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PÆg. 284151 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de enero de 2005 circunstancias de la comisión de la infracción y la repeti- ción en la comisión de la infracción. La inasistencia de unfuncionario o trabajador de una Empresa a reuniones con- vocadas por la Dirección Ejecutiva de FONAFE y el in- cumplimiento de los Acuerdos adoptados por el Directoriode FONAFE se consideran como faltas graves corres- pondiendo el cese en el cargo, salvo causa debidamente justificada. A tales efectos, las Empresas deberán ade-cuar sus Reglamentos Internos de Trabajo, conforme a lo dispuesto en el numeral 8.4 de la presente Directiva.” “8.4 Determinación de la sanción aplicable. El Reglamento Interno de Trabajo de la Empresa de- berá contener un capítulo referido a sanciones, en el que se establezcan las sanciones por incumplimientos a las directivas, normas emitidas por FONAFE y Acuer-dos del Directorio de FONAFE. Para la aplicación de dichas sanciones se deberá tener en cuenta los crite- rios establecidos en el presente capítulo.” HILDA SANDOVAL CORNEJO Directora Ejecutiva 00307 FE DE ERRATAS ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 010-2004/022-FONAFE Mediante Oficio Nº 027-2005/DE-FONAFE, la Dirección Ejecutiva del Fondo Nacional de Financiamiento de la Activi-dad Empresarial del Estado - FONAFE, solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Directorio Nº 010-2004/022- FONAFE, publicado en la edición del 6 de enero de 2005. En el literal j) numeral 3.1 artículo 3º de la Directiva aplicable a los Directores de las Empresas en las queFONAFE participa como accionista, aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 002-2004-008-FONAFE. DICE: "j) (...) 498º del Código Penal (...)."DEBE DECIR: "j) (...) 438º del Código Penal (...)." 00275 INDECI Autorizan prorrogar contrato de arrendamiento de inmueble en Truji- llo, mediante adjudicación de menor cuantía INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 467-2004-INDECI 13 de diciembre del 2004 VISTOS; el Informe Técnico Nº 031-2004-INDECI/DNL/ 12.1, del 26.NOV.2004, emitido por la Dirección Nacional deLogística y el Informe Legal Nº 227-2004-INDECI/5.0, de fecha 6.DIC.2004, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídi- ca y el Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 823-2004/INDECI/4.0, de fecha 7.DIC.2004, emitido por la Oficina de Planificación y Presupuesto, sus antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, conforme se indica en el Informe Técnico Nº 031-2004-INDECI/DNL/12.1, mediante el Oficio Nº 2058- 2004-INDECI/15 e Informe Nº 62-INDECI/15.2, la Direc-ción Regional de Defensa Civil La Libertad ha comunica-do que el 30.NOV.2004 culmina el plazo de vigencia de los contratos de alquiler de los locales de la Sede Institu-cional y el Almacén Central de dicha Dirección Regional, por lo que solicita la ampliación del plazo de su vigencia para garantizar la continuidad del servicio; Que, agrega el indicado informe, que la Dirección Regional de Defensa Civil de La Libertad realizó los procesos de Adjudicación de Menor Cuantía Nºs. 01-2004-INDECI/DRDCLL/15.8 y 02-2004-INDECI/DR- DCLL/13.8, para la contratación de los servicios de arrendamiento para los locales de la Sede Institucionaly Almacén Central, respectivamente. Como conse- cuencia del proceso de selección por Adjudicación de Menor Cuantía Nºs. 01-2004-INDECI/DRDCLL/15.8,se suscribió con la señora Margarita Moreno de Uce- da un contrato de arrendamiento, de fecha 30.MAR.2004, respecto del inmueble destinado a SedeInstitucional, ubicado en Calle Las Hortensias Nº 253, Urbanización California, del distrito de Víctor Larco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, porun período de ocho meses, por el monto total de S/. 14,875.00. (Catorce mil ochocientos setenta y cinco con 00/100 nuevos soles) considerando una rentamensual de S/. 1,487.50, (Un mil cuatrocientos ochenta y siete con 50/100 nuevos soles) desde el 1.ABR.2004 al 30.NOV.2004, incluidos el monto equivalente a dosmeses de garantía; Que, de conformidad con lo dispuesto por el ar- tículo inciso g) del 19º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, están exoneradas de los procesos de selecciónde Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica- ción Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para prorrogar el pla-zo de contratos de arrendamiento de inmuebles ocu- pados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del Índi-ce general de precios al por mayor; Que, asimismo, el artículo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, dispone que en tal supuesto, la Entidad hará las contrataciones mediante acciones inmediatas sobrela base de la obtención, por cualquier medio de comuni- cación incluyendo el facsímil y el correo electrónico, de una cotización que cumpla los requisitos estableci-dos en las Bases, con autorización expresa del Titular del Pliego o de la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda. Los contratos que secelebren como consecuencia de la indicada exonera- ción, deberán cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades y garantías. Que considerando que el local destinado a Sede Institucional está actualmente ocupado por la Direc- ción Regional de Defensa Civil de La Libertad, y quelas rentas no será incrementada es procedente que se exonere del proceso de selección bajo la modali- dad de Adjudicación Directa Selectiva la realizacióndel indicado proceso de selección, por el período de un año y considerando un valor referencial de S/. 17,850.00 (Diecisiete mil ochocientos cincuenta y 00/100 nuevos soles), en aplicación de los dispuesto por el inciso g) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, contando con el Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 823-2004/INDECI/4.0, de fecha7.DIC.2004, emitido por la Oficina de Planificación y Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto en el inciso g) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, enconcordancia con lo dispuesto en el artículo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado, aprobado mediante el Decreto Supre-mo Nº 013-2001-PCM y estando a las atribuciones conferidas mediante el Decreto Supremo Nº 059-2001- PCM, Reglamento de Organización y Funciones delINDECI, modificado por el Decreto Supremo Nº 005- 2003-PCM; con las visaciones de la Dirección Nacio- nal de Logística y de la Oficina de Asesoría Jurídica;