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PÆg. 299152 NORMAS LEGALES Lima, jueves 25 de agosto de 2005 se fue y la Jueza Figueroa le dio su asentimiento (...)"; Cuarto: Que, asimismo, aparece de fojas ciento ochenta y nueve a ciento noventa y cuatro, la transcripción de la cinta de audio que recoge dos conversaciones que revelan las negociaciones sostenidas entre la denunciante y el Secretario investigado, y cuyo contenido ha sido expresamente reconocido por Juan de Dios Díaz Santa María y la propia Juez, conforme aparece en el Acta de Intervención, de fojas veintiuno; que siendo así, tales declaraciones conjuntamente con los hechos comprobados mediante el operativo de control anticorrupción, como resulta evidente, relevan de mayores comentarios sobre la flagrante responsabilidad del mencionado auxiliar de justicia en los actos de corrupción materia de denuncia; Quinto: Que, en consecuencia, sin perjuicio de las investigaciones realizadas por la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial y de la decisión que adopte el Consejo Nacional de la Magistratura como órgano competente para emitir pronunciamiento respecto de la propuesta de destitución formulada contra Julia Ernestina Figueroa Eufracio, en su actuación como Juez Suplente del Juzgado de Paz Letrado de Matucana, según aparece en el artículo primero de la resolución número treinta y ocho, de fojas doscientos ochenta y cuatro a doscientos noventa, con lo actuado en el presente procedimiento disciplinario, resulta incuestionable la irregular conducta funcional de don Juan de Dios Díaz Santa María, en su actuación como Secretario del mencionado órgano jurisdiccional, quien de manera flagrante ha incurrido en infracción a los deberes y prohibiciones prevista en el inciso uno del artículo doscientos uno del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, lo que constituye grave atentado contra la respetabilidad de este Poder del Estado, que compromete la dignidad del cargo y lo desmerece en el concepto público, correspondiendo aplicar la medida disciplinaria de Destitución prevista por el artículo doscientos once del citado cuerpo normativo; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso treinta y uno del artículo ochenta y dos concordado con los artículos ciento seis y doscientos dos de la referida Ley Orgánica, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Luis Alberto Mena Núñez, por unanimidad; RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de Destitución a don Juan de Dios Díaz Santa María, por su actuación como Secretario del Juzgado de Paz Letrado de Matucana, comprensión del Distrito Judicial de Lima. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS.WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANOANTONIO PAJARES PAREDESANDRÉS ECHEVARRÍA ADRIANZÉN JOSÉ DONAIRES CUBA EDGARDO AMEZ HERRERA LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ14787 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionaria a PanamÆ para participar en Taller sobre Estadísticas del Comercio Internacionalde Servicios RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 068-2005 Lima, 23 de agosto de 2005CONSIDERANDO: Que, el Banco Central de Reserva del Perú tiene la finalidad de preservar la estabilidad monetaria; Que, para el cumplimiento del anterior considerando el área de la Gerencia de Estudios Económicos tiene entre sus objetivos proveer al Directorio, al Presidente y al Gerente General, los estudios e informaciones necesarias para que las políticas del Banco y su entorno macroeconómico permitan la consecución de la estabilidad monetaria; Que, en tal sentido, se considera necesaria la participación de la entidad en el Taller sobre Estadísticas del Comercio Internacional de Servicios, que organiza la División de Estadísticas de las Naciones Unidas (UNSD) y la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y se realizará del 13 al 16 de septiembre en la ciudad de Panamá; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo acordado en el Directorio en su sesión de fecha 7 de julio de 2005; RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje por estudios de la señora Gladys Choy Chong, Subgerente del Sector Externo de la Gerencia de Estudios Económicos, a la ciudad de Panamá del 12 al 16 de septiembre de 2005, a fin de intervenir en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasajes US$ 488,16 Viáticos US$ 1000,00 Tarifa Única de Aeropuerto US$ 2 8,24 ------------------- TOTAL US$ 1516,40 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. OSCAR DANCOURT MASÍAS Vicepresidente En Ejercicio de la Presidencia 14731 CONTRALORÍA GENERAL Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delitos en agravio de la Municipalidad de Chilca, laUniversidad Nacional del Altiplano -Puno y SEDAPAL RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 367-2005-CG Lima, 22 de agosto de 2005 Vistos; la Hoja de Recomendación Nº 20-2005-CG/ GDPC de 4.AGO.2005, los Oficios Nºs. 927 y 960-2005- DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR-INV.E4 de 3 y 7.JUN.2005, respectivamente y el Atestado Nº 044-2005-DIRCOCOR- PNP/DIVPACGR-E4 de 20.MAY.2005, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General de la República, en la Municipalidad Distrital de Chilca - provincia de Cañete - Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, a través del Oficio Nº 256-2004-CG/ZC de 17.SET.2004 dispuso se efectúe una Verificación de Denuncia en torno a presuntas irregularidades cometidas en la Municipalidad Distrital de Chilca - provincia de Cañete - Lima, designando para el