documentos de identidad de cada pasajero, así como el número del respectivo boleto. Se elabora en original y dos copias, debien-do quedar el original en las oficinas del transportista donde se inicia el viaje, una copia para SUNAT y la otra copia para ser portada en el vehículo. Artículo 146º.- La guía de remisión del transportis- ta, la carta de porte y el manifiesto de carga en el servi-cio de transporte de mercancías La guía de remisión del transportista de mercancías es el documento que obligatoriamente deber portar éste du-rante el viaje, el mismo que debe ser emitido, llenado y suscrito con los datos que establece el Reglamento de Comprobantes de Pago. La carta de porte terrestre es el documento de trans- porte de mercancías que contiene la información que pre- vé el artículo 252º de la Ley Nº 27287, Ley de Títulos Valo-res. Su empleo es facultativo. La carta de porte tendrá carácter especial cuando sea emitida por el transportista que presta el servicio en zonasportuarias que involucran varios viajes en corto tiempo, en cuyo caso se emite por cada lote, independientemente que la mercancía se transporte en más de un vehículo. La guía de remisión del transportista y/o la carta de porte acreditan, salvo prueba en contrario: a) La existencia del contrato de transporte terrestre de mercancías celebrado entre el remitente y el transportista; b) La recepción de la mercancía por el transportista; y,c) La naturaleza y condiciones de la mercancía, salvo error material o falsedad. El manifiesto de carga es el documento elaborado por el transportista que consigna la relación de guías de remisión de éste por viaje, en el que se indican los datos del transpor-tista, del vehículo, de los remitentes y destinatarios. Será emitido de manera obligatoria únicamente cuando se trans- porte mercancías de más de un remitente e impreso por cuentadel transportista, de conformidad con los formatos aprobados por la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministe- rio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 147º.- Carácter vinculante de la guía de re- misión, la carta de porte y el manifiesto de carga La información que debe contener la guía de remisión, la carta de porte y el manifiesto de carga, conforme al artí- culo anterior, tendrán el carácter de declaración jurada yobligan a sus otorgantes de acuerdo a sus términos. El remitente es responsable de la exactitud de las indica- ciones y declaraciones concernientes a la mercancía que seconsignan en el documento. Si tales indicaciones y declaracio- nes resultasen inexactas, incompletas o falsas, el remitente responde por los daños que tal circunstancia ocasione al trans-portador o a terceros. Los documentos no deben contener bo- rrones ni enmendaduras, las que, de existir, los invalidan. Si los documentos no contienen reservas específicas, se presume, salvo prueba en contrario, que las mercan- cías y sus embalajes se encontraban en buen estado y condición cuando el transportista las recibió y que el nú-mero de bultos y su marca corresponden a las declaracio- nes contenidas en ella. TÍTULO VI TERMINALES TERRESTRES, ESTACIO- NES DE RUTA Y PARADEROS Artículo 148º.- Terminales terrestres y estaciones de ruta Los terminales terrestres y estaciones de ruta son ins- talaciones de propiedad pública o privada que permiten in-